sábado, 24 de marzo de 2007

Colombia: Avalancha de menores infractores en primera semana de nueva ley


La revista colombiana
Semana trae este artículo sobre la primera semana de funcionamiento del nuevo sistema de justicia para menores infractores
de edad en Colombia:

"Por Juliana Bedoya Pérez
Fecha: 03/22/2007 -

Luis* tiene 17 años y vive en la localidad Rafael Uribe Uribe al sur de Bogotá. El sábado 17 de marzo a las ocho de la mañana, él y un grupo de amigos atacaron a su primo. Le pegaron más de quince puñaladas. Los vecinos avisaron a la policía y cuando llegaron, solo ‘aprehendieron’ a Luis. De inmediato fue trasladado a la carrera 30 con calle 12, en donde funciona desde el 15 de marzo el Centro de Servicios Judiciales para Adolescentes.

Allí fue recibido por un defensor de familia, el abogado que tuvo a su cargo el caso. La policía de infancia y adolescencia adelantó el proceso investigativo propio de policía judicial y un juez atendió el proceso, en el que se le impuso una sanción. Luis fue acusado de intento de homicidio y pudo volver a su casa. Mientras, su primo se recupera de graves heridas en un hospital de la ciudad.

Luis salió bajo la figura que se estipula en el nuevo código: la de libertad asistida, sus familiares tendrán que estar pendientes de él y tendrá que demostrar ante el juez que sigue estudiando y con su vida normal, lejos de problemas. Si llegase a incumplir las condiciones del juez o cometiera algún delito, podrá ir a parar a un centro de reeducación entre uno y cinco años.
Este caso demuestra los cambios que sufrieron los procesos para los menores de edad con el nuevo código de responsabilidad penal para adolescentes, que reemplaza al antiguo código del menor. Si esta historia hubiera ocurrido una semana antes, Luis posiblemente habría terminado en el centro de reeducación El Redentor en Bogotá, en donde iban a parar por algún tiempo todos los adolescentes delincuentes de la ciudad. Su entrada al Redentor habría ocurrido luego de que un juez de menores hubiera investigado, estudiado las pruebas, intentado conciliar, juzgado y condenado el caso.

Gracias al cambio en la legislación, ahora, “si un muchacho comete un delito, se le adelantará el debido proceso y tendrá todas las garantías procesales con las que cuentan los mayores” explica el Mayor Ricardo Prado, jefe de la policía de infancia y adolescencia. Por eso el nuevo sistema, consignado en la nueva ley de infancia, va en concordancia con los tratados internacionales, con los derechos humanos y de los niños consagrados en la Constitución.

Beatriz Linares, de la Alianza para la Infancia y una de las personas que más tuvo que ver en la construcción de la ley, está segura de que “el código de responsabilidad para adolescentes es lo que se necesitaba”. Aunque ella reconoce que el sistema, que entró a funcionar en Cali y Bogotá el 15 de marzo, tiene sus fallas, sí sabe que por lo menos los menores serán tratados con equidad.


Con el código del menor los delitos que cometían los niños y adolescentes eran inimputables. O sea que por ser menores de edad, los delincuentes juveniles eran incapaces de prever las consecuencias de lo que hacían, entonces no adquirían ningún tipo de responsabilidad de sus actos. Para Linares, el argumento de inimputabilidad equivalía a que “ se ponía al menor al nivel de un semoviente, lo que lo descalifica como ser humano”. A pesar de este argumento, a los muchachos se les adelantaba un proceso en el que el juez investigaba, juzgaba y condenaba, y así terminaban en los centros de reeducación.

Por eso no era extraño encontrar en estos lugares a muchachos que simplemente se habían robado un pan, junto a otros que habían asesinado a alguien. Lo que si extrañaba era ver a algún muchacho de estratos altos en un sitio de estos, y no precisamente por aquella apreciación de que solo los pobres delinquen. Por lo general, si el pequeño delincuente provenía de una familia acomodada, el juez encargaba a los padres del tratamiento psicológico y les exigía que controlaran mejor al muchacho. Con el nuevo sistema, la decisión de mandar o no al adolescente a un centro de reeducación o de imponerle alguna sanción dependerá exclusivamente del delito que cometió.

