jueves, 29 de diciembre de 2011

Comunicado de Comisión Interamericana de Derechos Humanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebró su 143er Período ordinario de Sesiones del 19 de octubre al 4 de noviembre de 2011. La CIDH está integrada por Dinah Shelton, Presidenta; José de Jesús Orozco Henríquez, Primer Vicepresidente; Rodrigo Escobar Gil, Segundo Vicepresidente; las Comisionadas Luz Patricia Mejía y María Silvia Guillén, y los Comisionados Felipe González y Paulo Sérgio Pinheiro.

El Secretario Ejecutivo es Santiago A. Canton. Emitió un comunicado y un anexo, en los que, en lo más interesante para nosotros, señala: "La Comisión recibió información relacionada con el uso desproporcionado de la fuerza y presuntas detenciones arbitrarias en contra de estudiantes, muchos menores de edad, por parte de las fuerzas públicas chilenas dentro del contexto de las manifestaciones estudiantiles a lo largo del 2011. La Comisión reitera el deber que tienen los Estados de investigar, procesar y sancionar diligentemente, conforme a la justicia penal ordinaria, a los presuntos responsables de violaciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes, así como el deber de garantizar legalmente los derechos de libertad de expresión y de reunión de niños, niñas y adolescentes conforme a los estándares internacionales."

"En el marco de la audiencia sobre los sistemas de Justicia Penal Juvenil en las Américas, la Comisión recibió información según la cual las condiciones de reclusión en las que se mantiene a los niños y adolescentes privados de libertad sigue siendo muy precaria en varios países de la región. Las organizaciones señalaron como principales deficiencias la falta de servicios sanitarios adecuados, las pocas posibilidades de privacidad durante las visitas, la violencia ejercida por el personal contra los internos, la falta de conocimiento y difusión de los reglamentos que rigen la vida en los establecimientos y la falta de programas de estudio y capacitación."

 "Finalmente, la Comisión recibió información sobre derechos humanos y manifestaciones públicas en Chile, incluyendo el Decreto 1086 de 1983, que regula las manifestaciones en el país, e incidentes de violencia que habrían ocurrido en el marco de las protestas estudiantiles del presente año. El Estado informó de los procesos administrativos llevados a cabo con relación a miembros de la fuerza pública acusados de cometer abusos, y reconoció la obligación pendiente de reformar su marco jurídico en materia de la jurisdicción penal militar. La CIDH reitera supreocupación por los hechos de violencia ocurridos en las manifestaciones estudiantiles en Chile, y nuevamente llama al Estado chileno a adoptar las medidas necesarias para asegurar el pleno respeto por los derechos a la libertad de expresión, a la reunión y a la manifestación, imponiendo solamente aquellas restricciones que resulten estrictamente necesarias y proporcionales y que tomen en cuenta la obligación especial del Estado de garantizar los derechos de los estudiantes secundarios y universitarios."

martes, 27 de diciembre de 2011

2011: Mi balance en justicia juvenil


De lo más relevante de este 2011 me parece que ha sido lo siguiente.

En publicaciones y estudios, destaca el trabajo de Gonzalo Berríos, Jefe de la Unidad de Defensa Penal juvenil de la DPP, y Luis Vial, de UNICEF Chile, quienes entregaron al público, tanto en papel como en digital, su trabajo de análisis estadístico 3 años de vigencia de Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
Aunque sólo está basado en la información disponible en la base de datos de la Defensoría, ofrece una panorámica bastante consistente con el trabajo efectuado el 2010 por SENAME, y, mejor aún, entrega novedosa información. Reiteran la inconsistencia del sistema judicial que ordena internaciones provisorias en forma absolutamente desmedida. Llaman la atención al alto número de condenas a régimen cerrado obtenidas a través de juicios abreviados, lo que resulta una rareza preocupante. Y reconocen el restrictivo uso de las condenas a privación de libertad, en términos generales, y el valor de la libertad asistida especial que ha permitido una condena a medio libre en el rango penal del art. 23 N°2.
El rigor del trabajo aparejado a su claridad expositiva y al acertado uso de gráficos lo convierten en el trabajo más relevante en el medio nacional.

