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viernes, 5 de noviembre de 2010

Publicado nuevo paper de Mauricio Duce sobre Especialidad del juzgamiento en el nuevo proceso penal juvenil chileno

DUCE, MAURICIO. “El Derecho a un Juzgamiento Especializado de los
Jóvenes Infractores en el Nuevo Proceso Penal Juvenil Chileno”.

Polít. crim. Vol. 5, Nº 10 (Diciembre 2010), Art. 1, pp. 280-340.

La prestigiosa revista electrónica de Ciencias Penales, Política Criminal, editada por el Centro de Estudios de Derecho Penal de la Universidad de Talca, ha publicado un paper de Mauricio que corresponde a la tercera parte de un proyecto de investigaciòn financiado por Fondecyt y ejecutado por Jaime Couso y Mauricio Duce, investigadores de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales, relacionado con el principio de especialidad en el sistema penal juvenil.

Este trabajo, a cuya discusión del borrador en el seno del equipo de investigadores de la UDP, tuve el privilegio de ser invitado, se constituye en las más exhaustiva revisión del ámbito procesal -y no sólo del principio de especialidad- del nuevo sistema penal adolescente establecido en la Ley Nª 20.084.
Mauricio exhibe en este trabajo su tradicional estilo: una muy estructurada argumentación, donde un punto conduce al siguiente y se distinguen los aspectos màs relevantes de los secundarios; un amplio uso de fuentes: el trabajo pasa revista a todas los artículos y publicaciones efectuados en estos tres años de funcionamiento de la ley, a abundante jurisprudencia y relaciona eficazmente las normas nacionales con el derecho comparado y las normas internacionales.

El derecho a un juzgamiento especializado es analizado, según reporta el abstract, "en  tres ejes centrales: reforzamiento del debido proceso; aspectos de estructura procesal; y, necesidad de contar una política amplia de diversificación de respuestas y desestimación de casos."

Creo que el primer eje revisado, el reforzamiento de la libertad y las mayores limitaciones a la internación provisoria muestra el mayor nivel de detalle en gran parte, porque es ahí donde se han concentrado buena parte de los debates en estos primeros años y, por consiguiente, donde es más fácil dar con fallo o artículos que toman posición.

El segundo eje está vinculado a la protección de un conjunto de valores propios del sistema juvenil que necesariamente tienen consecuencias procesales, a saber, la flexibilidad del proceso;  la protección de la privacidad de los jóvenes y el énfasis en el joven. Creo que en esta tercera expresión (el énfasis en el joven) se pueden encontrar singularísimos aportes de este trabajo que descollan en la literatura especializada.
Cristián Riego en la reunión de discusión del paper lo planteó de este modo: (cito de memoria por lo que es de mi responsabilidad algún error en transmitir la idea) "Teníamos antes de la ley un sistema sin garantías y con escasa preocupación por el joven en concreto y lo que esperábamos era avanzar en ambos desafíos;: lo que hoy tenemos es un sistema con un entorno fuerte de garantías que hacen difícil que la intervención se personalice y adecue a cada joven." Esta arte del trabajo, entonces, se hace cargo de esa preocupación y plantea algunas posiciones que nadie más se ha atrevido a sostener. P ej. que el principio de pasividad del tribunal, propio del sistema adversarial "no debiera tener aplicación con tanta intensidad en este momento" (p. 327).  Comparto plenamente este punto. Es más, en clases enseño que el modelo adversarial puro no permite un adecuada resolución de los problemas en juego en la fase de determinación de la pena y en la fase de ejecución. Creo que Duce ofrece aquí varias pistas por dónde deberá proseguir el debate en los años siguientes.
Finalizo con esta idea, expresada de mucho mejor forma, por el propio autor en las conclusiones del trabajo:
" me parece que otro problema de fondo  se refiere a la falta de un modelo  claro  respecto  a la orientación  que debiera tener el sistema entre los distintos actores. Por ejemplo, no me parece esté suficientemente asentado  ni menos consensuado cuánto el sistema debiera reproducir la dinámica adversarial del sistema de adultos o debiera más bien  estructurarse de una lógica distinta de colaboración entre los distintos intervinientes. Esta cierta ambigüedad se paga con prácticas que son muy heterogéneas y en algunos casos producen consecuencias negativas para los jóvenes. Se trata de un tema en donde más que poner el acento  solamente en la práctica jurisprudencial, nuestra sociedad debiera tener una propuesta de diseño institucional un tanto más sofisticada"

viernes, 29 de enero de 2010

Duce y Riego, Prisión preventiva y nueva justicia penal en Chile: Evaluación del impacto de la reforma procesal penal y de sus cambios posteriores

Prisión preventiva y nueva justicia penal en Chile:
Evaluación del impacto de la reforma procesal penal y de sus cambios posteriores.

