miércoles, 29 de agosto de 2007

Leonardo Moreno entrevistado por F Paulsen

Esta entrevista también es de hace 2 meses y, al igual que la anterior, me parece que mantiene utilidad. Leonardo Moreno, además de ser el Defensor Metropolitano Norte es un destacado profesor universitario de la Universidad Alberto Hurtado, y me parece que logra transmitir en esta buena entrevista de Fernando Paulsen, algunas ideas centrales del nuevo sistema de responsabilidad penal adolescente.
Con todo lo que criticamos a la prensa, estas dos entrevistas han sido una muy buena oportunidad para ofrecer en un medio de difusión masiva, algunas nociones más complejas y contracorrientes de ciertos discursos ya instalados en los medios acerca de lo que es la delincuencia juvenil.
Me pregunto si alguno de los políticos que aparecieron en pantalla esos días de comienzos de junio como adalides de los derechos juveniles, han vuelto a pisar algún centro o programa en estos dos meses.


Atacama: Análisis con jueces del funcionamiento del nuevo sistema

Freddy Arancibia, Seremi de Justicia de la Región de Atacama informa en su blog de un muy interesante encuentro con jueces de análisis del funcionamiento del nuevo sistema de responsabilidad penal adolescente.

"El viernes 03 de agosto, la Presidenta de la Corte de Apelaciones señora Luisa López Troncoso; el Seremi de Justicia, Freddy Arancibia Figueroa y la Directora del SENAME Atacama, Olga Esquivel Tapia, tuvieron una reunión con la Magistratura de la Región de Atacama, jornada de reflexión que permitió dar a conocer las ofertas que tiene el Servicio Nacional del Menor para los jóvenes infractores de ley a los que deba aplicárseles la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y que afecta a mayores de 14 años y menores de dieciocho, con una legislación especial. Esta actividad se desarrolló en el salón de eventos de la Asociación Chilena de Seguridad y contó con la presencia del abogado Coordinador Nacional Judicial del SENAME, Jorge Saavedra y la asistencia de más de treinta magistrados y magistradas de la Región".

Juan Pablo Hermosilla entrevistado por Paulsen sobre RPA

Aunque ya pasaron cerca de tres meses de esta entrevista, recién la he logrado subir y me parece que se ofrecen en ella algunas interesantes pistas de por dónde debiera discurrir el nuevo sistema de justicia penal adolescente. Creo que es una buena entrevista porque el entrevistado tiene tiempo para explicar su posición, cosa harto rara en nuestro medio periodístico.


lunes, 27 de agosto de 2007

Consumo de Drogas en la Adolescencia. Factores de Riesgo y Protección Asociados

Consumo de Drogas en la Adolescencia. Factores de Riesgo y Protección Asociados.-
Mónica Lobato Concha, Psicóloga
Soledad Arriagada Sánchez, Socióloga

El presente artículo aborda la problemática del consumo de drogas de manera amplia e integral, a través del modelo de factores de riesgo y de protección, específicamente en la población adolescente. En este sentido, se releva la existencia de una multiplicidad de elementos de los contextos en los cuales se encuentra el sujeto que influyen en el inicio de un consumo problemático o dependiente, incluyendo conceptos que caracterizan a las actuales sociedades occidentales, como forma de complementar la mirada hacia este fenómeno.
Me parece que constituye un muy buen resumen del estado actual de la cuestión en la literatura especializada, pensado en lectores más de la comunidad jurídica. En ese sentido, se ofrece una perspectiva no estigmatizadora del fenómeno del consumo problemático de drogas.

domingo, 26 de agosto de 2007

Roper v. Simmons: La derogación de la pena de muerte en EE.UU.

La semana pasada me comprometí con el grupo de Jueces de Tribunal Oral en lo Penal del curso sobre Drogas, del Conace, a poner algo sobre la derogación de la pena de muerte en EE.UU.
Me refiero, ciertamente, a la decisión de la Corte Suprema en el caso Roper, Superintendent, Potosi Correctional Center v. Simmons. El caso lleva el rol No. 03–633, fue alegado el 13 de octubre del 2004 y la decisión es del 1° de marzo del 2005.

Abajo pueden ver y pueden descargar el fallo
.

Y aquí pueden revisar la
transcripción de los argumentos orales expuestos. Llama mucho la atención el constante diálogo que existe entre jueces y abogados. No se parece en nada a un alegato de nuestro sistema sino más bien a un examen de grado.

