miércoles, 14 de noviembre de 2007

Acta 234 -2007, Corte Suprema modifica procedimiento de los tribunales que tramitan con carpeta electronica

Hasta hoy todas las audiencias programadas de causas RPA se han visto en las salas especializadas de este tema.

Un aumento de las solicitudes especialmente en causas de tribunales de la CA de Santiago, incluso por sobre la capacidad, ha motivado la búsqueda de otra alternativa para atender dichas audiencias.

La alternativa seleccionada y aprobada por el pleno de la Corte Suprema es eliminar las salas especializadas y trasladar la realización de dichas audiencias en cada uno de los tribunales respectivos a partir del 3 de diciembre.

Esta decisión significa, en la práctica terminar con la litigación especializada en el Centro de Justicia. Evidentemente que al no haber salas especiales para las audiencias programadas, sino que en cada tribunal junto con las de adultos, le será imposible a los defensores y a los fiscales brindar cobertura especializada, tanto en los controles de detención como en las audiencias programadas. Si bien hay algunos problemas relacionados con los plazos y otras cuestiones que pudieran haber justificado una revisión del funcionamiento del CJS, parece que esta decisión agrava un problema y sólo atenúa el retraso en el agendamiento.

"Acta N° 234-2007

En Santiago, a nueve de noviembre de dos mil siete, se reunió el Tribunal Pleno, bajo la presidencia de su Subrogante don Marcos Libedinsky Tshorne y con la asistencia de los Ministros señores Gálvez, Álvarez, Marín, Juica, Segura, Oyarzún, Ballesteros y Muñoz, señora Herreros, señores Dolmestch, Araya y Carreño, señora Araneda y señor Künsemüller.

MODIFICA PROCEDIMIENTO DE LOS TRIBUNALES QUE TRAMITAN CON CARPETA ELECTRONICA

Teniendo presente que la centralización de la competencia sobre Responsabilidad Penal Adolescente permitió evitar los problemas relacionados con su puesta en marcha; sin embargo, en la actualidad se ha llegado a una sobrecarga de audiencias programadas, en su tramitación centralizada, circunstancia que hace necesario reconducir su realización en los tribunales competentes para atender en un plazo razonable a la misma, se acuerda sustituir el artículo 83 del Texto Refundido del Auto Acordado sobre Procedimientos en los Tribunales que tramitan con Carpeta Electrónica, contenida en el Acta 91-2007, de fecha 7 de junio pasado, por el siguiente:

“Las solicitudes de programación de audiencias para adolescentes, así como la determinación de nuevo día y hora de ellas, en que se fijó o se fije nueva fecha de realización a partir del 03 de Diciembre de 2007, se desarrollarán en el tribunal competente, respetando los criterios de programación establecidos en el Manual de Contingencia para el Centro de Justicia de Santiago.
Las audiencias relativas a los planes de intervención individual para adolescentes, se programarán en los tribunales competentes a partir de igual fecha, para realizarse dentro de los plazos legales, bajo el criterio de audiencia inmediata.
Las audiencias ya programadas en el Centro de Justicia de Santiago, se celebrarán en el mismo, hasta el 31 de diciembre de 2007.
Los tribunales competentes gestionarán la notificación de los intervinientes, donde se informará el cambio de sala en que se desarrollarán las audiencias a partir del día 03 de diciembre de 2007, labor en que prestará especial atención el coordinador del Centro de Justicia de Santiago.”

Téngase la presente acta como parte integrante de la que se modifica.
Háganse las comunicaciones pertinentes.

Para constancia se extiende la presente acta."

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