El 18 de
diciembre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó sobre
la presentación de dos casos ante la Corte Interamericana. El primero se
relaciona con justicia juvenil:
1. Comunicado 99/13, Caso No. 11.576, José Luis García Ibarra y
Familia Vs. Ecuador.
Este
asunto fue enviado a la Corte el 23 de noviembre de 2013. Según el
comunicado, los hechos del caso se relacionan “con la ejecución extrajudicial
del niño José Luís García Ibarra el 15 de septiembre de 1992, cuando tenía 16
años de edad, por parte de un funcionario de la Policía Nacional, quien se
encontraba asignado al Comando Provincial de la Policía Nacional No. 14 de la
ciudad de Esmeraldas. El niño García Ibarra se encontraba en un lugar público
con un grupo de amigos cuando el funcionario policial se acercó y tuvo una riña
con un adolescente que se encontraba en el lugar. En el marco de dicha riña, el
funcionario policial disparó el arma de fuego en perjuicio de José Luís García
Ibarra, quien falleció inmediatamente.”
La CIDH
afirmó que, “[a] pesar de la gravedad de los hechos, pasados más de nueve años,
la investigación y proceso penal culminaron con una sentencia condenatoria por
homicidio inintencional, con una pena de 18 meses de prisión. El proceso
judicial incumplió los estándares mínimos en materia de justicia para este tipo
de hechos. La demora de más de nueve años no obedeció a la práctica de
diligencias sino a la negligencia e inactividad de las autoridades internas. En
ningún momento de la investigación, ni en la etapa inicial ni posteriormente,
se efectuaron las diligencias mínimas que los estándares internacionales en
materia de ejecuciones extrajudiciales indican como elementos fundamentales
para esclarecer una hipótesis de ‘homicidio accidental’ o de ‘enfrentamiento’.
Específicamente, las autoridades de investigación omitieron practicar pruebas
técnicas que pudieran haber esclarecido los hechos. La Corte Suprema de
Justicia de Ecuador reconoció la existencia de ciertas irregularidades, pero no
adoptó medida alguna para corregirlas. En suma, la ejecución extrajudicial de
José Luís García Ibarra se encuentra en impunidad parcial y su familia no
cuenta con un esclarecimiento judicial de lo sucedido.”
En el
informe de fondo, la CIDH “recomendó al Estado realizar una investigación
completa y efectiva de las violaciones de derechos humanos declaradas por la
CIDH; reparar adecuadamente las violaciones de derechos humanos declaradas en
el presente informe tanto en el aspecto material como moral; y disponer
mecanismos de no repetición.” La CIDH estableció que estos mecanismos deberían
“incluir, entre otros, programas de capacitación dirigidos a la Policía
Nacional y medidas para investigar con la debida diligencia y de conformidad
con los estándares internacionales relevantes, la necesidad y proporcionalidad
del uso letal de la fuerza por parte de funcionarios policiales, de manera que
existan protocolos eficaces que permitan implementar mecanismos adecuados de
control y rendición de cuentas frente al actuar de dichos funcionarios.”
La CIDH
consideró que los hechos de este caso generaron una impunidad que trasciende a
la familia de la víctima y afecta el orden público interamericano.
Fuente: CIDH Blog
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