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martes, 16 de septiembre de 2008

Senainfo y el doble ingreso a un programa


Dentro de la tragicomedia que ha resultado ser el desarrollo del sistema de registro SENAINFO durante los últimos años, nunca deja de sorprenderme la capacidad de generar nuevos errores luego de ya numerosas advertencias a su responsable.

En la figura de arriba, parte de un oficio o instructivo de SENAME, se puede leer: "El sistema no le dejará ingresar un niño(a), si este niño está vigente en su proyecto".

Vaya sistema éste, que nos ha costado ya más de 500 millones de pesos en los últimos años, y aún comete este tipo de errores.
¿Cuál podría ser la razón para que un niño no pueda tener un doble ingreso?

Una lectura sistemática de la ley de subvenciones y de la ley de responsabilidad penal adolescente, daría cuenta de que evidentemente que esta situación puede darse, del momento que se tomó la decisiòn, por el legislador -a propuesta del Ejecutivo, ciertamente- de que el criterio rector para los ingresos al sistema de atención a la niñez iba a ser el de las órdenes judiciales. Es decir, un sistema donde el tribunal ordenaba y el Sename acataba.

En el sistema de justicia penal adolescente, esto es de una evidencia palmaria toda vez que la misma ley autoriza que se impongan dos o más sanciones en forma conjunta, y que el nuevo sistema se define a sí mismo como un sistema penal. Por ende, es claro que un sujeto puede recibir 2,3,4 sanciones de libertad asistida, p. ej., en razón de distintas causas criminales en su contra.

Otra cuestión muy distinta es que el órgano jurisdiccional debe, en pro de los fines de responsabilización y reinserción expresados en el art. 20, hacer compatibles los rgímenes sancionatorios estableciendo alguna regla de simultaneidad o sucesividad, o priorizando uno, etc.
Y otra cuestión, para la que creo que ni el legislador ni el reglamento dan buena respuesta, es acerca de cómo se paga la intervencióno sobre un mismo sujeto.

Pero, en todo caso, a la administración de la sanción penal -y esa es la calidad que el artículo 42 de la ley Nº 20.084 le asigna al Sename- no se le ha entregado ninguna facultad que le permita desestimar una orden judicial o hacer juicios de mérito.

Ese sistema informático que no deja ingresar en un programa a un niño porque ya tiene un ingreso anterior, no hay duda que comete una grave ilegalidad y obra sin asidero jurídico.

martes, 17 de junio de 2008

"Justicia juvenil: un sistema en crisis"


Hoy es Francisca Werth, Directora de Proyectos de Fundación Paz Ciudadana, y quien fuera miembro de la Comisión de Expertos en Responsabilidad Penal Adolescente convocada en junio del 2006 por el Ministro de Justicia Isidro Solís, quien entra fuertemente al debate sobre el balance del primer año de la ley N° 20.084, en una columna de El Mercurio.
Me parece que capta muy acertadamente la complejidad del nuevo sistema compuesto por dos subsistemas, con actores y lógicas de actación diferentes: un sistema de justicia, donde la especialización sigue siendo la principal debilidad, y un sistema de ejecución, donde la debilidad central está en los sistemas privativos de libertad.

"Hace poco más de un año, la Comisión de Expertos en Responsabilidad Penal Adolescente señaló en su segundo informe al Congreso Nacional que no existían las condiciones mínimas necesarias para que la nueva justicia juvenil comenzara a funcionar en la fecha prevista, el 8 de junio de 2007. Sin embargo, se decidió darle el vamos a la ley, argumentando que el propio ministro de Justicia afirmaba que las condiciones podrían no ser las mínimas, pero sí las básicas y necesarias para asegurar un mejoramiento progresivo y sostenido de este sistema.