La redacción de la opinión fue del Juez Anthony Kennedy.
Según el razonamiento mayoritario, la pena capital contra menores de 18 años es inconstitucional. No simplemente eso, sino que también añade: “Existe un consenso nacional” para su efecto. El veredicto de la Suprema Corte sugiere que, como en los viejos tiempos, el sistema jurídico debe estar supeditado al mandato de las mayorías nacionales y no a la opinión personal de sus magistrados. Es decir, el “derecho común” es todavía parte inmanente del sistema jurídico del ssitema jurídico estadounidense.

La pena de muerte para menores (Roper Vs. Simmons) mantuvo a los magistrados de la Suprema Corte de Justicia divididos desde el principio hasta el final. Por una parte, el flanco conservador de los jueces federales, William H. Rehnquist, Clarence Thomas, y Antonin Scalía, desde que el caso entró en el tribunal superior, decidió a favor de la pena capital. Los liberales, Ruth Bader Ginsburg, David H. Souter, Stephen G. Breyer y John P. Stevens, por la otra, decidieron el camino contrario. Y los dos moderados, Anthony Kennedy y Sandra Day O´Connor, como en otros casos, optaron por lo suyo: poner en suspenso a los conservadores y liberales.
Para justificar la inconstitucionalidad del caso, Kennedy citó argumentos internacionales y nacionales.

Inicialmente sostuvo que la mayoría en la comunidad internacional está en contra de la pena capital contra menores. Por lo que aparentemente nuestra corte también “debería” aceptar ese legado internacional. En esta sentencia ha tenido mucho peso la admisión de cuarenta y ocho informes de amicus curiae incluso algunos provenientes de otros países, un claro ejemplo de la relación cruzada entre el derecho interno y el internacional.



Uno de los informes más interesantes es el de American Psychological Association, y la Missouri Psychological Sssociation.-


El argumento internacional es un razonamiento creativo pero que para lógica del sistema norteamericano resulta débil. Todos sabemos que eso está más allá de la realidad norteamericana. Pese a ello, se cita incluso la Convención para argumentar en contra de la pena capital:
"Como el apelante y numerosos amici enfatizan el artículo 37 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que todos los países del mundo han ratificado salvo por EE.UU. y Somalía, contiene una pohibición expresa de pena capital para los delitos cometidos por jóvenes menres de 18 años."
Antonin Scalia fue el que mejor contradijo el argumento internacional de Kennedy, indicando que “la opinión internacional no debería jugar un papel preponderante en la interpretación de las leyes constitucionales”.
Sin embargo, Kennedy arguyó que existe un “consenso nacional” en torno a los castigos capitales contra los menores. Es decir, que la mayoría de la sociedad norteamericana no quiere que a un criminal de 18 años se le ponga en la silla eléctrica, o se le conduzca a la cámara de gases, o se le suministre sustancias letales intravenosas.
En otras palabras, debemos respetar a la democracia en todo su aspecto, incluyendo en las leyes. Kennedy entiende, más que sus colegas conservadores, que el “consenso nacional” está por encima de la opinión personal de un magistrado o juez nacional.
Haciendo un recuento de algunos casos importante podemos hallar que Kennedy ha sabido poner opinión personal a un lado y obra con prudencia profesional, dictaminando a favor de las mayorías nacionales; y especialmente, de la lógica de la sociedad.
Por ejemplo, Kennedy no ha estado de acuerdo con el aborto prematuro de los bebés. Sin embargo, en 1992 votó apoyando su alargue por “cuestiones de privacidad y derecho individual de la mujer”. Asimismo, dos años atrás también se unió a los magistrados que hallaron improcedente las leyes de sodomía de Texas. Esto, a pesar de no estar personalmente de acuerdo. De ésta manera él y la mayoría en la Suprema Corte ampararon la relación sexual entre hombres en la vida privada.
Así, en el caso de Roper Vs. Simmons, Kennedy nuevamente demuestra que el razonamiento imparcial y el “consenso” de las mayorías de la nación cuentan mucho más que las creencias personales. Incluso se encuentran más allá de un razonamiento coherente y calculado.