Mauricio Duce y Cristián Riego.

La semana pasada, en el muy estimulante Primer Encuentro de la Sociedad Chilena de Políticas Públicas, se presentó en el panel Seguridad Ciudadana, este trabajo de Mauricio Duce y Cristián Riego, que Mauricio tuvo la gentileza de permitirme publicar también en este sitio.

Como es sabido, Duce y Riego, son destacados profesores investigadores del Centro de Modernización de la Justicia, de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales. Cristián Riego es, además, Director Ejecutivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) y Mauricio Duce es Director de Programas de la misma institución

Este trabajo ha sido elaborado sobre la base de un texto publicado previamente por los autores en abril de 2009. Corresponde, en todo caso, a una versión sustancialmente revisada, aumentada en sus contenidos y actualizada de dicho trabajo. El trabajo utilizado como base puede verse en Mauricio Duce y Cristián Riego, La Prisión Preventiva en Chile: El Impacto de la Reforma Procesal Penal y Sus Cambios Posteriores, en Prisión Preventiva y Reforma Procesal Penal en América Latina: Evaluación y Perspectivas, Centro de Estudios de Justicia de las Américas.

El trabajo constituye la más completa y sistemática revisión del funionamiento en nuestro país del instituto de la prisión preventiva. Los autores ofrecen una panorámica de la situación bajo el antiguo sistema inquisitorio, y luego, aportan una panorámica del estado post reforma procesal penal, con especial atención, en sopesar el impacto de las últimas modificaciones legales. Una interesante afirmación del estudio es el atenuado impacto de estas reformas.

"Visto desde otra perspectiva, la ley nº 20.253 habría reforzado la tendencia del sistema de utilizar con mayores niveles de automatismo a la prisión preventiva en delitos graves, no produciendo cambios apreciables estadísticamente en el resto de los delitos no obstante la intención explícita del legislador en la materia. Esto nos habla algo nuevamente de las limitadas capacidades de le ley como única herramienta de política pública en el cambio de prácticas del sistema."

Este trabajo es un elemento indispensable en cualquier bibliografía sobre prisión preventiva y seguridad ciudadana en Chile. Me parece muy destacable el análisis que ofrecen a partir de la información estadística recolectada. En especial, en un medio donde la evidencia empírica suele escasear a la hora de argumentar. Un estupendo paper a revisar en las mañanas del verano.

Duce y Riego Presión preventiva y nueva justicia penal en Chile


Links a documentos citados en el artículo:
- Informe de la Comisión Nombrada para Revisar y Evaluar la Marcha y Funcionamiento del Nuevo Sistema de Enjuiciamiento Criminal.-
- Informe Comisión de evaluación Reforma procesal penal, octubre 2001.-
- Verónica Venegas y Luis Vial, Boomerang: Seeking to Reform Pretrial Detention Practices in Chile, en Pretrial Detention, Justice Initiatives Open Society, Spring 2008, págs. 44 a 56.-
- Documento de poder judicial "Suprema revela que jueces han rechazado sólo el 10,3% de las prisiones preventivas solicitadas".-

sábado, 2 de enero de 2010

Mauricio Duce: El derecho a un juzgamiento especializado de los jóvenes infractores en el derecho internacional de los derechos humanos

El derecho a un juzgamiento especializado de los jóvenes infractores en el derecho internacional de los derechos humanos y su impacto en el diseño del proceso penal juvenil.-
Revista Ius et Praxis, 15 (1): 73-120, 2009.-

En el último número de la excelente Revista Ius et Praxis, de la U. de Talca, viene un paper de Mauricio Duce, investigador de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales, que recomiendo estudiar. Es parte de una investigación FONDECYT en la que he sido invitado dos veces invitado, primero, en un grupo de expertos donde dilucidad temáticas y explorar fuentes de información, y luego, en enero pasado fui invitado a un encuentro de discusión de una versión preliminar de este artículo. Creo que es un excelente trabajo, de nivel internacional.
Se corrobora una vieja impresión: poca dogmática procesal en la literatura especializada en temas juveniles, mucho documento de difusión pero poca reflexión sistemática. De ahí que este artículo es un esfuerzo que, imagino, será altamente valorado en la comunidad internacional. Mauricio es tremendamente riguroso en sus argumentaciones y creo que pasa revista a los principales tópicos en procesal penal juvenil.

