miércoles, 29 de junio de 2011

Lovera y Contesse: Protestas y derecho

"Los profesores Corral y Silva, preocupados por los excesos cometidos durante las últimas protestas, señalaron en este espacio que es hora de respaldar con firmeza el reguardo del orden público, haciendo recaer parcialmente en los convocantes de las marchas la responsabilidad por los daños y que éstos tomen medidas para que sus actos no devengan en barbarie.

Ellos están en lo correcto cuando citan el derecho a expresarse como fundamento jurídico de las manifestaciones que por estos días se ven en las calles, pero sus conclusiones parecen olvidar la premisa. Protestar es una forma constitucionalmente protegida de expresión. Y como tal, los estándares para su regulación son muy elevados. Desde luego no es un derecho absoluto -ni el derecho a la vida lo es-, aunque es probable que ni Corral ni Silva objetarían lo "costoso" que resulta muchas veces el ejercicio del derecho a la vida como un argumento para limitarlo.

En el derecho comparado e internacional, las restricciones al derecho a protestar deben estar establecidas por ley -en Chile lo están por un decreto emanado de la dictadura militar la cual tenía severa aversión a las manifestaciones públicas-. Además deben ser razonables, encaminadas a lograr el objetivo y, en caso de afectar derechos constitucionales, como ocurre con el derecho a manifestarse, deben ser necesarias. Es decir, de todas las medidas que el Estado implemente, deben evaluarse como constitucionales aquellas que, limitando el derecho en cuestión, lo hagan en la menor medida posible.

Si bien es evidente que la agresión física a policías o particulares no está amparada por este derecho, no es claro, como lo piensan Corral y Silva, que la libre circulación sea un derecho que derrote a todo evento el derecho a protestar. No debe olvidarse que quienes se manifiestan buscan llamar la atención de la autoridad y los demás ciudadanos precisamente porque han sido relegados. Es molesto que a uno le interrumpan el tránsito, pero también lo es que una demanda social sea persistentemente desatendida.

¿Puede atribuirse el resguardo del orden público a los organizadores? No. Si el Estado reclama la seguridad pública como un interés legítimo de ser satisfecho, ¿por qué habría de endosar dicha responsabilidad a los convocantes? Y si así fuera, ¿qué herramientas tendrían estos a su favor? Cuando Carabineros hostiga a manifestantes gatillando los desórdenes -esto no es una hipótesis-, ¿podrían los organizadores actuar para impedir que las mismas fuerzas policiales quebranten la seguridad?

Los autores reclaman razones y, sin embargo, parecen escribir desde las emociones. La prohibición de la protesta requiere de un examen delicado de constitucionalidad para permitir la intervención del Estado y no, como afirman, porque "podrían generarse actos más violentos".
Más que mirar la forma en que sancionan los desmanes lo que ellos llaman "países civilizados", cabría preguntarse qué hace que entre nosotros exista tal nivel de desafección social."

por Jorge Contesse y Domingo Lovera, investigadores del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho, de la Universidad Diego Portales

martes, 28 de junio de 2011

Avanza nuevo Protocolo Facultativo a la Convención de Derechos del Niño sobre Mecanismo de quejas individuales

El Consejo de Derechos Humanos ha adoptado el proyecto final de protocolo facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones para las violaciones a los derechos del niño elaborado por un grupo de trabajo intergubernamental durante diez días en diciembre de 2010 y febrero de 2011.

Esto significa que, muy probablemente, a fin de año, existirá un nuevo protocolo facultativo, y deberemos iniciar campañas para que los estados firmen y ratifiquen el Protocolo.

El nuevo protocolo permitirá que el Comité sobre los Derechos del Niño pueda examinar comunicaciones de los niños y sus representantes, alegando violaciones de sus derechos.

"Sólo podemos aplaudir esta decisión", dijo Anita Goh, responsable de abogacía del grupo de ONG para la CDN, coordinadora de la campaña internacional por el nuevo mecanismo, "a pesar de algunas lamentables omisiones en el texto final, como la supresión del procedimiento de comunicación colectiva , esta es una oportunidad única para traducir en derecho internacional los compromisos de los Estados para proteger y respetar los derechos de los niños. "

El Consejo de Derechos Humanos pidió al Grupo intergubernamental en Junio de 2009 "explorar la posibilidad" de la redacción de este nuevo Protocolo Facultativo. En Marzo de 2010, el Consejo prorrogó el mandato del Grupo de Trabajo para un máximo de diez días para elaborar un protocolo facultativo.

