Recientemente fue
publicado en la Revista Digital de la Maestría en Ciencias Penales de la
Universidad de Costa Rica el artículo Justicia penal juvenil y política
criminal del Dr. Carlos Tiffer Sotomayor, Director del programa de
Justicia Penal Juvenil del ILANUD.
Recomendamos la lectura de este texto, que
es producto de la ponencia realizada en la inauguración del Congreso
Internacional de Política Criminal realizado en el Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica el día 20 de marzo de 2012. La exposición se divide en
dos partes. La primera que se refiere a la respuesta política criminal que ya
se encuentra en la actual Ley de Justicia Penal Juvenil de 1996 (LJPJ). Se exponen
en forma breve, algunos de los principales aspectos que particularizan esta
legislación frente a la política criminal. En la segunda parte busca reflejar
la orientación de la política criminal, pero no vigente sino anunciada o
formulada, a través de propuestas de reformas legislativas.
Fragmento:
Fragmento:
“Para
opinar sobre la política criminal y la justicia juvenil, resulta indispensable
conocer sobre la respuesta estatal al delito juvenil. Desde luego que esta
respuesta, no se debería limitar solo al ámbito represivo. Pero sin duda es
esto último lo más visible, o por lo menos lo que se extrae de una política
criminal legislativa o práctica. Por lo anterior mi ponencia se centrará en dos
partes. La primera que se refiere a la respuesta política criminal que ya se encuentra
en la actual Ley de Justicia Penal Juvenil de 1996 (LJPJ), mientras la segunda
parte se encarga de analizar las diferentes propuestas también de reforma
legislativa.
Sin
lugar a dudar, con la promulgación de la LJPJ se produjo no solo un cambio de
paradigma respecto al juzgamiento de las personas menores de edad, sino un
cambio en la respuesta estatal al delito juvenil. En esta primera parte se
exponen en forma breve, algunos de los principales aspectos que particularizan
esta legislación frente a la política criminal. Se inicia con los orígenes de
la regulación penal juvenil, ya que toda respuesta legislativa surge por una
combinación de factores sociales, políticos, formales o jurisprudenciales.
Luego se exponen los objetivos y fines de esta legislación, para seguidamente
desarrollar algunas características del modelo contenido en la LJPJ, que no es
otro que el modelo de justicia especializada, inspirado en el acervo del
sistema de Naciones Unidas. Principios tales como el de legalidad, responsabilidad,
justicia especializada, desjudicialización e intervención mínima, amplio
catálogo de sanciones, en donde se privilegian las sanciones socioeducativas en
lugar de las privativas de libertad, con una finalidad primordialmente
educativa, se exponen en esta primera parte.”
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