Nótese este párrafo (las traducciones de este post son de mi responsabilidad), que da cuenta a cabalidad de la especificidad de lo juvenil en sede de determinación de pena:

“El rechazo de la imposición de la pena de muerte a infractores de ley menores de 18 años es exigido por la Octava Enmienda. El castigo capital debe estar limitado a aquellos delincuentes que cometan “una reducida categoría de los más graves crímenes” cuya extrema culpabilidad los haga “los más merecedores de ejecución.” Atkins, 536 U. S. at 319. Tres diferencias generales entre menores de 18 años y adultos demuestran que los delincuentes juveniles no pueden, fidedignamente, ser clasificados entre los peores delincuentes. La susceptibilidad de los jóvenes a un comportamiento inmaduro e irresponsable significa que “su conducta irresponsable no es tan moralmente reprensible como la de un adulto.” Thompson v. Oklahoma, 487 U. S. 815, 835. Su propia vulnerabilidad y falta comparativa de control respecto de su entorno inmediato implican que los jóvenes tienen un derecho mayor que el de los adultos a ser perdonado por fallar en escapar a ls influencias negativas de su entorno total. Ver Stanford, supra, at 395. La realidad de que los jóvenes todavía luchan por definir su identidad significa que es menos sustentable concluir que incluso un crimen atroz cometido por un joven es evidencia de un carácter depravado e irredimible."


Más info sobre Christopher Simmons en abanet.


Para el anecdotario regional, el fallo ha sido recientemente citado por la actual Corte Suprema argentina en un caso sobre menores de edad.

Roper v. Simmons


Comentarios sobre este caso:

- Massey, Hillary J. (2006), "Disposing of Children: The Eighth Amendment and Juvenile Life without Parole after Roper", Boston College Law Review 47: 1083.
Universal Rights and Wrongs: Roper v. Simmons, Torture and Judge Posner por Michael E. Tigar.-
- “A Political Court” por Judge Richard A. Posner en  Harvard Law Review 119, (2005), pp.31-102
A flap over foreign matter at the Supreme Court, Cobertura de NBC.-
- Lane, Charles (March 2, 2005), 5-4 Supreme Court Abolishes Juvenile Executions, The Washington Post, p. A01.
The Scientific Shortcomings of Roper v. Simmons, por Deborah W. Denn. en el Ohio State Journal of Criminal Law.
Roper v. Simmons and Our Constitution in International Equipoise, por Roger Paul Alford
, en  UCLA Law Review, Vol. 53, No. 1, 2005 
Roper v. Simmons: Can Juvenile Offenders be Executed?, por Charles L. Scott, MD, J Am Acad Psychiatry Law 33:4:547-552 (2005)
- Examining Roper v. Simmons, por Brandy Beardsley.-
Roper v. Simmons: the collision of national consensus and proportionality review, en Journal of Criminal Law and Criminology, Spring, 2006 by Wayne Myers.-

jueves, 23 de agosto de 2007

Diplomado UC sobre Responsabilidad Penal Adolescente

La Facultad de Derecho de la Uc y la Vicerrectoría de Comunicaciones y Asuntos Públicos han abierto el Diplomado Desafíos de un Nuevo Sistema de Justicia Juvenil.

Se analizará la evolución histórica del tema así como las regulaciones en derecho comparado sobre la responsabilidad penal del adolescente. El análisis se realizará desde el punto de vista de los principios generales y constitucionales que deben regir en estas materias, haciendo un estudio acabado de los mismos desde el punto de vista procesal y penal.

Constituye el estudio de estas materias una oportunidad de actualización en los aspectos más relevantes de la Ley de Responsabilidad Penal del Adolescente, que ha comenzado a operar a comienzos de junio de este año, así como para dar cumplimiento a la exigencia legal de especialización de los operadores en materias de responsabilidad juvenil.

También es relevante destacar que dentro del profesorado del Diplomado se cuenta con miembros de la Comisión de Expertos que convocó el Ministerio de Justicia para la puesta en marcha de la ley, como los profesores Alvaro Fernández (profesor derecho penal UC), Gonzalo Berríos (Jefe Unidad Defensa Juvenil DPP), Iván Fuenzalida (Jefe Unidad Juvenil MP), Francisca Werth (Fundación Paz Ciudadana) y Francisco Estrada (Ministerio de Justicia).


Programa del Diplomado
aquí.