Tras 12 meses, el Ministerio de Justicia y el Sename publicaron el primer balance de funcionamiento de la ley. Con una presentación cargada de cifras y errores, intentaron explicar cuántos jóvenes habían sido detenidos en este tiempo, cuántos formalizados, condenados, derivados, etcétera. Una revisión general de esta información podría llevar a un lector lego a creer que Chile tiene un sistema de justicia juvenil que funciona, que hoy hay menos jóvenes delincuentes en las calles, porque cada vez más delitos son investigados y resueltos. Además, dicho inexperto lector podría pensar que los jóvenes delincuentes no sólo están siendo castigados, sino que además se les está entregando una intervención especializada, programas de educación, capacitación y tratamiento de drogas. Podría incluso ver reafirmadas sus ideas, ya que tras reconocer un importante error en las cifras, el ministro de Justicia aseguró que este sistema disminuía la brecha de impunidad drásticamente y usaba la privación de libertad como último recurso,

Una lectura más experta, sin embargo, entrega un análisis opuesto. Al respecto, conviene aclarar cuál es la verdadera realidad de este nuevo sistema.

Comencemos con el sistema de justicia. Cabe recordar que esta reforma se inserta en el sistema procesal penal vigente. Aunque muchos hablaron de un posible colapso cuando la ley comenzara, éste no se produjo. La razón de esto no estuvo en las correctas estimaciones realizadas por la autoridad, sino en el hecho de que, al colgarse de un sistema funcionando, este último fue capaz de absorber la nueva demanda y sostenerla. Sin duda esto es positivo, pero impacta en la eficacia y correcto desempeño de la Justicia, así como en su funcionamiento y calidad de las respuestas.

Aunque nunca se contemplaron tribunales, defensores o fiscales exclusivos, la ley establece la especialización de los actores como forma de asegurar una intervención adecuada respecto de los jóvenes. Hoy, sin embargo, no se puede afirmar que dicha especialización se dé en todos los casos, lo que revela una importante cuestión de igualdad ante la ley. La gran cantidad de causas, escaso número de funcionarios, formación y capacitación, levantan dudas respecto a cuán especializada es la respuesta penal que se entrega a los jóvenes. Las instituciones deberían fortalecer los procesos de especialización ya iniciados y consolidarlos a través de una adecuada planificación y asignación de recursos. De lo contrario, sólo se estaría retrocediendo importantemente respecto de los fines que la ley persigue.

Sigamos con el sistema de ejecución a cargo de Sename. Dadas las actuales condiciones, la reformulación de este sistema debe ser radical.

Y tan profundo debe ser este cambio, que debe incluir no tan sólo la construcción de 10 nuevos centros de alto estándar anunciados por la Presidenta, sino fundamentalmente la reformulación de la institucionalidad a cargo y la completa modernización de los equipos técnicos y profesionales, tanto en el medio libre como en los centros privativos de libertad. De no mediar una real reforma, sólo se corre el riesgo de que miles de millones de pesos que se gastarán en construir estos centros sean dinero mal invertido y, a la larga, perdido.

Un sinnúmero de otros temas -desde la falta de agua para apagar incendios, el excesivo uso de la internación provisoria, la carencia de un sistema unificado de estadísticas, hasta la precariedad de las intervenciones psicosociales- podría ser analizado, y se llegaría siempre a la misma conclusión: la permanente crisis del recién implementado sistema de responsabilidad penal adolescente.

Este sistema requiere de profundas modificaciones, inversiones y evaluaciones. De prolongarse la situación actual, se condicionan las posibilidades reales de intervención con los jóvenes y un verdadero impacto en su participación en actividades delictivas. Además, recibirán cada vez que reingresen al sistema una respuesta más dura de parte de la justicia, sin que haya existido una real intervención y oportunidad de reinserción. Estas modificaciones son urgentes y necesarias, salvo que lo único que se espere de esta reforma sea números de aprehendidos, imputados y condenados, como el balance realizado por la autoridad."

Francisca Werth W.
Directora de Proyectos Fundación Paz Ciudadana

viernes, 11 de enero de 2008

Presentaciones del Seminario de UNICEF sobre los primeros meses de RPA

UNICEF organizó en diciembre dos actividades de reflexión y evaluación sobre el funcionamiento en los primeros meses de la ley de responsabilidad penal adolescente. La primera fue un seminario y la segunda un taller de debate con actores de la sociedad civil coorganizado por Chile 21. Dejo aquí dos de las presentaciones efectuadas en el Seminario.

