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viernes, 27 de noviembre de 2009

Editorial de El Mercurio: Silencio sobre un informe

Jueves 26 de Noviembre de 2009

"El caso de un menor que mató de un balazo a un dueño de botillería en Cerrillos (el segundo asalto con homicidio a un local comercial en 24 horas) confirma que una grave delincuencia juvenil e infantil continúa agobiando a la población día tras día. Sin embargo, no se ha conocido ninguna reacción oficial al informe que hace ya un mes, a petición del Senado, evacuó la Corte Suprema sobre los problemas que enfrenta la judicatura tras dos años de funcionamiento del sistema de responsabilidad penal adolescente.
Implementado éste por el Gobierno desoyendo las recomendaciones de expertos, tras dos años de operación se confirman profundos problemas estructurales y de gestión, y ha enfrentado casos tales como la muerte de 10 jóvenes en un incendio en un centro del Sename en Puerto Montt.

La Corte Suprema destaca la necesidad de desvincular el sistema de justicia juvenil del sistema penal adulto mediante el establecimiento de un catálogo especial de delitos, derogando la supletoriedad que hoy rige respecto del Código Penal y leyes especiales. Destaca la Corte que para cumplir con los objetivos específicos de un sistema de justicia juvenil, es necesario establecer una judicatura especial, con competencia exclusiva para conocer de las infracciones cometidas por adolescentes.

Aunque el proceso de especialización, sobre todo de defensores y fiscales, era sólido al inicio de la aplicación de esta ley, se ha deteriorado por diversas razones, entre ellas un flujo de casos mayor que el calculado; disminución de los presupuestos asignados a las unidades especializadas de las diversas instituciones, y el éxodo de profesionales ya especializados y con experiencia a otras tareas o destinaciones. Por eso, antes de que se pierdan por completo los procesos de especialización ya iniciados, es prioritario estructurar un sistema exclusivo.
Propone también la Corte que en los casos en que los jóvenes sean aprehendidos por delitos o faltas que la ley no sanciona con penas privativas de libertad, sean sólo citados y no conducidos ante el juez, evitando que reciban del sistema penal un trato más riguroso que el que recibe un adulto, y que tomen un prematuro contacto con el sistema de justicia —sobre todo considerando que, de ser sancionados, sólo deberán prestar un servicio a la comunidad, reparar el daño o pagar una multa.

Aunque no se tocan otros temas de importancia —como el gran número de internaciones provisorias que se decretan respecto de adolescentes—, estas recomendaciones, más otros instructivos y medidas de gestión que podría dictar el máximo tribunal, significarían un mejoramiento de esta área, cuyo impacto en la delincuencia en Chile es crecientemente alarmante. Esto último no puede sorprender, porque están fallando flagrantemente todos los mecanismos del Estado para prevenir la delincuencia juvenil, sancionarla y tratarla de modo técnicamente adecuado, y atender a una real rehabilitación."

viernes, 9 de octubre de 2009

2 primeros egresos de los Tribunales de Tratamiento de Drogas en RPA

2 jóvenes de 17 y 18 años se convertirán hoy en los primeros egresados del proyecto piloto de Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD) en menores sujetos a la ley de Responsabilidad Penal Adolescente, aplicado por la Fiscalía Centro norte. El modelo para adultos, adaptado por la Fundación Paz Ciudadana, se aplica exitosamente en 10 tribunales.

El lunes El Mercurio editorializó sobre este relevante tema (creo reconocer la pluma de una de las principales expertas nacionales en el tema) y ayer Francisca Zapata, destacadísima jueza, escribió ayer en El Mercurio. Abajo ambas notas.
Más info sobre Tribunales de Tratamiento en el sitio de paz ciudadana y en Drug Courts.
Mientras escribo este post, el candidato Eduardo Frei en el debate radial, señala que va a profundizar el uso de los TTD.



"El interesante editorial sobre tribunales de drogas, del lunes 5 de octubre, omite un aspecto que nos parece importante destacar: los tribunales de garantía que participan de esta iniciativa lo han hecho voluntariamente, sin ningún tipo de incentivo u orientación institucional. En un Poder Judicial estructural y culturalmente regido por lógicas jerárquicas esta tarea ha sido, sin embargo, abordada con prescindencia total y absoluta de aquéllas, lo que ha significado, obviamente, que el sistema de calificaciones ha sido ciego a la valoración de esta iniciativa. No es una queja. Es una descripción fáctica. El sentido de esta nota apunta a destacar a los operadores judiciales que han dedicado su valioso tiempo a este esfuerzo, en un esquema en el que sin su participación la decisión del resto de los operadores (fiscales y defensores) en caso alguno hubiera podido prosperar.
Esto deja en evidencia dos cosas: la primera: la vocación de servicio de los jueces de garantía y, la segunda, la justificación de las propuestas de modernización del Poder Judicial a través de una reestructuración global que rediseñe —entre otros— los sistemas de controles, instalando modelos de evaluación del desempeño que impliquen incentivos y reconocimiento para quienes participen de este tipo de iniciativas.
Hemos sostenido invariablemente que Chile necesita repensar globalmente el esquema judicial vigente a través de un debate nacional serio y transversal, y así la Convención de Magistrados de Valdivia (2007) postuló la separación de las funciones jurisdiccionales de las de gobierno judicial, a fin de fortalecer la independencia interna y externa de los jueces en un esquema que presupone a la Excma. Corte Suprema abocada sólo a funciones jurisdiccionales, y los temas de gobierno judicial a cargo de un órgano autónomo. La convención que se avecina (Antofagasta, 9 de octubre) se volcará a estudiar las propuestas más detalladas que ha avanzado la comisión de modernización de la Asociación Nacional de Magistrados, entre las cuales se cuenta un proyecto de la reformulación de la carrera judicial orientada al mejoramiento continuo y reforzamiento de los deberes éticos de la función de juzgar.

María Francisca Zapata García
Presidenta Asociación de Magistrados
Regional Santiago"

El Editorial de El Mercurio del lunes:
"Lunes 05 de Octubre de 2009
¿Más tribunales de drogas?