En el ámbito internacional, el Informe sobre Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, resulta ser el documento más relevante del 2011. El informe, que contó con la colaboración de Javier Palummo, entre otros, identifica los estándares internacionales de derechos humanos que deben ser observados por los sistemas de justicia juvenil en las Américas. La Comisión señala en el informe su preocupación por las debilidades de los sistemas de justicia juvenil, debido a la distancia entre el discurso y la realidad que enfrentan los niños, niñas y adolescentes acusados de haber infringido la ley penal en la región. En este informe, la Comisión analiza cómo, con excepción de algunos pocos ejemplos de buenas prácticas, los sistemas de justicia juvenil del continente se caracterizan por la discriminación, la violencia, la falta de especialización y el abuso de las medidas de privación de libertad. En el informe, la Comisión exhorta a que los Estados tiendan a abolir la pena privativa de la libertad aplicada a niños, niñas y adolescentes y hace recomendaciones orientadas a fortalecer las instituciones, leyes, políticas, programas y prácticas relativas a la justicia juvenil en la región.

En cuanto a eventos, seminarios, y conferencias,  creo que indiscutiblemente, la actividad más relevante del año fue el Seminario Internacional sobre Justicia Juvenil, organizado por el Depto. de Psicología de la UFRO, liderado por Ricardo Pérez-Luco, realizado entre el 28 de marzo (Temuco y workshop en Pucón) y el 5 de abril (Santiago). La oportunidad de debatir al más salto nivel con expertos de primera línea de Cánada, España, EE.UU., Portugal, Francia, Italia, Brasil, Perú, Argentina, Colombia, México y Uruguay, ha sido de gran provecho para la comunidad nacional y para el equipo de la UFRO que encabeza la investigación con fondos Fondef sobre mejoras al sistema de intervención con infractores juveniles. Es de destacar que las ponencias quedaron disponible en la muy robusta web del seminario y que ha mantenido presencia en facebook articulando una comunidad virtual en su derredor.

En el ámbito de la jurisprudencia, y aunque quizá no parezca de justicia juvenil, creo que ha sido una gran noticia la posición asumida por la Corte Suprema de Chile, que en todos los casos en que se ha debatido la expulsión de jóvenes a consecuencia de las movilizaciones estudiantiles ha aplicado la Convención de Derechos del Niño y las ha declarado, sin excepción durante el 2011,  ilegales y violatorias de reglas mínimas de debido proceso.





Al nivel del trabajo en intervención, creo que lo más valioso son las nuevas orientaciones técnicas para el trabajo en centros cerrados. Creo que a diferencia de normas anteriores, carecen de una retórica que las inscribía en un modelo maximalista y más bien se inscriben en la corriente o enfoque del  "qué funciona" (what works), que, con base en evidencia disponible ofrece cursos de acción para el trabajo. Se posicionan en el enfoque RNR, de Riesgo, Necesidad y Receptividad (o capacidad de respuesta), de Andrews y Bonta que pese a críticas marginales de diverso espesor, es la mirada predominante en los sistemas comparados de justicia juvenil. Es preciso adaptar ese enfoque a nuestra realidad y, por cierto, tener una norma técnica es sólo el primer paso de un proceso de mejoramiento. Es necesario difundirlas, homogeneizar vocabulario, proporcionar una formación mínima, modelar prácticas, monitorear los cambios, reforzar lo indispensable de tener reuniones de discusión clínica semanales o quincenales cuando más, y compartir las buenas prácticas. Pero todo eso, sin un diseño sencillo e informado es de curso incierto.
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martes, 20 de diciembre de 2011

Tiempo para celebrar. Nuevo Protocolo Facultativo a la Convención de Derechos del Niño sobre un procedimiento para comunicaciones

Ayer lunes la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el texto de un nuevo tratado internacional de derechos humanos de la niñez. Dejo el comunicado oficial del grupo de trabajo de ONG's que hizo posible este logro.

"Con este nuevo Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos del Niño relativo a "comunicaciones" o a un procedimiento de quejas, la comunidad internacional ha puesto efectivamente los derechos de los niños en igualdad de condiciones con los demás derechos humanos y reconoció que los niños, niñas y adolescentes también tienen el derecho a apelar a un mecanismo internacional, al igual que los adultos.

Ahora los niños, niñas y adolescentes que son víctimas de abusos y violaciones a sus derechos humanos, tendrán la posibilidad de presentar una queja ante el Comité de Expertos Internacionales, el Comité de Derechos del Niño de la ONU (el Comité), si no han logrado obtener las respuestas legales necesarias a estas violaciones en sus países.

Hoy celebramos el histórico paso adelante que se ha hecho para la protección de los niños, niñas y adolescentes y sus derechos humanos. Esto no habría sido posible sin el compromiso constante e incansable y la dedicación de todos los actores involucrados. En particular, queremos reconocer y agradecer al Grupo Central de Estados que ha liderado el proceso y el gran número de Estados de todas las regiones, que han apoyado la creación de este nuevo Protocolo.

