jueves, 1 de agosto de 2013

Carta de profesores Bofill y López sobre anuncio del Subsecretario Lira

Comparto plenamente la carta en El Mercurio de hoy, de los profesores Bofill y López, ambos miembros de la llamada comisión de Reforma la Reforma, convocada por el gobierno.
El anuncio del subsecretario de Prevención del Delito es abiertamente ilegal del momento que carece de facultades para decretar seguimientos a ciudadanos.



Señor Director:

En su edición del día lunes 29 de julio, "El Mercurio" informó acerca de la creación de un equipo de trabajo policial que tendría la función de "monitorear las andanzas de los 100 delincuentes más reincidentes... que operan en la Región Metropolitana".

El subsecretario de Prevención del Delito explicó que el propósito de dicha unidad sería "prevenir para que no vuelvan a actuar", y agregó: "Si sabemos dónde viven, quiénes son, ¿cómo no los vamos a observar para anticiparnos y detenerlos cuando cometan un delito?". Más adelante señaló: "Si la justicia no es capaz de meterlos en prisión, nosotros tenemos que ser capaces de proteger a la población de esos delincuentes. Si ellos se burlan de la justicia, de la policía no se van a burlar".

El mensaje del subsecretario es muy difícil de entender. Por de pronto, porque incurre en una confusión -muy extendida en nuestro país, pero en la cual la autoridad ad hoc no debería caer- entre la prevención del delito y la persecución penal de un hecho concreto. Si el propósito del equipo policial especial en cuestión es capturar a los autores de hechos delictivos al momento en que actúen, de lo que estamos hablando no es de prevenir delitos, sino de lograr detenciones en flagrancia. Esto último, como es obvio, no pertenece al ámbito de las actuaciones preventivas, sino derechamente a la persecución penal. Dicho de otro modo: la prevención de delitos consiste en evitar que ellos ocurran, no en capturar a sus autores al momento de cometerlos. Prevenir, en el caso específico de un reincidente, es intentar resocializarlo, no pillarlo con las manos en la masa.

Pero en las palabras del subsecretario existe una segunda confusión que resulta todavía más inquietante que la anterior: en una sociedad democrática, la forma en que se "sabe" que una persona cometió un delito es a través de las sentencias de los jueces. Es a ellos a quienes corresponde, privativamente, la imposición de las penas, entre las cuales se cuenta la "libertad vigilada". Y en cuanto pena criminal que es, ella solo la pueden sufrir quienes hayan sido condenados judicialmente. Entre otras cosas, ella conlleva ciertas formas de monitoreo individual a través de funcionarios administrativos, cuyo rol y atribuciones están claramente establecidos en la ley. Siendo esto así, no se entiende con qué fundamentos constitucionales y legales podría el gobierno "vigilar" selectivamente a determinadas personas, instaurando una especie de "libertad vigilada administrativa", aparentemente más intensa que la que pueden imponer los jueces, precisamente, para controlar a aquellos individuos que la justicia ha resuelto dejar en libertad.

Si lo que está detrás de esta iniciativa es lograr una persecución penal más eficiente, cabe recordar que el proyecto de perfeccionamiento del sistema procesal penal que hoy se discute en el Congreso Nacional se basa en el diagnóstico de una evidente falta de coordinación entre policías y fiscales. El gobierno, que ha impulsado con tanto vigor esa iniciativa, debería evitar que una de sus subsecretarías actúe en un sentido inverso, fomentando la actuación autónoma de la policía y arrogándose, con ello, un rol que no le corresponde en el ámbito de la persecución penal.

Jorge Bofill Genzsch
Julián López Masle

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