La evidencia internacional prueba que los programas del sector justicia más eficaces para evitar reincidencia en el caso de delincuentes con consumo de drogas son aquellos que abordan el real problema subyacente a la comisión del delito, cual es el abuso de drogas por parte del infractor. Sea que el delito haya sido cometido para financiar el hábito o bajo los efectos de drogas, si la persona se somete a tratamiento bajo supervisión judicial, en vez de ser condenado, se logra disminuir la reincidencia, a menor costo para la sociedad. Las cortes de drogas o tribunales de tratamiento se han extendido en el mundo precisamente por estas razones.
Este programa se aplica en Chile desde 2004, cuando se implementó por primera vez en Valparaíso, por iniciativa de la Fundación Paz Ciudadana. Hoy se ha extendido ya a Santiago, Iquique y Antofagasta. Su funcionamiento se basa en un trabajo interinstitucional, que requiere la participación de fiscales, defensores y jueces, además del equipo a cargo de la rehabilitación. Todos ellos deben ajustar sus roles tradicionales en el sistema de justicia para coordinar sus esfuerzos en pro de la rehabilitación de los infractores.

Para lograr asentar el programa en Chile y probar su metodología, se ha funcionado bajo la figura legal de la suspensión condicional del procedimiento, una salida alternativa del proceso criminal. El fiscal puede pedir la suspensión de una causa cuando el imputado no tenga condenas previas y la pena probable que arriesga por el delito cometido sea menor a tres años.
La forma como este programa se ha aplicado en Chile responde a una óptima construcción de una política pública. En vez de masificarlo sin evaluación -como se hizo con el fracasado programa Comuna Segura-, esta iniciativa se ha expandido progresivamente en la medida en que se ha contado con las condiciones para ello. Sin embargo, para alcanzar mayores efectos necesita crecer a gran escala (en EE.UU. se denomina going- toscale ), expandiéndose a más tribunales del país. Pero, antes de eso, se requiere avanzar en ciertos aspectos fundamentales.

El primero es contar, antes de expandirlo, con todos los componentes necesarios del modelo de intervención: fiscales, jueces y defensores capacitados y especializados y comprometidos con esta concepción. Luego se necesita una amplia oferta de tratamiento de rehabilitación en las comunas que comprende la jurisdicción de cada tribunal. En fin, la madurez que han alcanzado los pilotos mueve a evaluar si, antes de su expansión, el programa no debería contar con una figura legal propia, abandonando el uso de la suspensión condicional del procedimiento.

En otros países, este método se ha extendido a reincidentes y también respecto de delitos graves. Las evaluaciones que se realizan antes de admitir a un participante y durante el proceso que vive el infractor son controles efectivos, que resguardan la seguridad de la sociedad. Al arriesgar consecuencias penales mayores, el programa se convierte en una mejor opción e incentivo para los participantes. Bien gestionado, podría explorarse su conversión en una política pública que aporte a la disminución del delito y a la reinserción de los infractores."

miércoles, 1 de julio de 2009

El Mercurio: Gobierno prepara cambios para afrontar delito juvenil

Junto con la reforma al Servicio Nacional de Menores (Sename), el Gobierno trabaja en un cambio profundo al sistema de intervención y rehabilitación de menores delincuentes.

La idea es recoger experiencias aplicadas por España, Inglaterra y Australia, respecto de niños y adolescentes infractores para fortalecer la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y bajar la tasa delictual, según confirmaron fuentes del Ministerio de Justicia.

El subsecretario del Interior, Patricio Rosende, reconoció el impacto que tiene para la sociedad la imagen de niños cometiendo delitos violentos, "por eso es tan importante la reformulación completa del Sename como institución".

Las innovaciones apuntarían a cambiar el trabajo de este organismo con jóvenes. Este consistiría en instaurar una evaluación de riesgo y necesidad para definir un plan de intervención personalizado de acuerdo a las características de cada menor infractor.

Lo segundo apuntaría a reformar los programas cognitivo-conductuales, para establecer rutinas diarias relacionadas con temas educativos, laboral, formación valórica, entre otros, que no les permita tener muchas horas libres a quienes son sometidos a esta rehabilitación conductual.

Hace algunos días, el director del servicio, Eugenio San Martín, informó que uno de los ejes de la reestructuración del Sename es crear dos servicios diferenciados: uno, encargado del área de protección de derechos de la infancia, y otro que asuma la responsabilidad sobre los infractores.

Ayer se confirmó que ya trabaja un equipo de cuatro profesionales encabezados por el abogado Mauricio Decap, quien también estuvo tras la reforma procesal penal.

Respecto de la ley, entre julio de 2007, fecha en que se puso en marcha la ley, y marzo de 2009, ingresaron un total de 33.221 casos al sistema del Sename. Actualmente, hay 1.268 adolescentes en centros privativos de libertad, 382 en recintos semicerrados y 7.620 en programas de medio libre.

El experto en esta legislación de la Universidad Diego Portales (UDP), Jaime Couso, cree que la ley va en la dirección correcta. "Siempre es complejo implementar una ley, porque el problema es complejo, pero es necesario aplicarla en su totalidad para evaluar su efecto", según explicó.

La experiencia sancionadora que aplica Europa
La experiencia europea para afrontar la delincuencia juvenil converge en un régimen sancionador, donde prevalecen varios elementos comunes, según el profesor de Derecho Penal y Criminología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Madrid (Uned), Carlos Vásquez González.

Entre ellas destacan la instauración de un catálogo amplio de alternativas a las penas privativas de libertad. "La prisión como una pena aplicable a los menores de edad, aunque por razones de prevención general no se puede suprimir, se pretende que se imponga principalmente por delitos graves, especialmente violentos y como medida sustitutiva cuando hayan fracasado otras medidas alternativas", según explica en su trabajo "La responsabilidad penal de los menores en Europa".

También destaca la amplia utilización de sanciones educativas, como la reparación o conciliación con la víctima y la prestación de tareas en beneficio de la comunidad. Lo que prima en este régimen, dice, es el interés superior del menor.

lunes, 1 de diciembre de 2008

Sección Historia: "Jugando a Obedecer. Nuevo Sistema para Menores que Delinquen"

Aprovechando el nuevo y potente buscador de emol, un amigo dió con esta antigua noticia, de octubre del 2001, sobre la justicia penal adolescente en que aparecíamos entrevistados con Martin Bernales:

"El inminente envío del proyecto de Ley de Responsabilidad Penal Juvenil al Congreso promete un cambio radical en la materia, con la creación de una nueva normativa que contempla sanciones adecuadas a los adolescentes y basadas en la rehabilitación.