La primera semana con buenos resultados

Hace exactamente una semana, arrancó el nuevo sistema penal para adolescentes en Cali y Bogotá, en las otras ciudades empezará a funcionar gradualmente en los próximos meses. La expectativa de lo que ocurra en estas dos ciudades es grande, pues el 41 por ciento de los colombianos son menores de edad y de estos, 18 mil llegan a parar a los centros de reeduciación en el país.

Hasta el miércoles habían sido capturados 19 adolescentes por delitos menores en Cali, en su mayoría el hurto, lesiones personales y la posesión de estupefacientes. En Bogotá, mientras tanto, van 53 capturas, y casi todos los jóvenes han cometido los mismos delitos que en Cali. Todos estos muchachos, menos dos en Bogotá, han salido libres, como lo establece el sistema.

Ellos han sido entregados a sus padres o acudientes bajo libertad asistida, lo que no implica que se hayan salvado de algún tipo de sanción. Todos tendrán que responder por sus actos de un modo pedagógico con amonestaciones, imposición de reglas de conducta, servicio comunitario o semiinternado.

Sin embargo, en la capital se han presentado los únicos dos casos de homicidio. Uno de estos fue cometido por un menor de 14 años, por lo que inmediatamente pasó a protección del ICBF. Con la nueva legislación, ningún delito cometido por un menor de esta edad podrá ser castigado, pero todos serán observados por el Sistema de Bienestar Familiar que se encargará de protegerlo y de restablecer sus derechos.

El otro caso de homicidio ocurrió en Bosa, un muchacho de 17 años salía de una fiesta y terminó en una pelea en plena calle. Él no dudó en entrar a su casa, sacar un cuchillo y atacar al que hasta hace un rato era su compañero de parranda. El joven llegó al Centro de Servicios Judiciales para Adolescentes y se declaró culpable. Con su declaración, se le ordenó retención preventiva, que no puede pasar de más de diez hábiles, mientras se le adelanta el proceso penal y se le dicta una sentencia que podrá estar entre dos y ocho años en un centro de reeducación.

Lo mismo le espera al muchacho de 16 años que fue aprehendido en inmediaciones a la Cárcel Modelo de Bogotá, con tres kilos de marihuana y a todos los adolescentes entre 16 y 18 años que cometan delitos graves -que según el código penal dan más de seis años de cárcel- y los que entre los 14 y 16 secuestren, extorsionen o cometan asesinato. Pues como lo indica la norma, solo por estos delitos los adolescentes se verán privados de la libertad.

Si bien, una semana es muy poco tiempo para dar un diagnóstico y ofrecer resultados comparativos, las autoridades envueltas en el sistema están optimistas. Todos saben de la gran responsabilidad que cargan, pues más allá de controlar a los ‘niños traviesos’ deben tratar de garantizar que estos jóvenes no recaigan en conductas delictivas. Finalmente el nuevo sistema no es punitivo sino que busca la formación y el mejoramiento de las condiciones de los niños y adolescentes colombianos."

jueves, 22 de marzo de 2007

Subsecretaria Javiera Blanco y RPA


La Subsecretaria de Carabineros Javiera Blanco hace unas muy lúcidas observaciones en punto mujer (emol.com) sobre la reacción del estado frente a los temas que inciden en los delitos, y menciona entre ellos, el trabajo que efectuarán los programas de rehabilitación en drogas que CONACE ha preparado para trabajar al alero de la ley de responsabilidad penala dolescente:

"La delincuencia se mantiene, desde hace años, en el primer lugar de las preocupaciones de la ciudadanía y el último índice de victimización ascendió a un 42%, lo que quiebra la tendencia a la estabilización que se venía dando.

Las autoridades comprometidas con la seguridad ciudadana aseguran que las acciones emprendidas están dando resultados. No sólo mencionan que se ha hecho una fuerte inversión en lo que se refiere a enjuiciamiento criminal con una reforma procesal penal que está en marcha en todo el país, sino que se ha puesto en marcha un plan de modernización carcelaria que permitirá contar con 10 nuevos centros y se ha invertido en el aumento de dotación de las policías y Plan Cuadrante.