También queremos agradecer a todos los involucrados por su participación constructiva y felicitar al Presidente del Grupo de Trabajo por su compromiso para hacer de este nuevo instrumento una realidad.

Hacemos un llamado a todos los Estados para iniciar las discusiones y los procesos nacionales en vista de la ratificación del nuevo Protocolo Facultativo tan pronto como sea posible, y les instamos a firmar el nuevo Protocolo Facultativo en la ceremonia oficial de firma que se celebrará en el 2012, para demostrar así su compromiso con la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Invitamos a todas las organizaciones interesadas a unirse a nuestra campaña de ratificación internacional para el nuevo Protocolo Facultativo."



Declaración de Marta Santos

viernes, 16 de diciembre de 2011

Facultad de Derecho UC premió a ganadores del Concurso Revista Chilena de Derecho 2011. Artículo sobre La sustitución de la pena juvenil, de mi autoría, ganó en categoría Derecho Penal.


El 13 de diciembre, en el salón Aquiles Portaluppi de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, se realizó la premiación del Concurso Revista Chilena de Derecho 2011, iniciativa que busca fomentar la publicación y el desarrollo de investigaciones de conocimiento científico-jurídico poco tratadas por el medio nacional.
El concurso premió a tres investigaciones jurídicas en las especialidades de Derecho Penal, Derecho Internacional – Público y Privado- y Derecho Comercial y Análisis Económico del Derecho. Luego de meses de análisis y selección por parte del jurado del concurso, compuesto por los docentes de Derecho UC Hernán Salinas, Raúl Novoa y Alex Van Weezel, el galardón al reconocimiento a la investigación jurídica especializada en Derecho Comercial recayó en el abogado Fernando Fernández, con su estudio “El Requisito de la No Obviedad en el Derecho de Patentes Chileno: Una Valorización Crítica”.

El reconocimiento a la investigación jurídica especializada en Derecho Penal recayó en el abogado Francisco J. Estrada, con su publicación “La Sustitución de Pena en el Derecho Penal Juvenil Chileno”. 

Finalmente, el premio a la investigación jurídica especializada en Derecho Internacional recayó en la abogada Ana María Muore, con su artículo titulado “La Figura del Defensor del Pueblo en el Marco de la Unión Europea”.

Durante la ceremonia de premiación, encabezada por el Decano de la Facultad de Derecho UC, Roberto Guerrero, y la Directora de la publicación, Ángela Vivanco, se hizo entrega a los ganadores de un galardón, junto con la asignación en dinero correspondiente al premio. El Concurso Revista Chilena de Derecho 2011 se enmarca dentro del proyecto CONICYT FP10014 “Revista Chilena de Derecho: modernización, expansión e incentivo al desarrollo del conocimiento científico-jurídico”.

Agradezco al decano, Roberto Guerrero, a la directora de la revista, la profesora Angela Vivanco, y a su joven y talentoso equipo esta distinción.

viernes, 9 de diciembre de 2011

10 Errores del Anteproyecto de Ley que reorganiza el actual Servicio Nacional de Menores


El ejecutivo discute en estos días un texto de anteproyecto de ley que reorganiza el actual SENAME, creando dos nuevos servicios de atención a la infancia y adolescencia.

Creo que es necesaria una amplia discusión de este documento porque me parece un muy mal proyecto con una serie de errores de diversos tipo, de los que sólo me voy a referir en esta oportunidad a 10.



Fragmento:

10. Los servicios no se miran dentro de un sistema. 

De la lectura del anteproyecto y pese a menciones de coordinación interinstitucional, no se concibe que tanto la protección e derechos de niños gravemente vulnerados, como la justicia juvenil con vistas a la responsabilización y reinserción, son dos sistemas. La mirada sistémica es imprescindible para que se produzcan cambios efectivos en los niños, niñas y adolescentes.

El rol de los servicios estatales, entonces, no es sólo de actores que reproducen una gestión insular ad intra y entre ellos, sino de actores que, por mandato legal, y no ya por la “sensibilidad”, la “benevolencia” o la “buena onda” de sus autoridades comparten información, coordinan prestaciones, supervisan conjuntamente, establecen metas compartidas. ¿Cómo el aparato estatal va a exigir a los colaboradores énfasis en la complementariedad de las intervenciones si el mismo estado no es capaz de hacerlo?

El abuso sexual infantil, los niños en situación de calle, el abandono y maltrato infantil, los graves casos de severas patologías de salud mental infantil no son posibles de resolver por un servicio público en solitario. La reinserción de jóvenes y la interrupción de sus carreras delictivas, el afianzamiento de procesos de desistimiento no son tareas que ningún servicio público pueda enfrentar con un mínimo éxito sin entender que son tareas de un sistema.
Nada en el anteproyecto nos hace pensar que el sistema de protección y el sistema de justicia juvenil van a cambiar con los nuevos servicios que aquí se establecen, del momento que el anteproyecto carece de esta mirada sistémica, en las dos (o tres, agrego yo) áreas en que se dividirá el actual SENAME."


ESTRADA (2011). 10 Errores del Anteproyecto de Ley que reorganiza el actual Servicio Nacional de Menores.

Anteproyecto de ley que reorganiza el actual SENAME, creando dos nuevos servicios de atención a la infancia y adolescencia.

Nuevo: Acá pueden acceder al Borrador de Anteproyecto de Nueva Institucionalidad trabajado en la administración anterior.

lunes, 5 de diciembre de 2011

El Informe MUNRO: Un sistema centrado en el niño

El sistema inglés de protección de niños, un sistema que ha sido un referente para SENAME desde casi una década, ha vivido lamentables tragedias de muertes, abusos y maltratos, que pudieron y debieron haber sido evitados.

El 10 de junio del 2010, el ministro de Educación (la cartera ministerial de la que depende el sistema de protección de niños) anunció que le había solicitado a la destacada profesora del LSE Eileen Munro que dirigiese una completa revisión del sistema. (La carta con los términos de la solicitud puede ser revisada acá), con el foco puesto en fortalecer la profesión del trabajo social, a fin de ponerles en una mejor posición para que formulen juicio bien informados basados en la evidencia y en los mejores intereses del niño (el interés superior) y libres de burocracias y regulaciones innecesarias.

La profesora Munro entregó reportes interinos a comienzos de año y un Informe final en abril del 2011.
Luego de ese informe, se ha desarrollado un proceso de implementación de las recomendaciones Todo ese trabajo puede revisarse en la web armado a tal efecto.

Creo que es necesario estudiar y difundir estos trabajos ya que muchos de los problemas identificados en el sistema británico están ampliamente presentes en nuestro sistema. Una primera lectura del acucioso informe tiene la sorprendente conclusión de que todos los errores presentes hoy en el sistema inglés están, desde mi experiencia, presentes en nuestro sistema.
Hay, además, alcances a la formación y capacitación permanente de los trabajadores sociales que son de gran relevancia para quienes trabajan en la universidades.

Un eje articulador del trabajo de Munro (y presente en otros ya clásicos estudios que ella ha llevado a cabo) es la revisión crítica del proceso de toma de decisiones y argumentación profesional de los operadores del sistema de protección. Creo que esa área ha sido muy poco abordada entre nosotros pero basta la lectura de cualquier expediente proteccional, o de informes psico-sociales para acreditar que es un área muy muy débil de nuestro sistema. De hecho, tengo la impresión que los esfuerzos de mejora de los últimos años han pasado por alto esta área y se han concentrado en los temas de fondo, por así llamarlos, sin provocar el impacto esperado porque las habilidades y prácticas subyacentes no existen.
Me refiero a diagnósticos rígidos, escasa capacidad de comunicación con las redes, hipótesis iniciales que no se revisan a la luz de nuevos antecedentes, sobreintervención, extravío del control de la situación inicial de riesgo, sesgos y prejuicios respecto de determinadas poblaciones, protocolos de intervención que no se cumplen, entre otros problemas.

Una cuestión no menor es cierta práctica inglesa, desconocida entre nosotros, de reaccionar ante estos fracasos del sistema con estudios y reportes técnicos. Por acá, nuestra práctica ininterrumpida discurre por dos vías: el sumario administrativo, que persigue determinar responsabilidades administrativas y que no suele estar a cargo de un técnico, y la investigación judicial,  que persigue responsabilidades penales y, eventualmente, civiles, y que dirige un fiscal y decide un juez, ambos, por cierto, legos en lo técnico.
El trabajo clásico al que aludí supra,  (Munro, (1999). Common errors of reasoning in child protection work) examinó 45 de estas investigaciones efectuadas en Inglaterra entre 1973 y 1994.

MUNRO (2011). The Munro Review of Child Protection. Final Report. A child-centred system.

MUNRO (2011). The Munro Review of Child Protection. Interim Report: The Child’s Journey.

