Estrada 2025 Presentacion de Informes en audiencias orales de Justicia Juvenil by abogadoderechodefamilia
Eco, en su célebre estudio sobre hacer una tesis, propone que “[e]laborar una bibliografía significa buscar aquello cuya existencia no se conoce todavía”. La bibliografía como la ruta de una aventura. Y aunque las citas pueden reducirse a un recurso de poder, “como la exhibición del capital cultural propio o como colaboración a la valorización del capital cultural de los pares (Moulian 1997), poseen también la función de ser ventanas a otros mundos, otras vidas, otros trabajos. Dejo aquí una versión de la bibliografía del MIE, el modelo de intervención especializado, que a quienes trabajan en justicia juvenil les puede servir como un mapa a esos otros mundos que pueden enriquecer los esfuerzos propios.
La Ley de Garantías mandató al Estado a adecuar, en dos
años, la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción a los
principios, objetivos, derechos y garantías que esta Ley estipula.
El Comité Interministerial de Desarrollo Social, Familia y
Niñez aprobó por unanimidad ambos documentos, que tendrán una vigencia de nueve
años, monitoreo anual y evaluaciones al menos cada tres.
Luego de un demoroso proceso al fin se publicó ayer en el Diario Oficial el decreto que formaliza la Política Nacional.
Al fragor del año electoral el populismo punitivo hierve. Se discute en el parlamento, en la Cámara de Diputados, un proyecto de ley, Boletín 15589-07, que busca endurecer la reacción a los delitos cometidos por adolescentes, surgido de la moción de un grupo de diputados de derecha.
El Ejecutivo ha presentado en diciembre pasado una indicación a ese proyecto.
Dejo aquí el Informe de la Comisión de Constitución de 9 de abril de 2025
La nota de prensa de la Cámara de Diputados Informa: "Previo a la votación, la instancia escuchó a la subsecretaria de la Niñez, Verónica Silva, quien pidió considerar en la discusión dos puntos. Estos apuntan a que las evidencias muestran que bajar la edad de responsabilidad penal y/o incrementar las sanciones a menores no tiene efectos en los índices de criminalidad.
Silva precisó que, en términos de edad, Chile está en concordancia con la recomendación que realiza el Comité de los Derechos de NNA y lejos de los extremos de Estados como Gran Bretaña, que la fija la responsabilidad penal en los 10 años, o Brasil, que la tiene en los 18.
Puntualizó, que bajar la edad tendría un impacto en el desarrollo sicológico y emocional de los NNA porque implica una interrupción de sus procesos de desarrollo moral y sicosocial. Además, generan una desvinculación educativa y un reforzamiento del ciclo delictivo, porque su ingreso al sistema penal aumenta la posibilidad de reincidencia."
Incremento de ingresos por RPA en el 2024. Notas para un análisis pendiente.
Francisco Estrada Vásquez
Como ya se ha hecho costumbre, a mediados del verano la Fiscalía de Chile ha publicado el anuario con las estadísticas de su trabajo del año anterior. Constituye el principal insumo para apreciar el funcionamiento del sistema de justicia penal. La última edición ha traído amargas novedades en materia de justicia juvenil al dar cuenta de un incremento significativo del total de ingresos por LRPA[2] que ascienden a 40.069, donde el 2019, antes de la pandemia, había sólo 34.378.
El alza
concitó algo de atención mediática. ¿Cuál es la historia que cuentan estas
cifras? “¿Qué explica este incremento?” me planteó el periodista de El Mercurio
y la respuesta no era sencilla. En las líneas que siguen espero ofrecer algunas
notas que ayuden a la comunidad de justicia juvenil, de criminología y de
opinión pública en el trabajo de elucidar el sentido de estos números. Para
ello vamos a revisar brevemente el sistema de justicia juvenil, luego
revisaremos los gráficos que permiten observar tendencias y formularemos
algunos comentarios de tono preliminar.
El artículo 13 letra f) de la ley No. 21.527 dispone como función del Servicio de Reinserción Social Juvenil:
f)
Dictar las normas técnicas necesarias para la implementación del modelo de
intervención regulado en el Título II de esta ley, a partir de los estándares
aprobados señalados en la letra precedente, las que deberán ajustarse a lo
dispuesto en la ley N° 21.430 y a los principios y estándares del Sistema de
Garantías de los Derechos de la Niñez.
A
su turno, el Modelo de Intervención Especializado, en cuanto construcción conceptual general
sobre la intervención, está compuesto por los siguientes elementos:
i. Fundamentos teóricos.
ii. Fundamentos normativos.
iii. Comprensión del sujeto.
iv. Comprensión del cambio.
v. Principios.
vi. Lógica y especialización de la intervención.
vii. Trazabilidad de la trayectoria en el sistema.
viii. Estructuración de las etapas.
ix. Metodología de gestión de casos.
x. Sistema de Evaluación y Toma de Decisiones.
xi. Intervención focalizada en las necesidades y características de cada
joven.
xii. Oferta programática especializada.
El desglose de cada uno de estos componentes constituye el contenido de la
Res. Exe. N° 18, de 17 de octubre de 2023, que aprobó el MIE.
El MIE es muy claro en cuanto a que el “detalle con los lineamientos específicos, los protocolos e instrumentos a utilizar para cada una de las medidas, sanciones y suspensión condicional del procedimiento se desarrollará en las respectivas Normativas Técnicas del Servicio.”
En virtud de lo anterior el Servicio de Reinserción Social Juvenil ha dictado las siguientes normativas técnica:
Res. Exe. 347 Norma Técnica de Programas de Medida
cautelar ambulatoria (MCA). LINK.
Res. Exe. 345 Norma Técnica de Programas de Salida alternativa (PSA). LINK.
Res. Exe. 71, 2025. Norma Técnica deL Programa de Mediación Penal Juvenil. LINK
Res. Exe. 348
Norma Técnica de los programas de Servicios
en beneficio de la comunidad y Reparación de daño (SBC). LINK.
Res. Exe. 346 Norma Técnica de Programas de Libertad
asistida simple (LAS) y de Libertad
asistida especial (LAE). LINK.
Res. Exe. No.71 Norma Técnica de los Centros de Internación Provisoria (CIP). LINK.
Res. Exe. No.72
Norma Técnica de los Centros de Internación en régimen
cerrado con Programa de Reinserción (CIRC). LINK.
Res. Exe. No.73
Norma Técnica de los Centros de Libertad Asistida
Especial con internación parcial (LAEIP). LINK.
Adicional a esto, un trabajo interagencias ha aprobado:
Protocolo Interinstitucional sobre mediación penal juvenil. LINK.