La subsecretaria de Carabineros, Javiera Blanco, no obstante, señala que la labor en seguridad ciudadana no se queda ahí y hoy está muy presente la necesidad de hacer prevención social, teniendo en cuenta que la persona que delinque, en algún momento de su vida, se llegó a interesar por el delito y lo cometió.

-La demanda mayor de la gente es más policías, ¿es un error asumir que ello le dará más seguridad?
“El Plan Cuadrante trae asociado una mayor cantidad de dotación policial y en las zonas que ha llegado ha tenido una incidencia en bajar los índices de criminalidad. Ahora es necesario (tener más policías), pero no es lo que va a definir que un país, en un momento determinado, vaya a tener tasas sostenidas a la baja de la delincuencia. Sólo hacer copamiento policial, ¡no!; éste es sólo un elemento más dentro de una estrategia integral.
“O sea, podríamos llenar los barrios de carabineros, pero de partida, en costo-beneficio no resulta rentable porque es un recursos bastante caro que hay que saber focalizar. No es única y exclusivamente de responsabilidad policial bajar los índices de criminalidad porque hay otra serie de factores que tienen incidencia”.

-Como la drogadicción, la falta de oportunidad de los jóvenes, la rehabilitación?
“Sí, el tema de la rehabilitación es otro de los importantes. A la gente le cuesta entender que la solución no es encerrarlos a todos. Las personas dicen los aprehenden y los sueltan, detrás de eso no siempre es que hay un mal manejo judicial y la persona quedó en libertad; la razón de muchos de esos casos es que no todos ameritan llegar a la cárcel”.

-¿Cuánto se ha avanzado en atender las causas como la drogadicción?
“Creo que se ha hecho mucho; lo que ha reflejado la última encuesta nacional urbana de seguridad ciudadana, que es una baja en los índices de criminalidad, no es una casualidad. Llevamos varios años de analizarlo y hoy tenemos herramientas concretas; cuando hablamos que se está pensando en incrementar en 3.500 los cupos para todo lo que es drogo dependiente infractores, en el marco de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente es un paso adelante. Cuando el Conace trabaja en las cortes de droga, que es una manera innovadora de enfrentar el procedimiento judicial (cambiar la pena de cárcel por rehabilitación), se está avanzando.
“Se está apuntando a las causas y ese es un pensar de una sociedad moderna, o sea, ya no somos una máquina moledora de carne, sino que comenzamos a diferenciar que hay infractores de ley en donde mientras no se ataquen las causas que los hacen delinquir vamos a seguir en el círculo”.

-¿Pero cuánto estamos abarcando?
“Hemos tenido una gran inversión en tema rehabilitación los últimos años, y en este período se le ha dado especial atención, precisamente porque hoy se sabe que si no se habla de prevención, control y rehabilitación no se puede pensar en disminuir sostenidamente la delincuencia.
“Se está pensando en entregar fondos a las cortes de droga, en cupos de tratamiento, porque hoy, el fenómeno más presente en lo delictual es la droga”.

La subsecretaria explica que un estudio realizado hace algunos años estableció que son aproximadamente 150 mil personas las que delinquen, pero muchos lo hacen una sola vez y salen del circuito. Asimismo, se determinó que el 10% de los infractores menores de edad son responsables del 40% de las infracciones y si se atiende ese 10% (unos 150 niños por comuna) se logra disminuir la criminalidad en un poco menos del 50%. “Es una cifra bastante abordable, porque no todos los 150 mil requieren el mismo nivel de intervención; yo creo que los cupos para rehabilitación están, el desafío va a estar en que a esos cupos lleguen el 10% que es el núcleo más duro”, sostiene.