Dice el abstract que este paper "tiene por objeto identificar y analizar los principales criterios y estándares desarrollados en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos que marcan los alcances del derecho a un tratamiento especial en el juzgamiento por infracciones a la ley penal de los niños y jóvenes respecto de los adultos. El trabajo identifica las consecuencias concretas que tiene la necesidad de un juzgamiento especializado de jóvenes en la regulación de instituciones y garantías procesales establecidas en favor de ellos y luego determina el cómo han sido recogidas y desarrolladas por la legislación, doctrina y jurisprudencia internacional. El trabajo analiza primero la forma en que este derecho es reconocido en el sistema internacional de derechos humanos concluyendo que tiene un amplio reconocimiento. Luego se sostiene que ese derecho exige diferencias respecto al tratamiento de adultos que pueden ser sistematizadas en tres ejes que son objeto de revisión en detalle: reforzamiento del debido proceso; aspectos de estructura procesal; y, necesidad de contar una política amplia de diversificación de respuestas y desestimación de casos."

jueves, 22 de enero de 2009

Blog de Mauricio Duce en La Tercera

La Tercera Digital, lanzada hace cosa de un par de meses, levantó una serie de blogs, algunos ad hoc, otros -como el de Roberto- históricos; hoy veo que el destacado profesor e investigador de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales, Mauricio Duce cuenta también con uno.

Mauricio fue miembro de la comisión de expertos en responsabilidad penal adolescente convocada por el Ministerio de Justicia el 2006 y fue uno de los redactores del primer anteproyecto sobre responsabilidad penal juvenil allá por 1995. Aunque su labor más conocida es ser miembro del grupo que preparó y redactó la leyes que conforman el nuevo sistema procesal penal.


Mauricio escogió un polémico tema para debutar como bloguero. La puerta giratoria, ¿mito o realidad? No la tituló así, pero ésa es la idea.

"Para no marearse con la "Puerta Giratoria"

Un tema que ha generado debate público intenso en los últimos años ha sido el de la supuesta “mano blanda” de los jueces y del sistema de justicia criminal, en general, respecto de la delincuencia. Detrás de estos debates y polémicas se entrecruzan cuestiones muy diversas y complejas, las que al ser presentadas en un solo paquete, con una fuerte carga valorativa, tienden a generar confusión en la opinión pública y dificultan un debate racional e informado sobre ellas. No pretendo sostener que no existen algunos problemas en el funcionamiento de nuestro sistema de justicia criminal. Sólo me gustaría entregar algunas ideas sobre un aspecto específico de este debate como es la privación de libertad de una persona que es objeto de una investigación durante el tiempo que dura su proceso -la llamada prisión preventiva-, las que pueden ayudar a entender de mejor manera los alcances del problema.

La crítica frente a la blandura en el uso de la prisión preventiva no es nueva y ha estado en el centro de la polémica. A propósito de ella, líderes de opinión y políticos de diversos sectores -en un curioso consenso transversal- manifiestan su indignación y describen el sistema de justicia penal como una “puerta giratoria”, o sea, a través de la cual los delincuentes salen libres apenas entran por ella. Detrás de esto existe una noción fuertemente instalada en la opinión pública, según la cual el estado natural de una persona investigada por la comisión de un delito debiera ser el de la privación de su libertad. Esta idea tiende a ser intuitivamente correcta, particularmente cuando se la presenta a propósito de casos graves y paradigmáticos, pero sin que se expliquen sus alcances e implicancias. Con todo, cuando ella es puesta en un contexto más amplio, choca con uno de los valores centrales sobre los cuales se configura el sistema legal chileno: la presunción de inocencia. Sostener que la privación de libertad durante el proceso deba ser una regla general o intentar aplicarla en forma automática, sin analizar las circunstancias particulares del caso concreto, cuestiona la vigencia real de la presunción de inocencia."

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