"El nuevo Protocolo envía una señal fuerte de parte de la comunidad internacional de que los niños también son titulares de derechos y que tienen derecho a quejarse a nivel internacional cuando no hay recursos efectivos disponibles para ellos en su país", dijo la señorita Goh, "Vamos a continuar nuestro trabajo para asegurar que el texto final sea adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas este otoño, y esperamos el comienzo de una nueva campaña para la ratificación ".

El proyecto final de protocolo facultativo será transmitido a la Asamblea General de la ONU para su aprobación definitiva en diciembre de 2011.

La Convención sobre los Derechos del Niño es el único tratado internacional de derechos humanos que no tiene un procedimiento de comunicaciones.
Una coalición de más de 80 ONGs, internacionales y nacionales, con el apoyo de más de 600 organizaciones en todas las regiones, ha estado presionando para la creación de este nuevo mecanismo desde el año 2006. La coalición está encabezada por Sara Austin (Visión Mundial) y Peter Newell (Iniciativa Global para Acabar con Todo Castigo Corporal Hacia los Niños) y coordinado por Anita Goh (Grupo de ONG para la CDN).
Un procedimiento de quejas o de "comunicaciones" permite que los individuos, grupos o sus representantes, alegando que sus derechos han sido violados por un Estado que es parte de la Convención, presenten una comunicación ante el Comité competente de la ONU, siempre que el Estado haya aceptado el procedimiento.

Proyecto de Protocolo Facultativo de La CDN Para Establecer Un Procedimiento de Comunicaciones

martes, 21 de junio de 2011

1,1 millones de niños privados de libertad en el mundo

"UNICEF realizó una estimación mundial del número de niños internados en el bienio 2007-2008 y calculó que, en cualquier momento, había más de 1,1 millones de niños recluidos en los sistemas judiciales a nivel mundial, aunque probablemente se trataba de una subestimación grosera, dadas las dificultades para obtener datos acerca de los muchos casos no declarados de niños internados"

en Los niños, los jóvenes y la delincuencia, Informe para el 12° Congreso Mundial de Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal

Los niños, los jóvenes y la delincuencia

Taller de Breakdance en SERPAJ Chile

lunes, 20 de junio de 2011

Magister en Derecho, Universidad Diego Portales


Creo que los Magister en Derecho en la U. Diego Portales, entre varios de sus méritos, destacan por poner en contacto al alumno con profesores que están embarcados en investigaciones de primer nivel.
Jaime Couso, Mauricio Duce, Carlos Pizarro, Iñigo de la Maza, Domingo Lovera, por hablar de los trabajos que conozco más cercanamente,  están llevando adelante investigaciones de relevancia, singulares y con altos estándares, en distintas materias de derecho.
Ser parte de esa comunidad representa acceder un nivel de crítica jurídica que, lamentablemente, nuestra comunidad desconoce, por regla general. Tuve la oportunidad de cursar el Magister de Derecho de Infancia y Familia y fue un gran ocasión de revisar temas de un amplio espectro, desde constitucionales hasta educacionales, desde psicología hasta derecho penal adolescente. La corrección de trabajos y tesis fue un momento de diálogo académico muy intenso y las clases evidenciaban una aproximación al derecho como un fenómeno vivo, con valores y principios que informaban las letras que conformaban las normas jurídicas que estudiábamos. Y, por cierto, la cercanía en el trato con los profesores permitía un amplio debate en las clases.
Recomiendo ampliamente a los lectores de este blog tomar uno de estos magister.

viernes, 17 de junio de 2011

Excelente Carta de mi ex jefe, don Luis Bates: Lenguaje jurídico ciudadano

"Viernes 17 de Junio de 2011

Señor Director:

El lenguaje jurídico claro y comprensible para todos -es decir, ciudadano- es un desafío político relacionado con las necesidades de las personas y, finalmente, con la calidad de la democracia. Comprende múltiples aspectos, como el lenguaje con que se escriben las leyes, las sentencias judiciales, las comunicaciones de los órganos públicos con los usuarios de sus servicios y el que se usa en ciertos contratos en el ámbito privado, incomprensible en todos ellos para gran parte de la ciudadanía. Tiene alcances en el bienestar material de las personas y en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones, como sujetos y no objetos de derecho.

