martes, 27 de diciembre de 2011

2011: Mi balance en justicia juvenil


De lo más relevante de este 2011 me parece que ha sido lo siguiente.

En publicaciones y estudios, destaca el trabajo de Gonzalo Berríos, Jefe de la Unidad de Defensa Penal juvenil de la DPP, y Luis Vial, de UNICEF Chile, quienes entregaron al público, tanto en papel como en digital, su trabajo de análisis estadístico 3 años de vigencia de Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
Aunque sólo está basado en la información disponible en la base de datos de la Defensoría, ofrece una panorámica bastante consistente con el trabajo efectuado el 2010 por SENAME, y, mejor aún, entrega novedosa información. Reiteran la inconsistencia del sistema judicial que ordena internaciones provisorias en forma absolutamente desmedida. Llaman la atención al alto número de condenas a régimen cerrado obtenidas a través de juicios abreviados, lo que resulta una rareza preocupante. Y reconocen el restrictivo uso de las condenas a privación de libertad, en términos generales, y el valor de la libertad asistida especial que ha permitido una condena a medio libre en el rango penal del art. 23 N°2.
El rigor del trabajo aparejado a su claridad expositiva y al acertado uso de gráficos lo convierten en el trabajo más relevante en el medio nacional.

En el ámbito internacional, el Informe sobre Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, resulta ser el documento más relevante del 2011. El informe, que contó con la colaboración de Javier Palummo, entre otros, identifica los estándares internacionales de derechos humanos que deben ser observados por los sistemas de justicia juvenil en las Américas. La Comisión señala en el informe su preocupación por las debilidades de los sistemas de justicia juvenil, debido a la distancia entre el discurso y la realidad que enfrentan los niños, niñas y adolescentes acusados de haber infringido la ley penal en la región. En este informe, la Comisión analiza cómo, con excepción de algunos pocos ejemplos de buenas prácticas, los sistemas de justicia juvenil del continente se caracterizan por la discriminación, la violencia, la falta de especialización y el abuso de las medidas de privación de libertad. En el informe, la Comisión exhorta a que los Estados tiendan a abolir la pena privativa de la libertad aplicada a niños, niñas y adolescentes y hace recomendaciones orientadas a fortalecer las instituciones, leyes, políticas, programas y prácticas relativas a la justicia juvenil en la región.

En cuanto a eventos, seminarios, y conferencias,  creo que indiscutiblemente, la actividad más relevante del año fue el Seminario Internacional sobre Justicia Juvenil, organizado por el Depto. de Psicología de la UFRO, liderado por Ricardo Pérez-Luco, realizado entre el 28 de marzo (Temuco y workshop en Pucón) y el 5 de abril (Santiago). La oportunidad de debatir al más salto nivel con expertos de primera línea de Cánada, España, EE.UU., Portugal, Francia, Italia, Brasil, Perú, Argentina, Colombia, México y Uruguay, ha sido de gran provecho para la comunidad nacional y para el equipo de la UFRO que encabeza la investigación con fondos Fondef sobre mejoras al sistema de intervención con infractores juveniles. Es de destacar que las ponencias quedaron disponible en la muy robusta web del seminario y que ha mantenido presencia en facebook articulando una comunidad virtual en su derredor.

En el ámbito de la jurisprudencia, y aunque quizá no parezca de justicia juvenil, creo que ha sido una gran noticia la posición asumida por la Corte Suprema de Chile, que en todos los casos en que se ha debatido la expulsión de jóvenes a consecuencia de las movilizaciones estudiantiles ha aplicado la Convención de Derechos del Niño y las ha declarado, sin excepción durante el 2011,  ilegales y violatorias de reglas mínimas de debido proceso.





Al nivel del trabajo en intervención, creo que lo más valioso son las nuevas orientaciones técnicas para el trabajo en centros cerrados. Creo que a diferencia de normas anteriores, carecen de una retórica que las inscribía en un modelo maximalista y más bien se inscriben en la corriente o enfoque del  "qué funciona" (what works), que, con base en evidencia disponible ofrece cursos de acción para el trabajo. Se posicionan en el enfoque RNR, de Riesgo, Necesidad y Receptividad (o capacidad de respuesta), de Andrews y Bonta que pese a críticas marginales de diverso espesor, es la mirada predominante en los sistemas comparados de justicia juvenil. Es preciso adaptar ese enfoque a nuestra realidad y, por cierto, tener una norma técnica es sólo el primer paso de un proceso de mejoramiento. Es necesario difundirlas, homogeneizar vocabulario, proporcionar una formación mínima, modelar prácticas, monitorear los cambios, reforzar lo indispensable de tener reuniones de discusión clínica semanales o quincenales cuando más, y compartir las buenas prácticas. Pero todo eso, sin un diseño sencillo e informado es de curso incierto.
.

No hay comentarios.: