viernes, 3 de diciembre de 2010

FRIES El género de la justicia y la justicia de género

Ahora que la abogada Lorena Fries es la flamante primera directora del Instituto de Derechos Humanos, quiero recordar una tremenda exposición que realizó para equipos del sector justicia en una actividad que organizamos en el Depto. de Menores del M. de Justicia allá por agosto del 2005.
La reflexión es sobre el género de la justicia y qué puede significar la justicia de género.

Extracto:
"¿Cómo funciona el género en el derecho y como funciona el derecho para crear género? Los supuestos que están a la base obviamente son que, por una parte, el derecho tiene género y a su vez que este no sólo es un instrumento que oprime a las mujeres sino que además opera creando diferencias de género y de identidad.

El desarrollo de las teorías feministas en el locus del derecho tampoco se presenta como lineal, sino que más bien como un proceso de aprendizaje acumulativo que llevan a decir que el derecho tiene género y que el derecho crea género.

Cuando se afirma que el derecho tiene género se está señalando mas allá de las reflexiones que se presentarán, que el derecho es un producto social e histórico, como todo discurso social, y determinado por tanto, por el juego de las relaciones de poder, por la situación de las fuerzas en pugna en un momento histórico y en un determinado lugar. Si el género es un elemento constitutivo de las relaciones sociales y, si además es una forma primaria de significación del poder, no parece extraño afirmar que el derecho tiene género. El derecho es poder, es el instrumento legitimador del poder, incentiva e impone conductas, instituye y excluye sujetos, mandata o prohibe acciones, copando todos los espacios de la vida social"


El género de la justicia y la justicia de género L FRIES

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