-¿Qué impacto ha tenido en la disminución de la delincuencia la entrada en vigencia de la reforma procesal penal?
“La reforma procesal penal parte del concepto de economía procesal y, en ese marco, hace una distinción. Hoy hay una serie de delitos menores que no ameritan poner en marcha un sistema caro y llegar a la instancia de juicio oral, lo que le ha dado mayor racionalidad la proceso y ha posibilitado que las causas más graves se solucionen en un menor tiempo porque el sistema está más desatochado. Antiguamente todos tenían igual importancia y todos llegaban a proceso aún cuando no tenían ninguna viabilidad como el robo de la radio del auto sin huellas y sin testigos. Ese caso estaba destinado a morir, pero hacia espacio y horas hombres; hoy el sistema se volvió más racional.
“Esa racionalidad impacta en que hoy los hechos criminales tienen una respuesta, en promedio, dentro de 6 meses y obviamente, la probabilidad de condena es un elemento más a considerar en el fenómeno delictivo. Cuando se habla de disminuir la delincuencia se aborda la probabilidad de captura, de condena y de cumplimiento de condena; la de condena aumentó. Ahora hay más probabilidades de que me condenen si cometo un delito”.

-¿Y la gente ha visto esa diferencia?
“De pronto, se mal entiende lo que es la reforma y hay gente que no tiene una visión positiva, pero los números dicen otra cosa. Hoy el flujo de gente a la cárcel, o sea, de condenas es tan alto como en el antiguo sistema. Es decir, la visión de la gente que esta reforma deja más libre a la gente que antes no es tal.
“Sí creo que es un desafío país dar la respuesta alternativa. Es decir, si sabemos que un menor de edad involucrado en un hecho delictual, que puede ser menor como un robo de una gargantilla, en ningún caso lo vamos a mandar a la cárcel para que se pudra porque no corresponde. A ese niño, dado que se está iniciando en el proceso delictivo, lo vamos a intervenir, pero fuera de la cárcel donde haya un delegado que se encargue de él, de insertarlo en el sistema educacional. En eso se está trabajando con la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente que entra en vigencia el 8 de junio. El gran desafío es demostrarle a la gente que la respuesta alternativa es igual de eficiente que mandar a la cárcel, porque el grueso de los infractores no son homicidas, no son violadores; la mayor cantidad de delitos en Chile son contra la propiedad y cuanto uno ve de que se tratan, los hurtos y robos con fuerza son la gran mayoría, no los robo con violencia”.

martes, 20 de marzo de 2007

Defensores se preparan para nueva ley penal juvenil


"A menos de tres meses de la entrada en vigencia de la Ley 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente, representantes de todas las defensorías regionales de Chile participaron en la primera jornada nacional sobre defensa penal juvenil, la cual se desarrolló el pasado viernes 23 de marzo.

Durante la jornada, que fue inaugurada por el Defensor Nacional, Eduardo Sepúlveda Crerar, se desarrollaron diferentes áreas vinculadas a la nueva legislación penal adolescente, entre ellas, la función del defensor penal juvenil y sus requerimientos; los aspectos críticos de la defensa especializada de adolescentes y la organización y cobertura de la defensa especializada.

Paralelamente, el jefe de la Unidad de Defensa Penal Juvenil, Gonzalo Berríos dio a conocer el documento "Defensa Penal Juvenil: Bases Técnicas para garantizar la Especialización", el que será ampliamente discutido en jornadas futuras.

El texto aborda, entre otros temas, la relación del defensor con el cliente adolescente, la relación entre el abogado defensor y la familia del imputado; el derecho a la privacidad y los medios de comunicación; la determinación de penas; y la ejecución de sanciones.

Este documento se enmarca en el esfuerzo de la Unidad de Defensa Penal Juvenil por unificar criterios de defensa ante la inminente puesta en marcha de la nueva legislación adolescente prevista para junio de 2007.

Cabe destacar que para esta tarea la Defensoría Penal Pública capacitó a un total de 40 defensores penales juveniles y 12 asistentes sociales para todo el país."

