viernes, 4 de octubre de 2024

Colaboraciones al Comité de derechos del niño para próxima OG N° 27 sobre derecho de niños al acceso a la justicia



Ya están publicadas las colaboraciones enviadas de todo el mundo al Comité de derechos del niño con motivo de la próxima Observación general N° 27 sobre el derecho de los niños al acceso a la justicia y a recursos efectivos.

Desde INFAJUS enviamos nuestro aporte y colaboramos con el documento conjunto de la Oficina de América Latina y el Caribe de UNICEF, en colaboración con UNICEF Chile y la Defensoría de la Niñez de Chile, donde junto a otros 36 expertos de 13 países de la región, redactamos una propuesta.

Desde Chile también enviaron aportes Fundación Crea Equidad, Corporación Opción Corporación La Caleta, Fundación Probono y la Red de Universidades por la Infancia (RUPI), de Chile.

Lamentablemente el Estado de Chile no envió ninguna contribución como otros países de la región.

Los aportes pueden revisarse en https://bit.ly/3Y8JX7n

Dejo aquí nuestro documento de INFAJUS

En INFAJUS (Infancia, familia y justicia) prestamos servicios gratuitos de defensa jurídica a niñas, niños y adolescentes del sistema proteccional y a sus familias. A partir de nuestra práctica reflexiva podemos aportar los siguiente:

 1. El derecho de niños y niña al acceso a la justicia y a recursos efectivos debe ser comprendido de la manera más amplia e integral posibles. La amplitud debe ser temática (cuestiones de justicia juvenil, derecho de familia, derecho proteccional, educación, salud, derechos civiles y políticos, derechos económicos, sociales y culturales, etc.), de sistemas (decisiones judiciales y administrativas), de tiempos de la decisión que afecte a niñas y niños (desde el comenzó hasta su total cumplimiento) y, en línea con la OG 25, abarcar también el entorno digital.

2. La integralidad significa que el acceso a la justicia no sólo requiere, en ciertos casos, asistencia jurídica, o contar con un abogado, sino que también que el tribunal permita, jurídica y físicamente, que los niños y niñas accedan a ellos, y no sólo no impedirles o dificultarles el ingreso sino que tomar acciones afirmativas para facilitar el acceso. Esto puede requerir edificios, salas y procedimientos adecuados a niñas y niños, sistemas de registro, de comunicación de las decisiones y mecanismos de impugnación.

3. El acceso a la justicia en algunos casos puede significar asistencia jurídica gratuita, entendida esta, como la actividad de consejo, información y orientación que pueden prestar personas que pueden no ser abogados, respecto de conflictos jurídicos, y también la asistencia jurídica de un abogado. La labor de asesoría puede ser muy relevante para que el niño, niña o adolescente elijan qué curso de acción seguir frente a un problema jurídico que les afecta.

(...)

Estrada 2024 APORTES PARA L... by Francisco Estrada


No hay comentarios.: