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jueves, 13 de junio de 2013

Carlos Tiffer: "Rebajar la edad de imputabilidad no va a solucionar el problema de la inseguridad."


Don Carlos Tiffer, experto en justicia juvenil, nos ha compartido ayer esta entrevista en La Diaria, de su viaje a Montevideo esta semana,  a propósito de campaña de recolección de firmas para plebiscitar, vìa reforma constitucional, la rebaja de edad penal que está efectuando el partido Colorado.



"Bajar la edad de imputabilidad penal “sería contraproducente” si la intención es mejorar la seguridad ciudadana, afirma el director del programa de Justicia Penal Juvenil del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente 
(Ilanud), Carlos Tiffer. Llegó a Uruguay para abrir ayer, en el Paraninfo de la Universidad de la República, el “Ciclo de conferencias internacionales sobre Justicia Penal adolescente; aportes al debate nacional”, organizado por Unicef. Su exposición se enfocó en la responsabilidad penal juvenil y la vinculación entre la violencia y la inseguridad ciudadana.
Ha trabajado como consultor de Unicef y como perito consultor de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Defiende los “programas de reincorporación y reinserción de carácter social” como “las mejores respuestas” frente al problema de la delincuencia en la adolescencia. Dice que sobre ésta “hay muchos mitos”. Subraya además que la población percibe de manera más grave los delitos cometidos por adolescentes porque los ve como “los delitos del futuro”, aunque, apuntó, no pasan de 10% de la totalidad.
-¿La baja de la edad de imputabilidad es un tema que suele estar en agendas legislativas?
-En general en todos los países de América Latina hay una preocupación seria por el tema de la inseguridad ciudadana. Esa inseguridad no es del todo injustificada, porque en la mayoría de los países, y pasa también aquí en Uruguay, ha habido un aumento importante del delito. Las respuestas que tradicionalmente se están dando en los países de América Latina, entre las que se encuentra rebajar la edad de imputabilidad o la edad para adquirir una responsabilidad de carácter penal, no van a solucionar el problema de la inseguridad. Sostengo que son sólo reacciones ante el problema. Otro tipo de respuestas que también se dan es el de las garantías y el aumento de las conductas delictivas y la aplicación automática de la prisión preventiva. Todas ellas, lamentablemente, no van a producir lo que muchas veces se cree que es el mejoramiento de la seguridad 
ciudadana.
-También ha estado en la agenda en su país, Costa Rica, con el cual, en diversos frentes, suele compararse a Uruguay.
-Sí, es cierto. A pesar de que son países alejados geográficamente, se suele comparar a Costa Rica y Uruguay en varios aspectos. Existe mucho en el imaginario, porque se comparan por población, por estándares de carácter económico, social, etcétera. Con respecto al tema de la edad de imputabilidad penal, Costa Rica y Uruguay suscribieron la Convención sobre los Derechos del Niño. Al rubricarla ambos estados adquieren obligaciones que este instrumento establece. En Costa Rica se estableció un sistema de responsabilidad que se denomina Penal Juvenil, que va de los 12 a los 18 años.
-¿Cuáles serían las consecuencias inmediatas de la baja de la edad de imputabilidad?
-Traería un aumento de población penitenciaria. Eso debería calcularlo cualquier país, porque va a tener un impacto fuerte en el sistema penitenciario, pero también en la Justicia. Además, hay que tener en cuenta que va a tener impacto en la misma seguridad y en el mismo delito, porque va a generar más violencia y más delito. Termina siendo totalmente contraproducente. Desde el punto de vista normativo sería un incumplimiento de las obligaciones internacionales, en el que los países signatarios de la Convención estarían incurriendo.
-¿Se ha aplicado?
-No conozco ningún país de la región donde se juzgue a los menores de edad como adultos. Existe sí el caso de Argentina, que aplica desde los 16 años un sistema similar al de los mayores de edad, e incluso establece penas perpetuas. Es un tema que ahora está debatiendo la Corte Intera-
mericana de Derechos Humanos y sobre lo que próximamente va a dictar la sentencia.
-¿Hay una lectura social que tiende a atar a la inseguridad directamente a los delitos cometidos por 
adolescentes?
-Hay algunos mitos sobre la delincuencia juvenil, como por ejemplo que los adolescentes son los responsables de una mayor inseguridad ciudadana. Ocurre que el efecto de esa inseguridad no se produce exclusivamente por las conductas delictivas de los adolescentes. Es un fenómeno más complejo, en el que, no desconozco, hay una participación de adolescentes, pero no son los principales responsables. Lo que se produce es una percepción. Muchas veces se percibe socialmente que el responsable de la inseguridad ciudadana es el delito juvenil, pero en la mayoría de los países el delito cometido por menores de edad no pasa de 10% de la totalidad del delito.
-A comienzos de la pasada década en Uruguay no sólo aumentaron los delitos, también lo hicieron los espacios dedicados a la información policial en los medios. Se nota una especial focalización en los casos protagonizados por menores de edad. ¿Es de suponer que esto aporta a la criminalización de la adolescencia?
-Sí, porque no es lo mismo el crimen que la criminalización. El crimen es el delito real, es el que sucede, y para hablar de ello se requieren estudios estadísticos sobre la realidad del delito. El fenómeno de la criminalización tiene que ver con la percepción de los ciudadanos que podrían ser víctimas del delito. Efectivamente, ocurre en todas partes por igual que la percepción es mayor que el delito real. Cuando se percibe la inseguridad es más que nada una sensación a la afectación que uno podría tener de su integridad física, de sus bienes y de su propia seguridad. Hay que ver la participación de los menores de edad, porque se percibe que son los principales responsables de esa inseguridad, pero se percibe eso más por una percepción que por una realidad propiamente dicha.
-¿Hay entonces una percepción diferente cuando el delito es cometido por un adolescente?
-Efectivamente, ocurre que la población percibe de una manera más grave un delito que comete un adolescente que el que comete un adulto. Por eso mismo, además, la percepción de inseguridad aumenta. Cuando un adolescente comete un homicidio produce un efecto mayor de percepción que si lo cometiera un adulto. Como dice el criminólogo Günter Kaiser, que fue mi profesor en Alemania, la ciudadanía ve el delito de los jóvenes no sólo como el del presente sino como el delito futuro.
-Entonces, ¿eso genera miedo respecto a ese posible futuro?
-Es muy peligroso este fenómeno. El Estado y la sociedad tienen que dar una respuesta, porque el fenómeno delictivo puede generar un efecto de paralización de carácter social. Si sólo medimos el costo del delito o el tema del efecto que tiene el delito en general, en una sociedad o una comunidad que se percibe como violenta e insegura se produce un efecto de paralización social. Hay que dar respuestas de carácter integral y no sólo pensar en la responsabilidad penal. Ésa no es, reitero, una respuesta acorde a las obligaciones asumidas al haber firmado la Convención. Además, y por sobre todo, no es acorde a lo que estamos tratando de buscar, que es mayor seguridad ciudadana; un derecho que debemos tener en cualquier sociedad.
-¿Qué opina de la conservación de antecedentes cuando cumplen los 18 años?
-Mi posición sobre esto es que no tendrían que registrarse como antecedentes las sentencias condenatorias de los adolescentes. El delito juvenil debe entenderse como un delito episódico en el desarrollo de las personas. El hecho de registrarlos y además utilizarlos en la edad adulta significa iniciar las carreras delictivas. Es totalmente contraproducente para la orientación que tendría que tener un sistema de justicia, que es la reincorporación y reinserción social. Esos antecedentes son utilizados para estigmatizar negativamente a una persona.
Emilio Martínez Muracciole


martes, 2 de octubre de 2012

Egidio Crotti, UNICEF Uruguay: Adolescentes no son impunes, pero deben tener un sistema penal distinto al adulto por tener más posibilidades de cambiar

El debate sobre la baja de la edad de imputabilidad penal a los 16 años ya está totalmente instalado en Uruguay, y más ahora que se ha confirmado un plebiscito sobre el tema en 2014. ¿Qué papel juega en esta discusión Unicef, la organización que vela por los derechos de los niños en todo el mundo? Para profundizar en ello, En Perspectiva entrevistó a Egidio Crotti, representante de Unicef en Uruguay desde marzo de 2009. Según afirmó Crotti, la posición de Unicef respecto a los adolescentes que delinquen se basa en los postulados de la Convención de los Derechos del Niño.

EMILIANO COTELO: ¿Qué papel juega Unicef (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), la organización que vela por los derechos de los niños en todo el mundo, acá en Uruguay en la discusión sobre la baja de la edad de imputabilidad penal? Para el senador Pedro Bordaberry, uno de los principales impulsores de la campaña de firmas que consiguió que se convoque a un plebiscito que ocurrirá en octubre de 2014, la posición de los representantes de Unicef en Uruguay es “contradictoria” y falta de “coherencia”, pero además está influida por “asesores” de la organización que “militaron en el Frente Amplio recientemente”. Con estos argumentos Bordaberry criticaba, en una entrevista que le hacíamos en En Perspectiva el mes pasado, la postura de Unicef, que se ha manifestado en contra de bajar la edad de imputabilidad porque, a su entender, es una opción “muy simplista” y “peligrosa”, y coloca al adolescente “como un enemigo público”. Esta mañana vamos a profundizar en estas consideraciones de Unicef, a averiguar qué responde la institución ante las críticas del senador Bordaberry, pero además y sobre todo, cuál es su opinión sobre el debate de fondo, qué participación va a tener en la polémica, en la campaña que habrá sobre el plebiscito que se viene. En los próximos minutos, el diálogo es con Egidio Crotti, representante de Unicef en Uruguay desde marzo de 2009. Una pregunta en general, para empezar, respecto de la edad de imputabilidad penal para los adolescentes: ¿Unicef tiene una posición común en todos los países en los que opera?
EGIDIO CROTTI: Unicef tiene una posición común, porque su mandato es promover la Convención de los Derechos del Niño. Es una primera aclaración importante, no expresamos nuestra opinión a partir de una ideología partidaria, sino que nuestra referencia es el tratado de derecho humano más universal que existe en este momento en el planeta.

EC - Según el informe “Justicia juvenil y derechos humanos en las Américas 2011”, elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, en la que Unicef tuvo participación, “al someter a personas menores de 18 años al sistema ordinario de justicia, su condición de niños es totalmente negada y sus derechos violados”. ¿Esa es la postura, en definitiva?
ECr - La postura de Unicef se basa, repito, en la convención, y en ella hay artículos bastante claros sobre la relación entre el Estado y el adolescente acusado de cometer delito, de infringir la ley. El artículo 1 considera niños a todos los menores de 18 años, a menos que la legislación nacional prevea otro tipo de edad, y el artículo 3740, que es más específico, es sobre cómo reglamentar la respuesta del Estado frente a adolescentes que cometen delitos. Y quisiera aclarar un punto. La convención, y como consecuencia Unicef, no promueve ni la impunidad ni la irresponsabilidad de los adolescentes. Esto es importante, la convención no habla de impunidad y sobre todo no habla de irresponsabilidad. Lo que dice, y por eso mi posición y la de Unicef, es que los estados, una vez ratificada la convención, se comprometen a tener un sistema de responsabilidad penal específico para adolescentes, que tiene algunos puntos muy claros. Una finalidad distinta de los adultos, tiene como finalidad prioritaria la inserción o la reinserción social. Capaz que eso tendría que ser también para los adultos, pero para el adolescente es la finalidad, por eso se habla a veces de medidas socioeducativas. También penas distintas de las de los adultos, con la garantía que se dan a los adultos en un debido proceso: derecho a la defensa, que si una actividad no es un delito para un adulto no puede serlo para un adolescente, el marco garantista. Y una especialización, que es cómo después se implementa un sistema penal con jueces, defensores, fiscales, operadores especializados. También propone una edad mínima por debajo de la cual el Estado renuncia a cualquier tipo de intervención penal, que en el caso de Uruguay son los 13 años. Uruguay tiene un sistema –que después podemos ver si está funcionando bien o no– de responsabilidad penal juvenil de 13 a 18 años.

EC - ¿De dónde sale la edad de 18 años como tope? ¿Cuál es el argumento científico en el que se basa la idea de que recién al cumplir 18 años una persona está lo suficientemente madura como para responder ante la justicia ordinaria por los delitos que comete?
ECr - Uno podría decir qué diferencia hay entre 17, seis meses y 20 días, y 18. Se toma un estándar más o menos internacional para ponernos de acuerdo.

EC - Se lo pregunto teniendo en cuenta que ha habido cambios. En muchos países, y aquí mismo en Uruguay, hasta hace no mucho había dos edades que implicaban una mayoría de edad. Por ejemplo, se podía votar o sacar una libreta de conducir a los 18 años, pero no se podía firmar un contrato o no se podía adquirir bienes hasta los 21 años. Eso luego se cambió y ahora la mayoría de edad a todos los efectos es 18. En definitiva hubo una evolución, la sociedad entendió que a todos los efectos una persona era mayor a los 18 años. ¿No podría pasar que esa misma evolución determinara que la madurez, también a los efectos penales, llegara antes de los 18?
ECr - La convención deja abierto este espacio al decir: “18, a menos que el país o el Estado defina como edad de mayoría una edad distinta”. En algunos casos puede ser 21, entonces consideraremos niño o adolescente debajo de 21; otros países capaz que la quieren bajar.

EC - Por lo visto, de acuerdo con lo que usted señala y con las convenciones internacionales, no es posible bajarla.
ECr - No, lo que la Convención dice es que se considera niños a todos los menores de 18 años, pero en sentido general, no para la responsabilidad penal, a menos que el país tenga una ley que defina una edad de mayoría distinta, la mayoría global, total. Entonces si un país considera que hasta los 21 son menores de edad, esta edad sería 21, y si un país considera que 16 o 17 es la edad de mayoría plena, con todos los derechos garantizados, entonces la convención se aplicaría desde este punto de vista.

La transcripción de la entrevista completa acá.
Escuche la entrevista a Egidio Crotti