Fuente:
Prensa Defensoría Penal Pública

domingo, 18 de marzo de 2007

Colombia: Ley de Infancia y Adolescencia

16 de Marzo.-
ADOLESCENTE ACEPTÓ CARGOS POR HURTO DE BICICLETA

El adolescente de 17 años de edad, capturado ayer en Cali, en el primer día de aplicación de la Ley de Responsabilidad Penal para el Adolescente, aceptó cargos en desarrollo de la audiencia preliminar.
Así se conoció anoche, luego de que el adolescente, fue presentado ante la Juez Segunda Penal para el Adolescente, con funciones de control de garantías.
Los hechos se relacionan con lo ocurrido ayer, en el barrio Floralia de Cali, donde un ciudadano fue víctima del hurto de su bicicleta, la cual estaba parqueada afuera de una zapatería.
Según la víctima, dos jóvenes se acercaron y mientras uno de ellos lo distraía, el otro hurtó el aparato.
La retención del menor de 17 años, se llevó a cabo a las 10 de la mañana, luego de que las autoridades realizaran las diligencias investigativas pertinentes.
En audiencia preliminar, se legalizó la captura y los elementos materiales probatorios; la Fiscalía formuló imputación y solicitó a la Juez que el menor quedara bajo protección del ICBF, ya que ningún familiar aceptó hacerse cargo de él. Asi mismo, se conoció que el adolescente tiene problemas de drogadicción.
La Juez acogió la solicitud de la Fiscalía y determinó que el adolescente debía quedar bajo la protección del ICFBF.


14 de Marzo.-
Designados más de 30 funcionarios en Bogotá y en Cali FISCALÍA LISTA PARA LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA

Bogotá, 14 de marzo. -Con 15 fiscales y más de 20 funcionarios del CTI, la Fiscalía General de la Nación conocerá desde este jueves, en Bogotá y en Cali, los procesos penales que se inicien contra menores entre los 14 y los 18 años.
De esa forma, la entidad asume la entrada en vigencia del componente penal de la nueva Ley de Infancia y Adolescencia, que introdujo nuevas normas para adelantar las investigaciones contra los menores infractores.
En Bogotá, fueron dispuestos siete fiscales y 12 investigadores del CTI, que tendrán sus oficinas en el nuevo Centro de Servicios Judiciales para la Adolescencia, ubicado en la carrera 30 con calle 12, en el centro de la capital.
En Cali ocho fiscales y cerca de 15 investigadores del CTI serán los encargados de asumir esos casos.
El desarrollo del plan metodológico de la investigación estará a cargo de los fiscales, para lo cual tendrán el apoyo de las unidades de policía judicial del CTI y de la Policía de Infancia.
Por su parte, la policía judicial será la encargada de ejecutar el plan metodológico de la investigación, realizar los actos urgentes en los casos que lo ameriten y de efectuar las actividades investigativas necesarias, entre otros.
Con la nueva Ley la privación de la libertad es excepcional, por ello las sanciones de internamiento sólo proceden para menores entre los 16 y los 18 años, que hayan cometido delitos cuya pena mínima sea o exceda de seis años de prisión. De todas formas, ese internamiento no puede durar más de cinco años.
Cuando los adolescentes entre 14 y 18 años sean responsables de homicidio doloso, secuestro o extorsión, la medida de internamiento podrá durar entre y dos y ocho años.
OTROS ASPECTOS DE LA LEY
Las sanciones o medidas que pueden aplicarse al adolescente son: Amonestación, imposición de reglas de conducta, prestación de servicios a la comunidad, libertad asistida, internación en medio semi-cerrado y, excepcionalmente, privación de la libertad en centro de atención especializado.
Otras características del proceso son:
Los sujetos del sistema son jóvenes entre 14 y 18 años.
Las sanciones tienen objetivos educativos y protectores.
Las audiencias tienen carácter reservado.
Deben existir establecimientos especiales para las medidas de internamiento del adolescente, a cargo del ICBF
Se crean los juzgados penales de adolescentes de conocimiento y de control de garantías.
Las defensorías de Familia acompañan en toda actuación al menor.
El menor infractor puede acudir a la Defensoría Pública en caso de no tener recursos para contratar un defensor privado.
El proceso es oral (Sistema Acusatorio) y las audiencias se realizarán en salas especiales.


jueves, 15 de marzo de 2007

Entrevista en El Clarín de Javier de Vicente Remesal


En El Clarín viene esta entrevista al jurista español Javier de Vicente Remesal.