Afines del año pasado, Luis, Manuel y Alexis se hicieron famosos, quizás demasiado. De un momento a otro, inundaron las pantallas y los diarios, tras subirse a una micro, amenazar al chofer con un cuchillo y robar 35 mil pesos de la recaudación. Todo, sin sospechar que pocos días atrás se había instalado allí una cámara de seguridad.

Cuando muchos aún recordaban con estupor estas imágenes policiales, dos de los protagonistas de la cinta fueron declarados sin discernimiento por magistrados de la Corte de Apelaciones y el tercero - de 15 años- resultó inimputable judicialmente por su edad. Con esto, ninguno de los tres menores podía ser juzgado.

Estalló entonces la eterna discusión en torno a las leyes que rigen a los menores infractores y el debate sobre el trámite de discernimiento, que se aplica a aquellos de entre 16 y 18 años que violan la ley.

Frente a la carencia de una legislación adecuada para la juventud, la fuente de consenso radica en el Proyecto de Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que el Ministerio de Justicia debe enviar al Parlamento y que la derecha se comprometió a aprobar en un máximo de 60 días.

Todo hace pensar que esta iniciativa será beneficiosa para los menores infractores, porque generará un marco legal según las particularidades de su edad, y les permitirá abandonar el limbo entre el castigo y la protección en el que están ahora.

El proyecto, ya terminado, se encuentra en el Ministerio de Hacienda, donde se está evaluando su financiamiento para despacharlo al Congreso.

Con su envío y aprobación pasaría a la historia el discernimiento y el sistema actual de sanciones, en el que los jóvenes declarados culpables por el juez del crimen son remitidos a módulos especiales dentro de cárceles para adultos.

"Planteamos un sistema procesal penal para adolescentes, que es por un lado severo, pero por otro justo", explica el ministro (s) de Justicia, Jaime Arellano, aludiendo a que si bien todos los jóvenes de entre 14 y 18 años deberán hacerse responsables de los delitos que cometan, serán juzgados dentro de un marco legal acorde con su edad y madurez.

La iniciativa se hace más que necesaria a la luz de cifras sobre delincuencia que arroja un informe de la Fundación Paz Ciudadana: en 1995 casi uno de cada cinco robos con violencia era perpetra por un menor de 18 años - entre 11 y 17- , pero en 1997 la proporción subió a cerca de uno de cada tres.

El cuestionado modelo actual

Luego de su triste debut en los medios, estos muchachos han conocido el procedimiento que se aplica a los menores infractores de las leyes en Chile y a través de su caso es posible aventurar una explicación de un sistema de por sí confuso.

Por ejemplo, Alexis - quién portaba el cuchillo en el asalto al chofer- tiene sólo 15 años y por su edad es inimputable. Igual que todos los menores de 16 años que delinquen actualmente, quedó a disposición de un juzgado de menores, sin ser sometido al trámite de discernimiento. En palabras simples: frente a la justicia, no cometió ningún delito.

Como su condición es igualmente de riesgo social, el juez decretó para él una medida de protección de carácter indefinido, que realmente consistió en privarlo de libertad en un Centro de Rehabilitación Conductual (Cereco), ubicado en la Comunidad Tiempo Joven del Sename.

Pero esta medida es de duración indefinida y, por lo tanto, Alexis puede pasar recluido por años, incluso más de lo que podría estarlo un adulto por cometer un delito similar, lo que es sólo una muestra de lo que implica para los menores carecer de un sistema adecuado.

En este caso, el juez estudió la situación del niño en forma independiente de lo que ocurrió en el asalto, por la inimputabilidad que suponen sus 15 años. Inició entonces una investigación sobre sus condiciones socioeconómicas, su familia, etc. para luego establecer qué medida de protección era más adecuada a sus necesidades de reinserción.

Frente a este procedimiento, las críticas no callan, pues muchos consideran que la política se inmiscuye en asuntos de la vida íntima de la familia, pasando por alto los hechos que realmente llevaron a que el menor enfrentara un trámite judicial.

Distinto es el caso de Manuel y Luis, quienes por tener entre 16 y 18 años fueron sometidos al trámite de discernimiento, como lo establece la Ley de Menores, para evaluar si los menores comprenden el delito que han cometido. (Ver recuadro).

Un cuestionamiento al sistema imperante radica en la inconveniencia del discernimiento, puesto que de su resultado depende el futuro de los menores. Casi como en un cara y sello: si son declarados sin discernimiento, quedan bajo protección; si en cambio el tribunal decide que actuó con discernimiento, son procesados y condenados de acuerdo al Código Penal de adultos, pero sancionado con penas de un grado menor.

El Servicio Nacional de Menores (Sename) se encarga de hacer esta evaluación, pero reconoce que se trata de una institución obsoleta que debe erradicarse para procurar un juicio justo.

Lo que ocurre es que, pese a basarse en mediciones serias y estudios acabados, este trámite es subjetivo. Así quedó demostrado en este caso en particular, cuando en primera instancia la jueza Ingrid Ahumada, del Sexto Juzgado de Menores, declaró a Manuel y Luis con discernimiento, pero luego la Corte de Apelaciones de Santiago revocó este fallo.

Como no tenían discernimiento y, por lo tanto, son inimputables, era necesario aplicarles medidas de protección. En la práctica, esto les impide responder por los actos que cometen, al no enfrentar un proceso judicial como el de los adultos.

Estas medidas de protección generalmente se cumplen en hogares de Sename, pero también se puede decretar la libertad vigilada, como en el caso de Manuel, quien está bajo la tutela de la Asociación Cristiana de Jóvenes o una simple amonestación, como Luis, quien fue entregado a su madre.

La crítica al respecto se basa en que se habla de "proteger al menor", cuando lo que ocurre en algunos casos es que puede estar privado de libertad, como Alexis.