Quiero llamar la atención a un dato contenido en la presentación de Iván Fuenzalida y que resulta novedoso en nuestro sistema de justicia. Nunca se pudo saber exactamente el reingreso (la mal llamada reincidencia) de adolescentes infractores de ley penal, lo que unido a la precariedad de la información estadística debilitó las estimaciones que siempre se hicieron, por distintas instituciones, de la carga de trabajo que enfrentaía el nuevo sistema. Iván cruzó el rut con los ingresos, lo que arrojó que el 20,9 de los ingresos del sistema obedecen a reingresos de jóvenes, los que en algunos casos (703) significan 4 o más ingresos.
Respecto de quienes sólo registran un ingreso, sólo en un 3,3% se ha usado de la internación provisoria.

Presentación efectuada por Ivan Fuenzalida, Director de la Unidad Especializada en Responsabilidad Penal Adolescente y Violencia Intrafamiliar del Ministerio Público, en el marco del seminario organizado por UNICEF en diciembre del 2007





Presentación efectuada por el Jefe de la Unidad de Reformas Judiciales del Ministerio de Justicia en seminario de UNICEF, diciembre 2007

Informe de avance de la Ley N° 20.084, de la Fundación Tierra de Esperanza


Informe de avance de la Ley N° 20.084 a seis meses de su implementación.
Fundación Tierra de Esperanza


El pasado 31 de diciembre Hipólito Cáceres, director ejecutivo de la Fundación Tierra de Esperanza entregó a la Subsecretaria de Justicia un documento que evalúa cualitativamente los primeros seis meses de funcionamiento de la ley N° 20.084.
Uno de sus aportes que merece destacarse es que la Fundación desarrolla programas de distinto tipo en el circuito de jsuticia penal adolescente y en distintas regiones del país, lo que le permite una mirada bastante amplia de la realidad.
Hace unos meses fui invitado a una jornada nacional de los directores de sus equipos y era muy enriquecedor escuchar y constatar en la conversación las diferencias con que se enfrentan los mismos problemas o se aprovechan similares oportunidades.
En este documento, por ejemplo, se examina la experiencia de la Fundación en las sanciones y medidas de: libertad asistida y libertad asisitda especial, de medidas cautelares ambulatorias, de salidas alternativas, el trabajo en las secciones juveniles, los programas de reinserción educativa en el medio libre y en el medio privativo de libertad, y los programas de tratamiento del consumo problemático de drogas, en meio libre y en medio privativo de libertad.

Además de esta mirada cualitativa, se ofrece en el anexo información cuantitativa sobre el trabajo de la Fundación que también resulta muy interesante.

martes, 11 de diciembre de 2007

Opinion de Egidio Crotti, UNICEF

Hoy en La Nación, viene esta columna de opinión de Egidio Crotti, representante en Chile de UNICEF.


"En los próximos días se cumplirán seis meses desde que entró en vigencia la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, un hito que hace oportuno realizar una evaluación sobre la aplicación de esta iniciativa y los desafíos y las oportunidades que implica para los diferentes actores involucrados en el tema. Desde 1990, fecha en la que el Congreso Nacional ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, la Unicef promovió la necesidad de una reforma legislativa que adecuara la legislación nacional a las exigencias del texto global.

Entonces sostuvimos que la enmienda legislativa debía ir acompañada de reformas institucionales y de una política pública que permitieran hacer realidad, en lo cotidiano, aquello que las leyes consagran. Conviene recordar que, en América Latina, muchas veces es más fácil aprobar una ley que ponerla en funcionamiento, razón por la que promovimos la adopción de medidas destinadas a aplicar los derechos y las garantías consagrados en la Convención, muy en especial aquellos que buscan reintegrar a los jóvenes infractores a la sociedad y que privilegian la libertad por sobre la cárcel.

La aprobación de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente en 2005 y su entrada en vigencia el 8 de junio pasado, han sido motivo de nuestra preocupación por al menos dos razones. En primer lugar, porque estimamos que en el texto y en sus modificaciones posteriores no se ha establecido la privación de libertad como medida de último recurso, tal como lo señala la Convención.

En segundo término, porque desde el principio fue posible advertir que la implementación de esta ley enfrentaría serias dificultades no sólo en materia de los centros de privación de libertad, sino de medidas alternativas a ésta. En lo relativo a los centros, en nuestra opinión no sólo han existido problemas de infraestructura -como se ha enfatizado de manera suficiente- sino en cuanto a los programas de educación y capacitación, ampliamente garantizados en la normativa legal, los que no obstante recién se han comenzado a concretar.