Casos como el de La Polar en Chile y el de Enron en EE.UU. revistenn entre sus múltiples causas, un componente poco percibido: la falta de claridad y transparencia del lenguaje con que se expresa la documentación que respalda los productos financieros y crediticios que se ofrecen al mercado bajo el cual se desarrollan abusos, corruptelas, ocultamiento de verdades y manipulación de ganancias.

El lenguaje con que se escriben las leyes, por ejemplo, es ajeno a quienes deben obedecerlas, en circunstancias de que la ley prohíbe alegar su ignorancia y lo ordenado por ella debe cumplirse incluso forzadamente. Desde otro punto de vista, el proverbial lenguaje técnico legal de los procedimientos y las sentencias judiciales, especialmente aquellas asociadas a los derechos fundamentales de la persona humana, pueden afectar el principio de seguridad jurídica, infringir normas constitucionales como el debido proceso y hacer perder para la ciudadanía sus contenidos educativos y, con ello, la posibilidad de vivir y compartir los valores que sustentan la Constitución y las leyes. Otro tanto ocurre con el lenguaje que se usa en las comunicaciones de los funcionarios de la Administración del Estado para con los usuarios de sus servicios a quienes por mandato constitucional deben servir en el contexto de legalidad a que están sometidos los ciudadanos y los poderes públicos particularmente a partir de la ley de acceso a la información pública.

En el ámbito privado, el lenguaje con que se escriben, por ejemplo, los contratos de salud, seguros, fondos de inversión, consumos y otros de la industria financiera y bancaria son igualmente de difícil comprensión para el ciudadano común.
La necesidad de humanizar el lenguaje técnico-jurídico para que se acerque "traducido" a las necesidades de la vida cotidiana de las personas exige integración de conocimientos de diversas disciplinas y la contribución de órganos públicos y privados. Se trata de un tema de indudable dimensión política, porque tiene que ver con la manera como funcionarios, jueces y gobernantes conciben su misión de representar a los ciudadanos y la función que en sus vidas y en el interés general del país desempeña el derecho.

Luis Bates
Director Centro de Educación Ciudadana Universidad San Sebastián"

jueves, 16 de junio de 2011

Latessa, E.J. & Lowenkamp C.T. (2006) What Works in Reducing Recidivism




Latessa, E.J. & Lowenkamp C.T. (2006) What Works in Reducing Recidivism

miércoles, 15 de junio de 2011

SOLER Public Opinion on Youth, Crime, And Race a Guide for Advocates

SOLER Public Opinion on Youth, Crime, And Race a Guide for Advocates

viernes, 10 de junio de 2011

Ronald P. Corbett sobre el fracaso en la justicia criminal

"¿Es la admisión de fracaso  un problema particular en materia de justicia penal?

Sí, y mucho. Hasta hace poco, no existía ni un vocabulario para discutir el éxito o el fracaso. Recuerdo cuando, hace más de una década, pedí, en una habitación llena de administradores de programas de libertad condicional, que levantaran la mano los que supieran  sus tasas de reincidencia . No muchas manos se levantaron. Entonces pregunté si sabían el número de horas de servicio comunitario realizado efectivamente  el año anterior. Muchos administradores podría decir el número de horas que se le habían asignado, pero no el número que se había completado en realidad. El éxito en ese momento se definía como no salir en las noticias y no ser una vergüenza para sus jefes"

¿Qué lecciones ha aprendido del fracaso?
Creo que la lección más importante que he aprendido es que subestimamos la dificultad de cambiar el statu quo. Estuve involucrado en un programa de supervisión intensiva de libertad condicional en  1980 donde subestimamos completamente  el problema de  fidelidad al programa. Uno de los colaboradores en la  investigación  más tarde escribió un artículo que tituló "Doblando el granito."
Se necesita mucho más que planificación para crear las condiciones adecuadas en el terreno para un nuevo programa."


