miércoles, 20 de agosto de 2014

Lo que los defensores penales juveniles deben saber de los cambios del DSM-5

Esta breve minuta del National Juvenile Defender Center (cuyo link agradezco a Sergio Chesta) procura aportar a la defensa penal juvenil estadounidense, por cierto, pero su contribución alcanza también a todos los países donde el DSM 5 desempeñe un rol importante en el sistema de salud mental y el nuestro es uno de ellos. Busca proporcionar una mirada a algunos de los cambios introducidos a la última versión del Manual de Diagnóstico y Estadísticas de Desórdenes Mentales (DSM, por la sigla en inglés de Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders. Esta última edición que fue formalmente publicada en mayo del 2013 realizó un proceso muy amplio de recogida de observaciones. Quienes participaron en algunos congresos internacionales -como pude comprobar personalmente-  recibieron invitaciones a efectuar observaciones a borradores de áreas de experticia relacionadas de ese congreso.
Este manual procura reflejar los cambios basados en evidencia respecto de criterios diagnósticos. Por lo que esta última edición –cuyo proceso de construcción comentamos en este blog ya que abrieron una web para transparentar el desarrollo- introdujo varios cambios incluso en términos de categorías de ciertos desórdenes.
Por cierto, suele existir post publicación, un fuerte debate sobre el influjo de la industria farmacéutica, sobre la sobremedicación, la sobrepatologización, la no inclusión de algunos síndromes (el tan mentado SAP por ejemplo).
Es bueno recordar que el DSM 5 siempre debe ser utilizado por personas con formación adecuada y con experiencia clínica, ya que se usa como una guía que debe ser acompañada de juicio clínico, además de los conocimientos y criterios éticos necesarios.

Quizá el capítulo más interesante, y que debiera ser parte de discusión en alguna mesa del circuito Senda-Minsal-Fonasa-Sename (para ver cómo se enlaza con nuestra Norma Nº 85 de Minsal y con las Orientaciones Técnicas del Minsal) se relaciona con los desórdenes adictivos y relacionados con substancias.

P. ej. en el DSM-IV, un criterio indicativo de abuso de sustancias era haber tenido recurrentes problemas legales vinculados a sustancias. El DSM.5 remueve este criterio.

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