Ha ingresado a tramitación parlamentaria un proyecto de ley, que, me parece, puede ser de una tremenda utilidad en materia de proteger los derechos del niño en el sistema de justicia.
Me sorprende lo sólida de la fundamentación, muy al día con la opinión experta mundial, cita la Observación General N° 12 del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas sobre El derecho a ser oído. Asimismo, cita como una de las consideraciones ( y como pocos) las Observaciones Finales del comité a l informe de Chile del 2007. Elige uno de los sistemas que se usan en derecho comparado para elevar el estándar de protección al niño sin dañar la contradictoriedad del proceso penal.
Propone modificar la Ley de Tribunales de Familia y el Código Procesal Penal, añadiendo un artículo que limita el número máximo de declaraciones que se le pueden tomar a un niño, niña o adolescente víctima de delitos violentos y delitos sexuales. Esto incluye las pericias a las que puede verse sometido. El fin último que se persigue con estas modificaciones es que entre ambos procesos, el proteccional y el penal, no puedan superarse las cinco declaraciones como máximo, y que las entrevistas que en ellas se contengan, se reduzcan al mínimo posible, con la finalidad de garantizar los puntos anteriormente señalados, en cuanto a los aspectos cualitativos y cuantitativos que pueden ocasionar la revictimización de los declarantes.
Además, se propone que se exija que las declaraciones prestadas por la víctima se hagan en las condiciones más idóneas, de acuerdo a los estándares internacionales ya señalados, y por profesionales calificados.
Me parece correcta la técnica legislativa empleada. Espero que tenga una expedita y exitosa tramitación.
Corresponde a una moción de los diputados Cristián Letelier (UDI) y Denise Pascal (PS), y lo dejo aquí para su difusión y debate.
Proyecto de ley que establece obligatoriedad de videograbar declaraciones de niños víctimas de delitos grav...
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