La
prestigiosa revista catalana In Dret ha comenzado sus publicaciones del año y
entre ellas viene este artículo de derecho penal juvenil de la profesora Úrsula Ruiz Cabello, investigadora postdoctoral del Departament de Dret Criminología, de
la Universitat Pompeu Fabra.
La
profesora Ruiz Cabello tiene una línea de estudio en internamiento penal
juvenil. Anteriormente publicó “El estudio de la calidad de vida en los centrosde internamiento de menores infractores”, “Los centros de internamiento y surégimen disciplinario”, y “Potencialidades y limitaciones del derecho internacional en el internamiento de menores”, entre otros estudios.
Este
es un tema que nos preocupó enormemente en la fase de construcción del reglamento
de la Ley N° 20.084. El aislamiento era una práctica empleada de facto en los
centros de justicia juvenil. El fallo del ministro Muñoz en Cox v. Gendarmería
del 2002 lo había deslegitimado y prohibido, sin embargo de lo cual se escuchaban
reiteradas quejas por su empleo. La última la recibí de un juez visitador en
octubre de 2007 a propósito del centro de Puerto Montt donde días después
murieron 10 jóvenes quemados.
Nuestro
ordenamiento no la considera una sanción posible de imponer conforme a lo establecido
en los artículos 104 a 120 del reglamento de la Ley N° 20.084.
Sin
embargo, se considera una medida de seguridad, conforme el art. 75 la separación
del grupo, cuando “la seguridad personal del infractor o de los demás
adolescentes se vea seriamente amenazada, podrá aplicarse la medida de
separación del grupo por un máximo de siete días.”
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la lectura de este interesante paper:
"Resumen.
La
separación del grupo es la sanción más controvertida de los centros de internamiento
para menores infractores. Por esta razón, el presente artículo quiere retomar
la discusión doctrinal sobre algunos aspectos de la misma, a través de un
análisis legislativo y una revisión de los pronunciamientos de organismos
nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
Tras
sendos análisis, se discute si la separación del grupo constituye una práctica
de aislamiento disciplinario. El trabajo concluye problematizando el mantenimiento
de esta sanción en la legislación y propone una modificación legislativa de la
misma.
Abstract
Juvenile disciplinary segregation is the most
controversial sanction in juvenile prisons. For this reason, this article aims
to resume the doctrinal discussion on some aspects of it, through a legislative
analysis and a review of the pronouncements of national and international
organizations for the protection of human rights. After two analyzes, it is
discussed whether juvenile disciplinary segregation in Spain constitutes
solitary confinement. The work concludes by problematizing the maintenance of
this sanction in the legislation and proposes a legislative amendment to it.
Puede accederse al paper aquí.
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