Les comparto este estudio que presenta una propuesta sobre representación jurídica de niños internados a partir del piloto que desarrollamos con apoyo de la Fundación San Carlos de Maipo.
Queríamos presentarlo en un seminario y abrirlo a la discusión de colegas y actores del sistema de justicia pero las condiciones de este final de año lo impidieron, aunque esperamos abrir espacios donde conversar sobre este tema el próximo año.
Les agradezco su difusión.
Fragmento:
El
derecho de un niño, niña o adolescente internado en el sistema proteccional
chileno a un abogado que lo represente adecuadamente, ante los tribunales de
familia, penales, civiles, tribunales superiores, y autoridades
administrativas, es una expresión del derecho fundamental de acceso a la
justicia, pero es también un derecho que hace posible el ejercicio de otros
derechos.
Un
exhaustivo estudio mundial sobre el acceso a la justicia de niños encuadra este
derecho:
“El
acceso a la justicia para los niños significa que los niños, o sus respectivos
abogados, cuando corresponda, deben poder usar y confiar en el sistema legal
para proteger sus derechos humanos. El sistema legal debe proporcionar a los
niños los medios para obtener una respuesta rápida, efectiva y justa para
proteger sus derechos; los medios para prevenir y resolver disputas; mecanismos
para controlar el abuso de poder; y todo esto debe estar disponible a través de
un proceso transparente, eficiente, responsable y asequible.
La
importancia del acceso a la justicia se aplica igualmente a los niños y
adultos, sin embargo, los derechos de los niños en esta área han sido
descuidados e ignorados.” (CRIN 2016: 5)
Es
de notar que en este estudio Chile aparece en el lugar 96 del ranking mundial
en acceso a la justicia para niños, muy por detrás de Argentina (11), Brasil
(14), Bolivia (24) o Perú (54), por nombrar sólo algunos países de la región.
El
panorama mundial es desalentador
“La
justicia puede ser costosa, pero también es un derecho humano: no se debe
impedir que nadie busque justicia debido a la incapacidad de financiar su caso
de su bolsillo. A pesar del papel central de la asistencia legal y la
asistencia legal para la realización de este derecho, los sistemas de
asistencia legal que funcionan con fondos estatales están completamente
ausentes en 42 países en todo el mundo, lo que significa que 220 millones de
niños no tienen acceso a asistencia legal gratuita para ningún tipo de acción
legal. Los demás países tienen algún tipo de asistencia legal disponible, a
menudo en circunstancias muy limitadas, mientras que solo 28 ofrecen asistencia
legal en todo tipo de casos. Es muy común limitar la asistencia legal a
procedimientos penales o incluso sólo para los más graves delitos.” (CRIN 2016:
29)
Este
diagnóstico -que se profundizará en el capítulo 1- es enteramente aplicable a
nuestro país en el campo proteccional donde el derecho a contar con defensa
técnica y especializada sólo es posible en el sistema penal juvenil, donde
incluso la Ley N° 20.084 -en una formulación no exenta de problemas- procura
explicitar el contenido de la especialización en el artículo 29.
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