La política de protección también supone que el niño es incapaz de responder por sus actos, lo que, a la larga, es nocivo para el menor y para la sociedad. Con el nuevo proyecto, en cambio, los menores a partir de los 14 años se suponen como titulares de derecho y deben hacerse cargo de lo que hagan.

Los integrantes de la Unidad Jurídica del Hogar de Cristo Martín Bernales y Francisco Estrada, quienes asumieron la representación de los menores del asalto, explican que éstos tuvieron suerte, ya que si hubiesen sido declarados con discernimiento, además de enfrentar el juicio como adultos y penas similares - aunque un grado menor- hubiesen ingresado al "Módulo A" de la Penitenciaría de Santiago, un recinto adecuado para menores.

Sin embargo, aclaran los abogados del Hogar de Cristo, ésta es una situación excepcional, puesto que en muchas cárceles de regiones los jóvenes sólo son ubicados en una celda más cercana a los guardias, pero en recintos compartidos con los adultos.

La propuesta

La buena o mala suerte que corrieron Miguel, Luis y Alexis es relativa, pero su condición hubiese sido distinta de estar operando la futura Ley de Responsabilidad Penal Juvenil.

Tal como se conoce el proyecto hasta hoy - porque el definitivo no se ha hecho público- la edad de responsabilidad penal sería a los 14 años. Así, Alexis, de 15, hubiese sido procesado.

Como también se eliminaría el trámite del discernimiento, Miguel y Luis también hubiesen sido imputables y sometidos a proceso según las nuevas normas.

Pese a la discusión que rondó al establecimiento de la edad límite de responsabilidad penal juvenil, Arellano asegura que se fijó en 14 años sobre la base de información científica y discusiones políticas.

Hasta ahora, el último "Diagnóstico de la Delincuencia Juvenil" realizado por Paz Ciudadana avalaría, en parte la medida. De los 9 mil 563 jóvenes que fueron puestos a disposición de la justicia en 1998, el 45 por ciento era menor de 16 años, es decir, que a los ojos del modelo actual resultaron inimputables, pudiendo sólo ser declarados bajo medidas de protección.

Aunque los jóvenes pueden cometer los mismos delitos que los adultos, el proyecto establece que respondan de acuerdo a normas especiales. De ahí entonces que la privación de libertad será reservada sólo a los delitos más graves, dando prioridad a otro tipo de sanciones que apuntan a la rehabilitación.

Según un informe de Paz Ciudadana, el último proyecto que dio a conocer el Ministerio de Justicia establecía una nueva gama de sanciones que contemplaba:

Amonestación verbal por parte del tribunal en caso de desórdenes.

Reparación del daño causado en la propiedad pública o privada.

Servicios comunitarios entre 30 y 100 horas.

Libertad provisional asistida por dos años.

Privación de libertad, según la gravedad del hecho y de la edad del imputado.

La futura Ley de Responsabilidad Penal Juvenil se relaciona con la reforma procesal penal y por ello contempla adecuar el proceso a estas características, es decir, realizar un juicio oral, donde los fiscales acusan delitos concretos y los defensores representan a la persona imputada, procurando cuidar las garantías para ambas partes. Así, los menores serán representados en una defensoría pública.

El proyecto contempla además que la privación de libertad se cumpla en recintos exclusivos para menores, evitando el paso de éstos por recintos para adultos.

Si bien el ministro (s) Arellano asegura que existirá esta infraestructura, los abogados del Hogar de Cristo comentan que ésta es una gran esperanza para ellos, puesto que es una de las claves del éxito del nuevo sistema.

Aquí existe un vínculo estrecho con la reforma que se propicia para el Sename, puesto que uno de los dos organismos que nacerán de su reestructuración, administrará los centros que se dispongan para el cumplimiento de las penas.

Las posibilidades del cambio

Está claro que la sobreexposición a la que fueron objeto los asaltantes del chofer no los benefició a ellos ni a su víctima. Sin embargo, el debate que generó promete ser fecundo.

Por una parte, sentó la preocupación social por un tema complejo y así dejó en evidencia que el sistema imperante genera más situaciones incomprensibles - como la negación de la defensa y la posibilidad de un tiempo de reclusión mayor que el de un adulto, entre otras- que beneficios.

Considerando que la actual legislación no proporciona las armas necesarias para enfrentar la delincuencia juvenil, es necesario el pronto envío del proyecto al Congreso y el mayor grado de consenso a la hora de discutirlo.

Las señales provenientes de los distintos sectores son auspiciosas al respecto, "en vista de que hay mucha preocupación por el tema, vamos a conversar con Hacienda para apurar al máximo el acuerdo y poder presentar el proyecto", asegura el titular (s) de justicia, Jaime Arellano.

Al mismo tiempo, el diputado de la UDI y miembro de la Comisión de Constitución Legislación y Justicia de la Cámara Juan Antonio Coloma, reconoce que no fue fácil llegar al grado de consenso que existe actualmente en torno a la necesidad de una ley de responsabilidad penal juvenil, debido a distintas visiones entre el gobierno y la oposición, pero que ahora se está comprendiendo la necesidad de avanzar en la materia.

En esta misma línea, explica, su partido le propuso al gobierno que "si envía un proyecto de ley razonable, que recoja todos los planteamientos en este punto, podría estar en 60 días despachada sin mayores inconvenientes", debido a la conciencia parlamentaria que existe frente al tema.

Frente a las expectativas que se han generado en torno a este proyecto, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), en un documento escrito por el abogado Jaime Couso, asegura que la efectividad del proyecto depende de otras reformas que están fuera de su alcance, pero que se relacionan "con el universo de las políticas sociales para la promoción del desarrollo y de la integración familiar, escolar y social de niños y adolescentes".

Esta idea la comparte Arellano, quien tiene claro que aún cuando se apruebe la iniciativa, no acabará la delincuencia juvenil, porque es necesario "un proceso de transformación integral que requiere prevención y oportunidades para los jóvenes".

Desde que se propuso hacer cambios en el sistema para menores, en 1992, por primera vez surge un consenso real frente a la necesidad de su pronto despacho y aprobación.