Es evidente que esta nueva ley constituye un avance desde la perspectiva del debido proceso y la responsabilización social de los jóvenes. También es palpable el esfuerzo que tribunales, fiscales y jueces por una parte, y del Ministerio de Justicia y del Sename, por la otra, han puesto en la implementación de este nuevo sistema y en la correcta aplicación de la ley.

Sin embargo, nos parece que en estos pocos meses de su aplicación ha quedado de manifiesto de un modo dramático uno de sus principales defectos: la privación de libertad no favorece la rehabilitación; por ello resulta necesario privilegiar los sistemas abiertos si es que queremos emprender con éxito esta tarea. De lo contrario, la infraestructura para la privación de libertad siempre se encontrará saturada y sobrepoblada. La sola construcción de nuevos centros así como la incorporación de Gendarmería a los centros de menores tampoco parecen ser las soluciones para un problema tan complejo.

Estos son los temas que es necesario discutir en concreto, con las cifras en una mano, con el propósito de rectificar los defectos del sistema. Las vidas de los miles de jóvenes que tendrán contacto con las medidas de la ley nos exigen urgentemente un debate serio sobre la materia."

viernes, 2 de noviembre de 2007

Editoriales de El Mercurio


Justicia juvenil: ¿cuál es el plan?

Estudios de gran envergadura en países como EE.UU. indican que la participación temprana en actos violentos o antisociales tiene fuerte correlación con una posterior trayectoria de vida marcada por la delincuencia, conflictos con la justicia, problemas de inserción laboral y social, e incluso probabilidad de una muerte violenta temprana.

Por otra parte, en las últimas décadas se ha revertido la desesperanzadora conclusión a que se había arribado en los años 60 y 70 en cuanto a que la rehabilitación no funciona. Se ha confirmado que, por el contrario, algunas acciones, bien ejecutadas, pueden efectivamente reducir la reincidencia delictiva. Lo anterior ha llevado a los países avanzados a desarrollar sistemas de justicia juvenil distintos del de adultos, con procedimientos y penas especiales, que, en general, ponen énfasis particular en educación y formación.

Después de décadas con un sistema que incluso violaba los tratados internacionales suscritos por Chile sobre los derechos de los menores de edad, nuestro país cuenta desde junio de 2006 con una justicia juvenil propiamente tal. Sin embargo, la muerte de 10 menores en un centro del Sename en Puerto Montt, en octubre, ha evidenciado los graves defectos del sistema. En este caso, dos informes remitidos en agosto habían advertido al director de ese servicio sobre las condiciones de inseguridad del recinto y conductas inapropiadas de Gendarmería, pero al parecer fueron ignorados, y ahora se pide al Ministerio de Justicia informar si se adoptaron o no medidas al respecto.

Ya antes de su puesta en marcha -que había sido postergada un año-, una comisión de expertos que complementó el análisis técnico con visitas a distintos centros concluyó que no existían las condiciones para iniciarlo con éxito. Se detectaron problemas relativos a inexistencia de la infraestructura requerida y a insuficiencia de la cantidad y calidad de los programas a los que los jóvenes serían sometidos, además de defectos en la nueva legislación. Sin embargo, como una nueva postergación era costosa para la imagen del Gobierno, éste insistió en que se aprobara su puesta en marcha, asegurando que las condiciones existentes en ese momento, si bien mínimas, eran suficientes, y serían mejoradas sustancialmente en el mediano plazo. Pero a casi un año y medio de ello, la ciudadanía aún carece de información pública sistematizada respecto del estado actual de la red de centros que deben atender o albergar a los jóvenes infractores de ley. Declaraciones del juez del tribunal de garantía de Puerto Montt competente en este caso, de funcionarios del mismo Sename y antecedentes dados a conocer por los medios indican que el flujo de jóvenes supera ampliamente las estimaciones; que existen problemas estructurales respecto del funcionamiento y, en algunos casos, sobrepoblación de centros; de coordinación entre los actores que intervienen en el proceso de imposición de las sanciones, y de calidad y cobertura de los programas de rehabilitación a los cuales los jóvenes están siendo derivados.