"El menor, por el solo hecho de serlo, no es inimputable"
Claudio Martyniuk.
cmartyniuk@clarin.com


"Una de las formas de violencia más perturbadoras es la que tiene como protagonistas a los adolescentes. En estos casos, las democracias a veces se ven tentadas a buscar respuestas autoritarias, endureciendo penas y regímenes penitenciarios. ¿Cuál le parece que debe ser la función del derecho penal ante la problemática de la violencia juvenil?

—La función que tiene que cumplir el derecho penal, no sólo en la delincuencia juvenil sino en la delincuencia en general, es tratar de solucionar aquellos problemas que no pueden solucionarse por otras vías menos drásticas. Eso responde al principio de intervención mínima del derecho penal, en el sentido de que si desde otras instancias se pueden resolver esos problemas, mejor es acudir a esas otras instancias y no al derecho penal. En el ámbito juvenil, esto tiene una importancia especial, por las características de las personas que cometen los hechos delictivos. Dado que se está ante menores, se deben poner los máximos esfuerzos para evitar, desde el punto de vista de la prevención general, que se cometan delitos y, desde el punto de vista de la prevención especial, que los mismos jóvenes que han cometido delitos no vuelvan a delinquir. Por eso creo que el derecho penal de menores debe esforzarse al máximo para sacarles todo el partido posible a aquellas instituciones y medios que no se han puesto, o no se ponen, en el derecho penal de adultos.


Sin embargo, la reacción institucional más requerida es la pena. ¿Cuál le parece que es el criterio más razonable para utilizar la cárcel?

—Los menores pueden cometer hechos muy graves y otros de menor gravedad. Hay asesinatos, hurtos, faltas y hechos imprudentes, y todo eso necesita un tratamiento diferenciado. En el derecho penal de menores, aunque se haya querido decir lo contrario en algún momento, el principio de proporcionalidad también tiene su importancia. Y por eso, naturalmente, hay una graduación en función de la gravedad del hecho. Por ejemplo, en España hay internamientos en régimen cerrado de hasta seis años para hechos calificados de graves en el Código Penal. En determinados casos como homicidios, violaciones, actos de terrorismo, ese límite superior llega hasta los ocho años de internamiento. E incluso puede llegar hasta diez años cuando hay una pluralidad de hechos delictivos. Claro, los límites no son iguales al régimen penal de adultos. Con estas medidas de internamiento se busca incidir en la prevención general.


¿Los menores son imputables?

—El menor, por el hecho de ser menor, no es inimputable. En todas las legislaciones se marca una edad mínima para entrar dentro del régimen penal del menor, de la misma manera que se marca una edad para entrar en el Código Penal. En España, de los 14 a los 18 se entra en la Ley Penal del Menor; y después se pasa al Código Penal. En ambos casos hay una posible imputabilidad, también en los menores. A partir de los 14 años se aplica ya una ley penal, aunque sea una ley penal del menor por una razón pragmática, de acuerdo parlamentario.


¿No puede ser arbitrario?

—No, porque tiene como base al saber de la psicología evolutiva sobre la edad de formación de una personalidad. Pero la fijación concreta, si es a los 14, a los 13 o 15 años, responde a un criterio de acuerdo parlamentario. También se aplica una perspectiva político-criminal que, por ejemplo, hace que en el derecho penal de menores haya penas y, además, otra serie de medidas de seguridad que se aplican a los sujetos por su peligrosidad, no por su culpabilidad.


Si se trata de aplicar medidas basadas en pautas de seguridad, ¿no se corre el riesgo de tomar nuevamente a los menores como objetos de cuidado más que como sujetos de derecho?