Considerando el interés que el asalto televisado causó en el gobierno y en los políticos es de esperar que el Ministerio de Hacienda apruebe con rapidez el presupuesto que se requiere para hacer viable el proyecto.

Por Karina Ferrando Cossio

EL EJE DEL DISCERNIMIENTO

EL sustento del sistema actual que rige a los menores es el discernimiento, entendido como la madurez necesaria para comprender el carácter de la conducta y adecuarse según los límites que impone la ley.

La evaluación de esta capacidad la realiza un psicólogo y un asistente social del Sename a petición de un juez de menores a jóvenes de entre 16 y 18 años que hayan delinquido.

La función del asistente social consiste en indagar sobre aspectos individuales, familiares y sociales del adolescente, para lo cual realiza diversas entrevistas.

Mientras se realizan los exámenes, el menor debe permanecer internado en un centro de la red del Sename.

Si luego de estas mediciones el juez declara al joven sin discernimiento, será considerado inimputable y podrá aplicarle una medida de protección, que puede consistir en la internación y en la libertar vigilada, entre otras alternativas.

Por el contrario, si con el informe en mano el juez determina que el joven actuó con discernimiento, éste es remitido nuevamente al Juzgado del Crimen, donde es procesado como adulto y pasa a las secciones de menores de los recintos penitenciarios de adultos, quedando expuesto a similares sanciones, pero en un grado menor.

En todo caso, el veredicto que emite el juez de menores debe ser ratificado por la Corte de Apelaciones, que demora cerca de 20 días en pronunciarse.

Este trámite es el que elimina el proyecto actual, pues se plantea como una institución obsoleta que no contribuye a que los menores tengan un debido proceso.

Sin embargo, considerando la carencia de un sistema exclusivo para los menores, ser declarado sin discernimiento es la única alternativa para quienes delinquen de no llegar a los penales para adultos, donde pese al intento de segregación, igualmente se produce contacto entre ambos grupos; por ejemplo, durante el traslado a tribunales en los carros celulares.

LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL

CHILE no es el primer país del mundo que se propone adecuar un sistema penal para menores. La preocupación por este tema social tan sensible ha motivado la discusión sobre estas políticas y el punto central en muchos países ha sido la edad mínima de responsabilidad penal juvenil que se establecería en el país a los 14 años, de aprobarse el proyecto.

Según un estudio realizado por el miembro de la Unidad Jurídica del Hogar de Cristo, Francisco Estrada, cifras de 1992 señalan que Turquía registra la edad penal más baja de Europa, situándola en los 11 años.

España y Bélgica la establecieron en los 16, mientras que Francia propone 13 e Italia 14. Pero de un total de 17 países incluidos en el estudio, 5 establecieron como límite los 14 años.

En América Latina se parte de un piso más alto que, en promedio, es de 17 años. Sólo Honduras contempla que desde los 12 años se aplique el fuero especial de la ley de jurisdicción de menores.

Según un estudio de la Unicef, diversos países de la región han reformado las leyes que atañen a menores o están estudiando cambios a realizar, mientras que en Chile el proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil, está en estudio desde 1992."

martes, 17 de junio de 2008

"Justicia juvenil: un sistema en crisis"


Hoy es Francisca Werth, Directora de Proyectos de Fundación Paz Ciudadana, y quien fuera miembro de la Comisión de Expertos en Responsabilidad Penal Adolescente convocada en junio del 2006 por el Ministro de Justicia Isidro Solís, quien entra fuertemente al debate sobre el balance del primer año de la ley N° 20.084, en una columna de El Mercurio.
Me parece que capta muy acertadamente la complejidad del nuevo sistema compuesto por dos subsistemas, con actores y lógicas de actación diferentes: un sistema de justicia, donde la especialización sigue siendo la principal debilidad, y un sistema de ejecución, donde la debilidad central está en los sistemas privativos de libertad.

"Hace poco más de un año, la Comisión de Expertos en Responsabilidad Penal Adolescente señaló en su segundo informe al Congreso Nacional que no existían las condiciones mínimas necesarias para que la nueva justicia juvenil comenzara a funcionar en la fecha prevista, el 8 de junio de 2007. Sin embargo, se decidió darle el vamos a la ley, argumentando que el propio ministro de Justicia afirmaba que las condiciones podrían no ser las mínimas, pero sí las básicas y necesarias para asegurar un mejoramiento progresivo y sostenido de este sistema.

Tras 12 meses, el Ministerio de Justicia y el Sename publicaron el primer balance de funcionamiento de la ley. Con una presentación cargada de cifras y errores, intentaron explicar cuántos jóvenes habían sido detenidos en este tiempo, cuántos formalizados, condenados, derivados, etcétera. Una revisión general de esta información podría llevar a un lector lego a creer que Chile tiene un sistema de justicia juvenil que funciona, que hoy hay menos jóvenes delincuentes en las calles, porque cada vez más delitos son investigados y resueltos. Además, dicho inexperto lector podría pensar que los jóvenes delincuentes no sólo están siendo castigados, sino que además se les está entregando una intervención especializada, programas de educación, capacitación y tratamiento de drogas. Podría incluso ver reafirmadas sus ideas, ya que tras reconocer un importante error en las cifras, el ministro de Justicia aseguró que este sistema disminuía la brecha de impunidad drásticamente y usaba la privación de libertad como último recurso,

Una lectura más experta, sin embargo, entrega un análisis opuesto. Al respecto, conviene aclarar cuál es la verdadera realidad de este nuevo sistema.

Comencemos con el sistema de justicia. Cabe recordar que esta reforma se inserta en el sistema procesal penal vigente. Aunque muchos hablaron de un posible colapso cuando la ley comenzara, éste no se produjo. La razón de esto no estuvo en las correctas estimaciones realizadas por la autoridad, sino en el hecho de que, al colgarse de un sistema funcionando, este último fue capaz de absorber la nueva demanda y sostenerla. Sin duda esto es positivo, pero impacta en la eficacia y correcto desempeño de la Justicia, así como en su funcionamiento y calidad de las respuestas.