Ante este panorama, la respuesta del ministerio se ha limitado a una propuesta legal que permitiría a Gendarmería ingresar a los centros, sin necesidad de petición por las autoridades civiles de los mismos. Eso no basta ni sirve. Los problemas ya conocidos exigen una respuesta enérgica e integral de las autoridades, y el diseño y aplicación de una estrategia concreta respecto de cómo, cuándo y con qué recursos ellos se van a remediar. Esto es impostergable. La tragedia de Puerto Montt puede repetirse en cualquier momento en otro lugar. Los propios funcionarios del Sename han advertido públicamente que sus centros actuales son "una bomba de tiempo". El país no puede aceptar que esa bomba estalle.

Hace 1 semana la editorial centró el tema y me parece que su lectura resulta un aporte al sistema:
RESPONSABILIDAD Y REMORDIMIENTO

"La madrugada de ayer 8 jóvenes de entre 16 y 17 años murieron y siete sufrieron lesiones y quemaduras de diversa gravedad, en un incendio provocado por los mismos internos dentro del Centro de Rehabilitación Conductual “Tiempo de Crecer” ubicado en la ciudad de Puerto Montt, dependiente de Sename cuando los jóvenes, internados provisoriamente – terminología que designa a la prisión preventiva en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente- encendieron una fogata al interior de una de las salas.

Ante esta gravísima e inaceptable situación, ni el Gobierno ni Sename pueden mostrarse sorprendidos: antes que se pusiera en marcha el nuevo sistema de responsabilidad penal adolescente, el 8 de junio pasado, múltiples advertencias hicieron ver su extrema precariedad. La Comisión de Expertos convocada para evaluar la implementación de la ley 20.084 tras su postergación en junio de 2006, consignó en sus dos informes que el sistema carecía de las condiciones mínimas necesarias para iniciar su funcionamiento, y que los estándares de atención, cobertura e infraestructura no eran suficientes.

Pocas semanas antes del 8 de junio, los funcionarios de Sename iniciaron una huelga en demanda de mejores condiciones laborales y en protesta por el riesgo evidente con que se desempeñaban en el interior de los centros: falta de personal especializado, insuficientes programas educacionales, extraprogramáticos y de formación laboral, y por sobre todo, una fuerte presencia de violencia y cultura carcelaria entre los adolescentes atendidos.

No obstante, el Gobierno decidió comenzar la implementación de la ley en la fecha prevista, asegurando que pese a que el sistema sólo contaba con las condiciones básicas, existían las garantías suficientes para asegurar su continuo perfeccionamiento. Los hechos prueban que estas condiciones básicas del sistema no alcanzaron para garantizar la seguridad de los jóvenes privados de libertad en la X Región.

Peor aún, después de su puesta en marcha continuaron las alertas que habrían exigido una inmediata corrección: en julio un grave motín en el centro de reclusión de Chol Chol, sin víctimas fatales, pero sí importantes pérdidas materiales –más de 70 millones de pesos- y hace algunos días hubo dos intentos de amotinamientos en el centro de menores Lihuén, V Región. En el último caso, Gendarmería señaló que existía escasez de funcionarios y una ausencia total de medidas de segmentación entre los jóvenes condenados y aquellos internados provisoriamente, hecho que además, se agravaba por la presencia de condenados mayores de 18 años y con un mayor compromiso delictual. No se conocieron correcciones

En contraste con estas realidades, la semana pasada el SENAME entregó su primer balance sobre el funcionamiento de la ley, señalando que nueve de cada diez jóvenes cumple satisfactoriamente las medidas cautelares en libertad a las que son derivados por la justicia, tras haber sido aprehendidos por la comisión de un delito. Pese a que lo importante de este sistema no es cuantos jóvenes cumplen las medidas cautelares que les son impuestas, sino cuántos no comenten nuevos delitos y logran reinsertarse tras su paso por el sistema, la información entregada por Sename parecía alentadora.

Pero lo ocurrido en Puerto Montt pone a SENAME al desnudo y no puede sino causar indignación y alarma. Es evidente que la promesa de reinserción y rehabilitación que el nuevo sistema ofrecía, es ahora imposible para quienes murieron en la ciudad de Puerto Montt. Es en aquellos jóvenes que fallecieron en donde se hace patente que las condiciones básicas del sistema estaban lejos de ser las necesarias para garantizar la seguridad de los menores privados de libertad.