MUNRO (2011). The Munro Review of Child Protection. Interim Report: Part one: A systems analysis.

viernes, 2 de diciembre de 2011

Cursos para Jueces adjudicados por la Academia Judicial

La Academia Judicial ha entregado los resultados del proceso de concurso del Programa de Perfeccionamiento para sus jueces y consejeras(os) técnicas(os).

Como en los años 2008, 2009 y 2010, la Academia me ha adjudicado los cursos 2012 de:
- Medidas de protección y derechos del niño, en Concepción.
- Derecho de Alimentos, en Santiago; y 
- Los Consejos de Familia, en Santiago

Postulé a nombre propio coordinando académicamente equipos compuestos por abogados y expertos nacionales en los distintos temas. Agradezco al Consejo de la Academia Judicial su confianza en confirme esta oportunidad de reflexión y formación a jueces, juezas y consejeras y consejeros técnicos del país.


jueves, 1 de diciembre de 2011

Presentación en Seminario de ACJ Valparaíso: Desafíos de la Justicia Juvenil. 30 de noviembre del 2011


El pasado miércoles fui invitado a exponer por mi viejo amigo Augusto Fernández, director de programas de medio libre para jóvenes infractores de ACJ Valparaíso, a un seminario sobre los desafíos de la Justicia Juvenil, que se realizó en la imponente sede de INACAP frente a Caleta Portales. 
Agradezco la oportunidad de compartir mi perspectiva sobre los 12 desafíos de nuestra justicia juvenil en aspectos normativos, de política pública y de intervención. 
 Dejo acá la presentación que expuse y abajo quedan las referencias citadas en el ppt.    
Estrada Seminario ACJ Valparaíso Desafíos de la justicia juvenil en Chile
Referencias de ppt
FERNÁNDEZ, Marco (2006). Prisión común, Imaginario social e identidad 1870-1920, DIBAM, Ed. A. Bello.
BERRÍOS, Gonzalo y VIAL, Luis (2011). 3 años de funcionamiento de la ley de responsabilidad penal adolescente. Unidad de Defensa penal Juvenil, de la Defensoría Penal Pública y UNICEF, Santiago.
In re E.T.C., juvenile, 141 VT. 375 (1982), Supreme Court of Vermont
Fare v. Michael C., 442 U.S. 707 (1979).
ESTRADA, Francisco (2006), “La Renuncia al Derecho a Guardar Silencio por un Adolescente en Nuestro Ordenamiento y en el Estadounidense”, en Revista de Derechos del Niño, Nº 3 y 4, Universidad Diego Portales
Innocence Project. False Confessions. Understanding the causes.
BEYER, Marty (2000). Immaturity, Culpability, & Competency in Juveniles: A Study of 17 Cases, Criminal Justice Nº 15.
GRISSO, Thomas (1980). “Juveniles” Capacities to Waive Miranda Rights: An Empirical Analysis, 68 Cal. L. Rev..
STEINBERG, GRISSO, WOOLARD, CAUFFMAN, SCOTT, GRAHAM, LEXCEN, REPPUCCI, AND ROBERT SCHWARTZ (2003). Juveniles’ Competence to Stand Trial as Adults.

DUCE, Mauricio (2010). “El Derecho a un Juzgamiento Especializado de los Jóvenes Infractores en el Nuevo Proceso Penal Juvenil Chileno”. En Política Criminal, Vol. 5, Nº 10 (Diciembre), pp. 280-340.
COUSO, Jaime (2009): “La política criminal para adolescentes y la Ley 20.084”.
DROPPELMANN, Catalina (2010). “Conceptos Nº 14: Elementos clave en la rehabilitación y reinserción de infractores de ley en Chile”. Fundación Paz Ciudadana.
ROSADO, Lourdes M. editor (2000). Understanding Adolescentes: A Juvenile Court Training Currículum, American Bar Association Juvenile Justice Center, Juvenile Lw Center, Youth Law Center.

REEVES, Matías (2010). Liderazgo directivo en escuelas de alto nivel de vulnerabilidad social. Tesis para optar al grado de magíster en gestión y políticas públicas, Departamento de Ingeniería industrial, Universidad de Chile.
CENTER FOR COURT INNOVATION (2010). Daring to fail. First Person Stories of Criminal Justice Reform.
REINVENTING PROBATION COUNCIL (2000). Transforming probation through leadership: The “broken windows” model.
ANDREWS, D.A. & BONTA. J. (2007). “Risk-Need-Responsivity Model for Offender Assessment and Rehabilitation, Public Safety Canada, 2007.
BAKER, Kerry (2005). Assessment in youth justice: professional discretion and the use of Asset. Youth Justice, 5(2), 106-122.