Aunque nunca se contemplaron tribunales, defensores o fiscales exclusivos, la ley establece la especialización de los actores como forma de asegurar una intervención adecuada respecto de los jóvenes. Hoy, sin embargo, no se puede afirmar que dicha especialización se dé en todos los casos, lo que revela una importante cuestión de igualdad ante la ley. La gran cantidad de causas, escaso número de funcionarios, formación y capacitación, levantan dudas respecto a cuán especializada es la respuesta penal que se entrega a los jóvenes. Las instituciones deberían fortalecer los procesos de especialización ya iniciados y consolidarlos a través de una adecuada planificación y asignación de recursos. De lo contrario, sólo se estaría retrocediendo importantemente respecto de los fines que la ley persigue.

Sigamos con el sistema de ejecución a cargo de Sename. Dadas las actuales condiciones, la reformulación de este sistema debe ser radical.

Y tan profundo debe ser este cambio, que debe incluir no tan sólo la construcción de 10 nuevos centros de alto estándar anunciados por la Presidenta, sino fundamentalmente la reformulación de la institucionalidad a cargo y la completa modernización de los equipos técnicos y profesionales, tanto en el medio libre como en los centros privativos de libertad. De no mediar una real reforma, sólo se corre el riesgo de que miles de millones de pesos que se gastarán en construir estos centros sean dinero mal invertido y, a la larga, perdido.

Un sinnúmero de otros temas -desde la falta de agua para apagar incendios, el excesivo uso de la internación provisoria, la carencia de un sistema unificado de estadísticas, hasta la precariedad de las intervenciones psicosociales- podría ser analizado, y se llegaría siempre a la misma conclusión: la permanente crisis del recién implementado sistema de responsabilidad penal adolescente.

Este sistema requiere de profundas modificaciones, inversiones y evaluaciones. De prolongarse la situación actual, se condicionan las posibilidades reales de intervención con los jóvenes y un verdadero impacto en su participación en actividades delictivas. Además, recibirán cada vez que reingresen al sistema una respuesta más dura de parte de la justicia, sin que haya existido una real intervención y oportunidad de reinserción. Estas modificaciones son urgentes y necesarias, salvo que lo único que se espere de esta reforma sea números de aprehendidos, imputados y condenados, como el balance realizado por la autoridad."

Francisca Werth W.
Directora de Proyectos Fundación Paz Ciudadana

lunes, 16 de junio de 2008

Editorial de El Mercurio


Mala política pública en justicia juvenil

"El gravísimo problema de delincuencia en Chile es el resultado de que, en su conjunto, las políticas de prevención y control no son eficaces. Revertir este cuadro requiere profundas modernizaciones en un conjunto de instituciones, para lo cual no sólo se precisa el conocimiento técnico más avanzado en cada una de estas políticas, sino que él se plasme en proyectos que sean efectivamente implementados.

En días recientes, el Ministerio de Justicia dio a conocer un balance del primer año de funcionamiento del nuevo sistema de justicia juvenil, una de las piezas con mayor impacto potencial en las tasas delictivas. Este informe -en realidad, sólo una presentación, sin un texto explicativo- ejemplifica las deficiencias existentes en este ámbito. En primer lugar, se trata de una lectura superficial de un conjunto incoherente de datos, construido sin tomar en cuenta requisitos metodológicos mínimos ya generalmente aceptados, tales como el considerar los mismos meses de años sucesivos para hacer comparaciones. El error cometido en cuanto al incremento de las aprehensiones juveniles -el 80 por ciento inicial debió ser rectificado a nueve por ciento, lo que causó la salida del jefe del Departamento de Menores del ministerio y de miembros de su equipo- denota la excesiva e incomprensible premura con que se entregó este balance y la falta de colaboración entre dicho ministerio y las instituciones fuentes de los datos. En cuanto al fondo, los datos cuantitativos debieron ser analizados en mayor profundidad en relación con los efectos que las aprehensiones y sanciones tendrían sobre la delincuencia. Por ejemplo, se calificó como eficaz el sistema porque en 10 meses el 70 por ciento de las causas está terminado -hecho que, por lo demás, sería indicativo del sistema procesal penal, pero no de la justicia juvenil-, sin analizar la calidad de dichos términos.

Desde sus inicios, la colaboración técnica de los especialistas no fue suficientemente considerada en esta reforma. Ha primado la idea de que lo factible de realizar, por poco que fuese, era preferible al sistema antiguo, y la premura ha derivado, por ejemplo, en que el director del Sename declare que las mejoras en los programas de rehabilitación se lograrán mediante la futura construcción de nuevos centros. Así, un pilar esencial del nuevo sistema estaría plenamente operativo sólo cinco años después de su inicio.

La preeminencia de los tiempos políticos por sobre los contenidos técnicos ha redundado en una política pública de mala calidad, y en que la promesa de una segunda oportunidad para estos jóvenes -uno de los segmentos más marginales de nuestra sociedad- no se cumpla."

viernes, 14 de diciembre de 2007

Editorial de El Mercurio: Internación Provisoria


El Ministro de Justicia ha señalado que poco se puede hacer respecto de los menores sometidos al régimen cautelar de internación provisoria, ya que, en virtud del principio de presunción de inocencia, ellos se encuentran privados de libertad sólo por un tiempo breve y pueden elegir si quieren o no participar en algún programa mientras dure esta medida.

La internación provisoria es una medida cautelar similar a la prisión preventiva en el sistema para adultos, que puede ser impuesta a menores de edad imputados de haber cometido un delito grave, que respecto de un adulto sería considerado crimen. Este régimen debe ser usado como último recurso cuando no exista otra medida cautelar menos gravosa que cumpla igual objetivo.

Dados los principios del sistema de justicia juvenil y las normas legales, se estimó que pocos jóvenes serían sometidos a esta medida y, en promedio, sólo por corto tiempo. Sin embargo, a seis meses de vigencia del nuevo sistema, el número de jóvenes que han sido internados provisoriamente supera con creces las previsiones: según datos del Ministerio Público, en sus cinco primeros meses, más de mil jóvenes habían sido sometidos a esta medida cautelar, lo que ha recargado adicionalmente a un sistema que comenzó a operar sólo con las condiciones mínimas.