El cambio de la legislación penal juvenil era necesario, y en ello existía amplio consenso: no se podía continuar con el anacrónico sistema basado en la declaración de discernimiento ni en la aplicación de la ley penal adulta a menores de edad. Pero la oportunidad de haber legislado sin imposiciones de consideraciones políticas, sobre consensos técnicos en cuanto a las condiciones necesarias para el funcionamiento adecuado del sistema, fue desechada por la premura y la improvisación. Tras el aparente funcionamiento del sistema durante los primeros meses, estas ocho muertes evidencian los errores cometidos durante el diseño e implementación de este nuevo sistema. Si las advertencias, informes de expertos y evaluaciones previas no fueron suficientes para mover a profundas rectificaciones, ahora ya no hay excusas para emprenderlas no sólo con seriedad técnica, sino con el debido remordimiento."


viernes, 5 de octubre de 2007

Seminario sobre Responsabilidad Penal Adolescente en Antofagasta

La Red de Infancia de Antofagasta organizó un muy interesante Seminario sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
Se realizó ayer en el Salón de la Municipalidad -un muy bien equipado auditorio- y contó con alta convocatoria. Las preguntas de los asistentes fueron todas muy pertinentes y ayudaron a formar una completa imagen acerca del funcionamiento de la ley en la región.
Tuvieron la gentileza de invitarme con antelación y pude así pagar una deuda que tenía con Esmildo Campos, director del Centro Pacífico, el programa a cargo de la libertad asistida en la ciudad, y a quien le había prometido hace mucho tiempo asistir a la región.
Por la mañana, luego de mi presentación, Karina Zuchel, Subjefa del DEDEREJ, del Sename, ofreció una panorámica muy documentada (con datos al 2 de octubre) del mundo Sename, y Cristián Quezada, abogado de Achnu, levantó una mirada de la ley desde la convención. En la tarde, expusieron dos magistrados, Ingrid Castillo, jueza de garantía y Wilfred Ziehlmann, juez oral en lo penal, que ayudaron a completar las miradas sobr el funcionamiento del nuevo sistema.
Todos los datas quedan acá disponibles. Y mi agradecimiento con el equipo organizador es total por la calidez de su recepción y el profesionalismo de su trabajo.







martes, 25 de septiembre de 2007

Carlos Tiffer en Chile


Con motivo del Curso anual de UNICEF sobre Protección de los Derechos del Niño, estuvo en Chile la semana del 10 al 15 de septiembre, el jurista costarricense Carlos Tiffer Sotomayor.
Visitó Sename y se reunió con autoridades y profesionales del servicio. Alejandra Riveros, coordinadora del encuentro tuvo la gentileza de invitarnos y pudimos participar de este grato encuentro.

Carlos es un destacado abogado penalista y profesor universitario en su país, y fue uno de los principales promotores del sistema penal juvenil que rige en su país desde 1996. Estuvo detrás tanto de la Ley N° 7576 Penal Juvenil, como de la Ley N° 8460 de Ejecución de Sanciones Juveniles. Nos comentó que los principales problemas de implementar un nuevo modelo de justicia para adolescentes se relacionan con la interpretación de la Ley, ya sea por imprecisiones de técnica legislativa o ciertos artículos un poco "novelescos"; el tema presupuestario, en el que reconoció que Chile ha sido más previsor que su país; y los problemas de aplicación de un modelo desconocido.

Tiffer sostuvo que un nuevo sistema penal juvenil es muy complejo y costoso por el principio de la especialización de los diferentes actores involucrados que exige. Aunque, asegura, su problema principal radica en el tipo y variedad de sanciones que establece.
"Una gama amplia de las cuales no se tiene conocimiento ni tradición", dice.
"La complejidad viene cuando se trata de concretar sanciones con fines socioeducativos", agrega. "¿Cómo aplicar una Libertad Asistida, Servicios a la Comunidad, o de orientación y supervisión, por ejemplo, si muchas veces los mismos funcionarios no saben hacerlo?".
La finalidad educativa de la Ley Penal Adolescente, concluye, "desborda y trasciende las competencias de los órganos encargados de hacer cumplir la sanción".

