viernes, 12 de diciembre de 2008

Nuevo proyecto de ley que modifica la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente

Con éste, son tres los proyectos actualmente en tramitación que modifican la Ley Nº 20.084, de responsabilidad penal adolescente.

1ª el del ejecutivo, Boletín 5458-07. (les recuerdo que desde este sitio es posible seguir la tramitación de los proyectos de ley)
2ª de moción parlamentaria de diputados de la UDI, Boletín 5023-07.
3º y éste, ingresado a tramitación el 2 de diciembre, Boletín N° 6222 07, cuyos autores son los diputados Arenas Hödar, Gonzalo; Burgos Varela, Jorge; Cardemil Herrera, Alberto; Eluchans Urenda, Edmundo, Forni Lobos, Marcelo; Fuentealba Vildósola, Renán; Monckeberg Bruner, Cristián; y Ward Edwards, Felipe.

Como se ve, es un proyecto de iniciativa transversal. En el mensaje del proyecto se señala que:
"La segmentación resulta clave al momento de conseguir la rehabilitación de los adolescentes infractores de ley. Para lograr esta segmentación es fundamental que al momento que un adolescente ingrese a un recinto penal se le realice un diagnóstico integral, que debe incluir aspectos neuropsiquiátricos, jurídicos, psicosociales y psicopedagógicos.

Así lo demuestra el trabajo hecho por diferentes fundaciones dedicadas al tema; una de ellas es Patemitas, quien ha logrado aplicar un modelo exitoso en rehabilitación y reinserción de los hijos de infractores de ley, asegurando así el quiebre del círculo, pues según las estadísticas, un 80% de los hijos de delincuentes serán delincuentes en el futuro.

La jefa del área técnica de la Fundación Patemitas, Edith Martino, considera que "El Gobierno no puede tener un corral de contención, porque eso es lo que son hoy en día los centros de internación de jóvenes. Están todos mezclados; es fundamental la segmentación".

El proyecto es breve y dice lo siguiente:

"Para agregar en la ley N° 20.084 que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, el siguiente artículo nuevo:

"Artículo 48 bis: Principio de Segmentación. Las personas que se encontraren privadas de libertad por la aplicación de alguna de las sanciones o medidas previstas en esta ley, sea en forma transitoria o permanente, en un lugar determinado o en tránsito, deberán estar total y permanentemente segmentadas de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Si los adolescentes son hombres o mujeres.

b) Si los adolescentes son consumidores patológicos de drogas, consumidores ocasionales o no consumidores.

c) Si los adolescentes tienen algún trastorno psicopatológico de personalidad o no tienen trastornos de personalidad.

d) Grado de compromiso delictual del adolescente.

e) Si los adolescentes cuentan con algún familiar o adulto responsable o no lo tienen.

El incumplimiento de esta obligación constituirá una infracción a los deberes funcionarios."

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