Debe estudiarse por qué más jóvenes de lo esperado han sido privados de su libertad como forma de cautelar el proceso -¿gravedad de los ilícitos cometidos, mayor peligro de fuga, criterios tutelares que aún se mantienen en el nuevo sistema?-, pero no es acertado aseverar que no cabe ninguna intervención respecto de ellos. Aunque debe primar el principio de inocencia y no se puede considerar responsable al joven mientras no exista sentencia condenatoria, sí es dable aplicar varias medidas y programas que ayudarían a lograr el control del joven y su reinserción en la comunidad.

El tiempo en que el menor se encuentre en un centro del Sename puede ser aprovechado para realizar un acabado diagnóstico suyo y de su situación familiar, así como para asegurar que retome sus estudios y realice actividades que aporten a su desarrollo. Debe trabajarse también en lograr que, cuando salga en libertad, se continúen los esfuerzos de reinserción en la comunidad a la que ese joven retorna. Para lo anterior, no es necesario reformar la ley: simplemente, deben estructurarse adecuadamente los programas de los centros, gestionando los recursos y evaluando sus resultados. Estimar que nada puede hacerse respecto de los jóvenes internados provisoriamente porque la ley los presume inocentes es negar la posibilidad de iniciar un pronto trabajo de resocialización y condenarlos anticipadamente a perder el tiempo en espera de una resolución judicial.

lunes, 12 de noviembre de 2007

Editorial de hoy en El Mercurio

El 22 de octubre, 10 menores fallecieron en un incendio en un centro de reclusión del Sename, en Puerto Montt. Según la información preliminar —que deberá completar la investigación por la fiscalía de la zona—, la reacción de los funcionarios del mismo ante tal emergencia fue deficiente, y no se desplegó un operativo de rescate coordinado con bomberos que hubiese permitido evitar, al menos, algunas de las muertes. De ser así, el Estado falló en su deber de velar por la integridad física de personas que estaban bajo su custodia. Quedó de manifiesto, además, que el sistema de cumplimiento de sanciones de la nueva justicia juvenil presenta graves problemas de seguridad y calidad.

Las respuestas oficiales se resumen en que el Sename está realizando un sumario interno con una duración de 20 días, a cargo de la ex diputada Fanny Pollarolo —cuya imparcialidad ha sido cuestionada, pues desde marzo de 2007 es funcionaria a contrata de esa entidad y en los últimos seis meses de 2006 recibió más de ocho millones de pesos en honorarios por colaborar en el diseño de modelos educativos de intervención para los centros—. Ese servicio ha anunciado también la construcción de un nuevo centro que duplica la capacidad del actual en Chol Chol, hoy sobrepoblado y cuya dotación de Gendarmería se ha acordado incrementar. El ministro de Justicia ha propuesto legislar para permitir el ingreso de gendarmes a los recintos sin necesidad de que las autoridades civiles de éstos lo requieran. En fin, el director del Sename ha recordado que su cargo es de exclusiva confianza presidencial.

En el ámbito legislativo, el presidente del PS presentó una querella por cuasidelito de homicidio contra quienes resulten responsables; la UDI ha anunciado que pedirá a la comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara investigar la tragedia, y diputados socialistas anunciaron que pedirán a la comisión de DD.HH. citar al ministro de Justicia y a autoridades del Sename para que expliquen lo ocurrido y establecer las responsabilidades políticas.

En realidad, hay debilidades estructurales en las políticas y los procedimientos del Ministerio de Justicia. Lo ocurrido en justicia juvenil y de familia, y los problemas que enfrenta la nueva justicia laboral ratifican que aquél está superado por demandas que no puede atender eficientemente con los equipos ni los métodos operativos con que hoy cuenta. Esto se traduce en políticas de mala calidad, que impiden una buena gestión y ejecución. A lo anterior se suman el cuoteo político en los cargos de responsabilidad y las presiones por hacer políticas públicas indiferentes a lo técnicamente recomendable.

Todo ello hace que Chile se encuentre hoy con un sistema que menoscaba los derechos fundamentales de los jóvenes más vulnerables de la sociedad —lo confirma el caso de abusos sexuales por un funcionario del Sename recién denunciado— y con una administración del vital sector justicia que no está en condiciones de desarrollar políticas de Estado de largo plazo y de alta calidad. Esto no puede mantenerse indefinidamente.

viernes, 2 de noviembre de 2007

Editoriales de El Mercurio


Justicia juvenil: ¿cuál es el plan?

Estudios de gran envergadura en países como EE.UU. indican que la participación temprana en actos violentos o antisociales tiene fuerte correlación con una posterior trayectoria de vida marcada por la delincuencia, conflictos con la justicia, problemas de inserción laboral y social, e incluso probabilidad de una muerte violenta temprana.

Por otra parte, en las últimas décadas se ha revertido la desesperanzadora conclusión a que se había arribado en los años 60 y 70 en cuanto a que la rehabilitación no funciona. Se ha confirmado que, por el contrario, algunas acciones, bien ejecutadas, pueden efectivamente reducir la reincidencia delictiva. Lo anterior ha llevado a los países avanzados a desarrollar sistemas de justicia juvenil distintos del de adultos, con procedimientos y penas especiales, que, en general, ponen énfasis particular en educación y formación.

Después de décadas con un sistema que incluso violaba los tratados internacionales suscritos por Chile sobre los derechos de los menores de edad, nuestro país cuenta desde junio de 2006 con una justicia juvenil propiamente tal. Sin embargo, la muerte de 10 menores en un centro del Sename en Puerto Montt, en octubre, ha evidenciado los graves defectos del sistema. En este caso, dos informes remitidos en agosto habían advertido al director de ese servicio sobre las condiciones de inseguridad del recinto y conductas inapropiadas de Gendarmería, pero al parecer fueron ignorados, y ahora se pide al Ministerio de Justicia informar si se adoptaron o no medidas al respecto.