Otro aspecto que para el experto complica aun más la aplicación de la nueva justicia juvenil es la naturaleza de los sujetos a quienes está destinada. Personas que están en un trance entre la edad adulta y la niñez. Y que además, en su mayoría, provienen de los estratos sociales bajos. "Tienen carencia de casi todo para cumplir con los fines de las sanciones: alto retraso escolar, analfabetismo, consumo de drogas", afirma.

Carlos nos recomendó entusiastamente la formación en Chile de lo que en Costa Rica se llamó el "Foro para la Implementación de la Justicia Juvenil", una mesa de conversación convocado por el Ilanud, (Instituto Latinoamericano para la prevención del delito y tratamiento del delincuente, con sede en Costa Rica), donde se discutan las dificultades que tienen los jueces, fiscales, policías y los encargados de la ejecución de las sanciones, entre otros. Allí cada sector puede exponer con transparencia los problemas comunes, pudiendo incluso establecerse acuerdos de orden práctico. Recalcó que en esta instancia la participación de los jueces es fundamental. "Ellos son los que toman las decisiones, porque pueden haber malos defensores, fiscales, trabajadores sociales, pero los que tienen que ser buenos son los jueces, su responsabilidad trasciende socialmente". Los definió como personajes con "un perfil de independencia, resistentes a la presión interna y externa, particularmente, a la presión de los medios de comunicación".

En relación a los regimenes de privación de libertad sugirió no recargarlos, ya que la privación de libertad tiene un "efecto estigmatizador muy negativo". Al contrario, sentenció, el éxito de la reinserción social de los jóvenes acusados de cometer delitos, que en su mayor parte "son de bagatela", se da en los sistemas de sanciones en medio libre. "La privación de libertad debe ser una excepción", afirmó. Como también la detención preventiva. "No debe usarse normalmente, sólo en casos extremos", concluyó

Para quienes deseen conocer algo del pensamiento de Tiffer dejo aquí los links a algunos de sus artículos.

La Convención de los Derechos del Niño y su influencia en los sistemas de justicia.
Justicia Penal Juvenil. Instrumentos Internacionales de Naciones Unidas y la Experiencia de Costa Rica.
Peritaje ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en
Demanda Interpuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Honduras. Caso No 12-331. Servellon Garcia y Otros, contra Honduras
.

En la Revista Electrónica de Ciencias Penales, de Costa Rica:

De un derecho tutelar a un derecho penal mínimo/garantista: Nueva Ley de Justicia Penal Juvenil. Revista N° 13
Derecho Penal de menores y Derechos Humanos en América Latina. Revista N° 10
La posición jurídica del ofendido en el Derecho Procesal Penal latinoamericano. Un estudio de derecho comparado. Revista N° 1
La validez constitucional. Revista N° 3

miércoles, 5 de septiembre de 2007

Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y Tratamiento del Consumo Problematico de Drogas en Seminario sobre Adicciones SONEPSYN Francisco Estrada

Los días 3 y 4 de septiembre se realizó el Seminario Internacional “Trastornos Adictivos y Adolescencia”, organizado por el capítulo de adicciones de la Sociedad de Neurología, Psiquiatria, y Neurocirugía y la agrupación Sudamericana Eradicciones.
Me tocó ayer exponer junto a Gregorio Valenzuela y Martín Castillo, profesionales del equipo de la Fundación Tierra y Esperanza, que trabaja en la región metropolitana con jóvenes RPA. Espero convencerlos de que suban aquí su data que aporta su forma de trabajo, con los años de experiencia que ya tienen.

Los dos últimos meses se han producido importantes cambios en cuanto al ingreso al circuito CONACE-MINSAL-FONASA. Esto se ha traducido, gruesamente, en que hoy se cuenta con cuatro distintas puertas de ingreso y no ya con la sanción accesoria del art. 7 como única o principal forma de entrada. La figura de abajo ilustra lo anterior.