—Claro. Me da la impresión de que la situación en Argentina es muy semejante a la que ha habido en España. Nosotros teníamos una ley totalmente tutelar, que contemplaba al menor como un sujeto carente de derechos. Se lo trataba como a un enfermo más que como a un sujeto que ha cometido un hecho delictivo. Y eso implica la negación de las garantías procesales y de los principios más fundamentales del derecho penal. El Tribunal Constitucional Español declaró inconstitucional esa ley de 1948, diciendo que no era aceptable la supresión de garantías, la indeterminación de la duración de las medidas y la inasistencia de abogados. Y eso dio lugar a que se pasara a lo que se llama el modelo de responsabilidad.


¿En qué consiste?

—Bajo ese modelo, el menor es una persona que debe responder por sus actos. La responsabilidad puede ser plena o semiplena, pero, en definitiva, el menor es responsable de sus actos y, por lo tanto, hay que tratarlo como a un sujeto que ha cometido un hecho delictivo pero con las garantías propias del derecho, de manera que no salga perjudicado por la entrada en el derecho de menores. Este nuevo régimen de menores de España se implementó a partir de 1992. Hubo una reforma en el 2000 y otra en el 2005. Estas normas marcan una diferencia entre el tramo de 14/15 años y el de 16/17, siendo más rigurosos con los que tienen más edad. La diferencia, en concreto, es de un año en cuanto al internamiento en régimen cerrado.


¿La pobreza genera violencia?

—Efectivamente, hay una relación entre determinadas formas de delincuencia y determinada capacidad económica de las personas. Pero los estudios criminológicos ponen de manifiesto que no es la única causa. Ahora se está viendo que hay formas de delincuencia juvenil que poco tienen que ver con la pobreza y más con la desestructuración de familias medias. Y por eso yo creo —comprendiendo la dificultad que esto entraña— que las medidas más adecuadas son la asistencia social y la educación, procurando que el joven encuentre su identidad dentro del ámbito en el que se mueve. Estas medidas intentan evitar la intervención penal. E incluso, ya bordeando la entrada de la intervención penal, pueden facilitar la solución prejudicial de conflictos a través de una mediación, una conciliación, la reparación del daño o mediante una vinculación del autor con la víctima.


Hay, entonces, alternativas a la utilización del derecho penal.

—Claro que sí. Una de las funciones que tienen encomendadas los equipos de psicólogos y asistentes es, precisamente, buscar que el sujeto sea capaz —porque a veces no es así— de darse cuenta de lo que ha hecho. A veces se comete un acto de vandalismo o una agresión, o un robo, y de lo que se trata es de que ese sujeto sepa a quién dañó, cuál es la situación de la víctima y cómo ha quedado, y que tome conciencia del alcance de lo que ha realizado. Habrá, naturalmente, personas indiferentes a las que les dé igual. Pero deben buscarse medidas que se encaminen a lograr esa relación y colaboración, ya no sólo con trabajos en beneficio de la comunidad en general, sino en beneficio de las víctimas o los perjudicados por el hecho cometido.


La droga y el alcohol suelen motorizar la violencia juvenil. ¿Qué se puede hacer ante esto?

—Lo ideal sería poder actuar de modo preventivo y en forma persistente. Porque, claro, si la reacción sólo es la pena, es bastante difícil incidir en el sujeto. Quiero decir que habría que ir más a la raíz, desde el punto de vista de la psicología y de la sociología, hasta hallar dónde radica el desencanto del joven que lo lleva a esos ambientes. Aunque no podamos asegurar que no se producirán actos de violencia, sí podemos esperar que con un trabajo de este tipo se produzcan menos. Esa prevención sería la medida más adecuada. Es difícil, desde luego, aquí y en cualquier otro país. Posiblemente, ningún Estado esté aportando todos los medios económicos, humanos y sociales para prevenir esos conflictos que después tienen un dificilísimo tratamiento con la intervención penal. Aunque habría que ser un mago para poder prevenir siempre la violencia y las adicciones, es mejor intentarlo y dejar la cirugía penal como último recurso. La medicina preventiva a veces es menos visible, más costosa, y políticamente poco rentable. Entonces, muchas veces compensa más, desde el punto de vista político, invertir en seguridad que invertir en justicia social."

Copyright Clarín, 2007.