Ya antes de su puesta en marcha -que había sido postergada un año-, una comisión de expertos que complementó el análisis técnico con visitas a distintos centros concluyó que no existían las condiciones para iniciarlo con éxito. Se detectaron problemas relativos a inexistencia de la infraestructura requerida y a insuficiencia de la cantidad y calidad de los programas a los que los jóvenes serían sometidos, además de defectos en la nueva legislación. Sin embargo, como una nueva postergación era costosa para la imagen del Gobierno, éste insistió en que se aprobara su puesta en marcha, asegurando que las condiciones existentes en ese momento, si bien mínimas, eran suficientes, y serían mejoradas sustancialmente en el mediano plazo. Pero a casi un año y medio de ello, la ciudadanía aún carece de información pública sistematizada respecto del estado actual de la red de centros que deben atender o albergar a los jóvenes infractores de ley. Declaraciones del juez del tribunal de garantía de Puerto Montt competente en este caso, de funcionarios del mismo Sename y antecedentes dados a conocer por los medios indican que el flujo de jóvenes supera ampliamente las estimaciones; que existen problemas estructurales respecto del funcionamiento y, en algunos casos, sobrepoblación de centros; de coordinación entre los actores que intervienen en el proceso de imposición de las sanciones, y de calidad y cobertura de los programas de rehabilitación a los cuales los jóvenes están siendo derivados.

Ante este panorama, la respuesta del ministerio se ha limitado a una propuesta legal que permitiría a Gendarmería ingresar a los centros, sin necesidad de petición por las autoridades civiles de los mismos. Eso no basta ni sirve. Los problemas ya conocidos exigen una respuesta enérgica e integral de las autoridades, y el diseño y aplicación de una estrategia concreta respecto de cómo, cuándo y con qué recursos ellos se van a remediar. Esto es impostergable. La tragedia de Puerto Montt puede repetirse en cualquier momento en otro lugar. Los propios funcionarios del Sename han advertido públicamente que sus centros actuales son "una bomba de tiempo". El país no puede aceptar que esa bomba estalle.

Hace 1 semana la editorial centró el tema y me parece que su lectura resulta un aporte al sistema:
RESPONSABILIDAD Y REMORDIMIENTO

"La madrugada de ayer 8 jóvenes de entre 16 y 17 años murieron y siete sufrieron lesiones y quemaduras de diversa gravedad, en un incendio provocado por los mismos internos dentro del Centro de Rehabilitación Conductual “Tiempo de Crecer” ubicado en la ciudad de Puerto Montt, dependiente de Sename cuando los jóvenes, internados provisoriamente – terminología que designa a la prisión preventiva en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente- encendieron una fogata al interior de una de las salas.

Ante esta gravísima e inaceptable situación, ni el Gobierno ni Sename pueden mostrarse sorprendidos: antes que se pusiera en marcha el nuevo sistema de responsabilidad penal adolescente, el 8 de junio pasado, múltiples advertencias hicieron ver su extrema precariedad. La Comisión de Expertos convocada para evaluar la implementación de la ley 20.084 tras su postergación en junio de 2006, consignó en sus dos informes que el sistema carecía de las condiciones mínimas necesarias para iniciar su funcionamiento, y que los estándares de atención, cobertura e infraestructura no eran suficientes.

Pocas semanas antes del 8 de junio, los funcionarios de Sename iniciaron una huelga en demanda de mejores condiciones laborales y en protesta por el riesgo evidente con que se desempeñaban en el interior de los centros: falta de personal especializado, insuficientes programas educacionales, extraprogramáticos y de formación laboral, y por sobre todo, una fuerte presencia de violencia y cultura carcelaria entre los adolescentes atendidos.

No obstante, el Gobierno decidió comenzar la implementación de la ley en la fecha prevista, asegurando que pese a que el sistema sólo contaba con las condiciones básicas, existían las garantías suficientes para asegurar su continuo perfeccionamiento. Los hechos prueban que estas condiciones básicas del sistema no alcanzaron para garantizar la seguridad de los jóvenes privados de libertad en la X Región.

Peor aún, después de su puesta en marcha continuaron las alertas que habrían exigido una inmediata corrección: en julio un grave motín en el centro de reclusión de Chol Chol, sin víctimas fatales, pero sí importantes pérdidas materiales –más de 70 millones de pesos- y hace algunos días hubo dos intentos de amotinamientos en el centro de menores Lihuén, V Región. En el último caso, Gendarmería señaló que existía escasez de funcionarios y una ausencia total de medidas de segmentación entre los jóvenes condenados y aquellos internados provisoriamente, hecho que además, se agravaba por la presencia de condenados mayores de 18 años y con un mayor compromiso delictual. No se conocieron correcciones

En contraste con estas realidades, la semana pasada el SENAME entregó su primer balance sobre el funcionamiento de la ley, señalando que nueve de cada diez jóvenes cumple satisfactoriamente las medidas cautelares en libertad a las que son derivados por la justicia, tras haber sido aprehendidos por la comisión de un delito. Pese a que lo importante de este sistema no es cuantos jóvenes cumplen las medidas cautelares que les son impuestas, sino cuántos no comenten nuevos delitos y logran reinsertarse tras su paso por el sistema, la información entregada por Sename parecía alentadora.

Pero lo ocurrido en Puerto Montt pone a SENAME al desnudo y no puede sino causar indignación y alarma. Es evidente que la promesa de reinserción y rehabilitación que el nuevo sistema ofrecía, es ahora imposible para quienes murieron en la ciudad de Puerto Montt. Es en aquellos jóvenes que fallecieron en donde se hace patente que las condiciones básicas del sistema estaban lejos de ser las necesarias para garantizar la seguridad de los menores privados de libertad.

El cambio de la legislación penal juvenil era necesario, y en ello existía amplio consenso: no se podía continuar con el anacrónico sistema basado en la declaración de discernimiento ni en la aplicación de la ley penal adulta a menores de edad. Pero la oportunidad de haber legislado sin imposiciones de consideraciones políticas, sobre consensos técnicos en cuanto a las condiciones necesarias para el funcionamiento adecuado del sistema, fue desechada por la premura y la improvisación. Tras el aparente funcionamiento del sistema durante los primeros meses, estas ocho muertes evidencian los errores cometidos durante el diseño e implementación de este nuevo sistema. Si las advertencias, informes de expertos y evaluaciones previas no fueron suficientes para mover a profundas rectificaciones, ahora ya no hay excusas para emprenderlas no sólo con seriedad técnica, sino con el debido remordimiento."