Informaciones y matrículas
Centro de Extensión de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Alameda 390, 1er piso, oficina de matrículas, teléfonos: 3546500
Fax: 634 1929
Horario: 09:00 a 18:30 horas
Programa de Actualización Académica
Alameda 390, 3er piso, teléfonos: 3546563
Fax: 222 1157
E-mail:programa@uc.cl, www.uc.cl/educacioncontinua

martes, 7 de agosto de 2007

Congreso Internacional "Fenómenos de Delincuencia Juvenil: Nuevas Formas Penales" en Sevilla


Del 6 al 7 de noviembre de 2007, la Dirección General de Reforma Juvenil de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía ha decidido organizar con el apoyo del Observatorio Internacional de Justicia Juvenil un Congreso Internacional "Fenómenos de Delincuencia Juvenil: Nuevas formas penales".

Tanto a nivel europeo como internacional, los fenómenos contemporáneos de delincuencia juvenil han sido últimamente un nuevo centro de atención y preocupación desde la perspectiva y el ámbito de la criminología.

Este foro de preocupación internacional coincide con el primer tiempo de la entrada en vigencia en nuestro país de la ley de responsabilidad penal adolescente, por lo que ojalá haya representantes nacionales en dicho seminario.
La excesiva mediatización de las conductas de menores ha tenido como consecuencia la distorsión de nuestra comprensión de la naturaleza, del ámbito y la distribución de la delincuencia y del crimen Juvenil. Las reformas legislativas y políticas actuales en muchos países europeos se centran en la justicia juvenil. Por un lado, la amplificación común de la delincuencia juvenil y por otro la respuesta oficial a este fenómeno, suele producir una visión social negativa de los menores.

Comunicar y trabajar sobre las problemáticas vinculadas a la comisión de infracciones por juveniles, supone el desarrollo de investigaciones específicas sobre las evoluciones recientes de la delincuencia. Especialmente cuando se experimenta un creciente desarrollo de nuevas formas de delincuencia juvenil (incluyendo: bullying, racismo y xenofobia; uso de nuevas tecnologías para la comisión de delitos, vandalismo urbano, bandas organizadas), junto con el fomento de políticas y prácticas comprometidas con estas cuestiones.

Este evento internacional reunirá a profesionales, expertos académicos e investigadores y políticos procedentes de distintos países con el fin de desarrollar y comunicar estrategias transversales como respuesta a la delincuencia juvenil, así como, soluciones prácticas que permitirán desarrollar respuestas eficaces a estos fenómenos, respetando siempre los derechos del menor en este ámbito.

El Congreso Internacional "Fenómenos de Delincuencia Juvenil: Nuevas Formas Penales" se concibe como un espacio de reflexión y análisis de las cuestiones claves en la justicia juvenil comparativa europea.

Se desarrollará el Congreso Internacional según dos ejes:

I. Identificación de los modelos recientes en Delincuencia Juvenil: origen, análisis y tendencias comparativas.
II. Políticas y Mecanismos de Intervención: Nuevas iniciativas y Respuestas a la Delincuencia Juvenil.

Descargar programa provisional

Para inscribirse, clik
aquí.

viernes, 3 de agosto de 2007

Foro Cárcel. Un Mundo pendiente: Calcuta Cárcel

Los amigos de Calcuta Cárcel han organizado para la próxima semana un foro para el 8 y 9 de agosto: "Cárcel, Un mundo pendiente", de 13:30 a 15:00 hrs. en el Aula Magna del campus san Joaquín de la UC.
Me han invitado a participar a un foro de expertos donde intervendrán también Tito Méndez, el mayor de Gendarmería Alejandro Fuentes y el padre Germán Bustamante.

Calcuta UC es un programa de solidaridad cristiana que nace de la Pastoral de la Pontificia Universidad Católica de Chile, el cual busca acercar a universitarios de todo el país al Calcuta que vive en Chile. Su objetivo es acompañar, servir, dignificar, capacitar, compartir y dar esperanza a través de una mirada joven, alegre y a la luz de la fe, a personas que están inmersas en situaciones de gran dolor.

Concretamente, trabajan en cárceles, hospitales, hogares de ancianos y de niños. El trabajo se realiza en base a talleres y/o grupos de acompañamiento en los distintos programas. Uno de los centros en que trabajan es el Centro Privativo de Libertad de San Joaquín (ex- Cod Arrayán), uno de los centros más grandes en cuanto a plazas disponibles en el marco de la puesta en marcha de la nueva ley de responsabilidad penal adolescente.