Esto implica una transformación del marco jurídico de la intervención y el data que aquí dejo da cuenta de esta actualización.
Para decirlo en negativo. No valen ya los anteriores datas sobre sanción accesoria. Digo esto en especial para los jueces de los primeros cursos Conace.

miércoles, 29 de agosto de 2007

Leonardo Moreno entrevistado por F Paulsen

Esta entrevista también es de hace 2 meses y, al igual que la anterior, me parece que mantiene utilidad. Leonardo Moreno, además de ser el Defensor Metropolitano Norte es un destacado profesor universitario de la Universidad Alberto Hurtado, y me parece que logra transmitir en esta buena entrevista de Fernando Paulsen, algunas ideas centrales del nuevo sistema de responsabilidad penal adolescente.
Con todo lo que criticamos a la prensa, estas dos entrevistas han sido una muy buena oportunidad para ofrecer en un medio de difusión masiva, algunas nociones más complejas y contracorrientes de ciertos discursos ya instalados en los medios acerca de lo que es la delincuencia juvenil.
Me pregunto si alguno de los políticos que aparecieron en pantalla esos días de comienzos de junio como adalides de los derechos juveniles, han vuelto a pisar algún centro o programa en estos dos meses.


Atacama: Análisis con jueces del funcionamiento del nuevo sistema

Freddy Arancibia, Seremi de Justicia de la Región de Atacama informa en su blog de un muy interesante encuentro con jueces de análisis del funcionamiento del nuevo sistema de responsabilidad penal adolescente.

"El viernes 03 de agosto, la Presidenta de la Corte de Apelaciones señora Luisa López Troncoso; el Seremi de Justicia, Freddy Arancibia Figueroa y la Directora del SENAME Atacama, Olga Esquivel Tapia, tuvieron una reunión con la Magistratura de la Región de Atacama, jornada de reflexión que permitió dar a conocer las ofertas que tiene el Servicio Nacional del Menor para los jóvenes infractores de ley a los que deba aplicárseles la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y que afecta a mayores de 14 años y menores de dieciocho, con una legislación especial. Esta actividad se desarrolló en el salón de eventos de la Asociación Chilena de Seguridad y contó con la presencia del abogado Coordinador Nacional Judicial del SENAME, Jorge Saavedra y la asistencia de más de treinta magistrados y magistradas de la Región".

Juan Pablo Hermosilla entrevistado por Paulsen sobre RPA

Aunque ya pasaron cerca de tres meses de esta entrevista, recién la he logrado subir y me parece que se ofrecen en ella algunas interesantes pistas de por dónde debiera discurrir el nuevo sistema de justicia penal adolescente. Creo que es una buena entrevista porque el entrevistado tiene tiempo para explicar su posición, cosa harto rara en nuestro medio periodístico.


viernes, 8 de junio de 2007

Llegó el 8 de junio

Con internación provisoria termina la primera audiencia de la nueva justicia juvenil

Ximena Pérez, El Mercurio Online

SANTIAGO.- Con la internación provisoria para un joven imputado por el robo de una gata hidráulica concluyó la primera audiencia bajo la nueva Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que hoy entró en vigencia.

En el Centro de Justicia y tras una hora de juicio con un público formado por autoridades de los tres poderes del Estado, el menor de 17 años de iniciales J.H.L.C. fue formalizado por el delito de robo con fuerza en lugar habitado y se convirtió de esa manera en el protagonista de la primera jornada con la nueva justicia juvenil en marcha.

Según alegó el Ministerio Público, representado en la audiencia por los fiscales Pedro Ortustegui y Carlos Hidalgo, el menor en compañía de otra persona ingresó hoy a las 01:45 de la madrugada al domicilio particular ubicado en la calle Juan Sebastián Bach número 12.195 de la comuna de El Bosque.

Allí sustrajeron desde el vehículo de los dueños de casa una gata hidráulica de color rojo que se encontraba dentro de una maleta plástica de color gris.

Esa misma maleta portaba J.H.L.C. al momento de ser detenido por personal de Carabineros de la 39° Comisaría de El Bosque, quienes iniciaron un patrullaje por la zona tras ser alertados por una vecina de las víctimas de que dos sujetos estaban frente a la vivienda.

Después de ser aprehendido y, según la Fiscalía, "espontáneamente", el menor confesó ser autor del delito. Una tesis distinta presentó la defensa del joven a cargo de los abogados María Paz Martínez y Daniel Aimone, quienes aseguraron que el adolescente había sido "hostigado" y "presionado" por Carabineros para declarar, por lo que cuestionaron la legalidad del procedimiento, pero el reclamo no fue acogido por el tribunal.


Resolución final de la magistrada Iara Barrios