"Daring to fail", Center for Court Innovation

Ronald P. Corbett es Director Ejecutivo de la Corte Suprema de Massachusetts, donde
coordina la administración del día a día de los Tribunales de Justicia. El Dr. Corbett Anteriormente se desempeñó como Segundo Comisionado Adjunto del Departamento de Libertad Condicional del estado de Massachusetts. Es graduado por la Universidad de Harvard (B.A.) y por  la Universidad de Northeastern.

lunes, 6 de junio de 2011

Entrevistado por Tomás Montero para medio español: "“Sin el compromiso de su equipo directivo, no es posible emprender transformaciones en los procesos de intervención"


Tomás Montero, jurista español y amigo, me entrevistó para el diario criminológico español Criminología y Justicia. Tomás es generoso en sus palabras y le agradezco la posibilidad de dialogar.

"Francisco Estrada es una de las personalidades de mayor prestigio en Chile en el mundo de la justicia penal adolescente, a la que ha dedicado gran parte de su carrera profesional. Conocido, respetado y apreciado, ha sabido siempre anteponer el desempeño profesional a las ideologías políticas, sin necesidad de esconder sus ideales, lo que hizo que el vigente gobierno le nombrara Director del Sename, puesto en el que permaneció durante ocho meses.

Pregunta. Francisco, ocho meses no dan para mucho, pero supongo que algunos proyectos se pondrían en marcha. ¿Cuál de todos fue el que más le hubiera gustado concluir?


Respuesta. Un sistema de gestión de los procesos de intervención en los casos más críticos en el país. Comenzamos en el área de protección y no alcanzamos a llegar a incorporar casos del área de justicia juvenil sino sólo monitorear casos en términos de seguridad.

Lo que aprendimos de los casos que gestionamos es que estos casos críticos requieren el compromiso directo y diario de toda la institución. Yo recibía dos reportes diarios de los encargados de casos en los centros, con copia al jefe técnico y director de centro, al supervisor y director regional, a los responsables en el nivel nacional de los centros y a mi gabinete. Con base a estos mails se armaban conversaciones diarias en las que intervenían unas 20 personas. No todas hablando pero todas enteradas al mismo tiempo de en qué iban esos casos críticos y qué se requería de apoyo. Y el apoyo iba desde cuestiones logísticas (más recursos humanos, apurar trámites de suplencias, vehículos, etc.) hasta segundas miradas en el proceso de intervención. Sin ese apoyo pluriestamental, estoy seguro que el peso que se echa encima de los educadores y encargados de caso es inmenso. Todos los actores responsables de decisiones en un servicio como Sename, debemos compartir ese peso en nuestros hombros.

Los casos críticos requieren, a veces, recursos adicionales, pero sobre todo, requieren hacer sentir con hechos, al equipo interventor, que estamos con ellos en sus avances y retrocesos diarios. Que estamos dispuestos a compartir el peso de decisiones difíciles y no los vamos a crucificar por ellas.

En un Estado como el chileno, donde hay una inercia muy fuerte en el aparato administrativo, sin el compromiso de su equipo directivo, no es posible emprender transformaciones en los procesos de intervención que es el principal giro de un servicio como Sename.

P. Hablar de la administración cuando se ha abandonado recientemente puede no ser lo más oportuno y no quiero ponerle en una situación que tal vez no pueda serle cómoda, pero hay un tema que ya el Director actual nos apuntó en una reciente entrevista y es la posible reestructuración del Sename, separando protección y reforma. ¿Usted es partidario de este cambio o cree que todo lo relativo a la infancia debería mantenerse bajo el mismo paraguas?

R. La idea de separar Sename se encuentra desde el retorno a la democracia en las primeras discusiones en grupos de expertos. Cuando se diseña el proceso de reforma normativa e institucional en el 2000 también se le estudia, pero ante los múltiples procesos de reforma en que estaba embarcado el Ministerio de Justicia (un nuevo sistema de justicia procesal penal, un nuevo sistema de justicia de familia, la ley de responsabilidad penal adolescente) se le posterga.

Creo que la articulación de dos servicios diferentes es una respuesta absolutamente indispensable para seguir avanzando en el proceso de una institucionalidad que atienda más eficazmente los derechos vulnerados de los niños.

Creo que es preciso poner el acento en los temas de gestión del nuevo sistema, de modo de no repetir viejos errores. Pienso en elección de directivos por sistema de Alta Dirección Pública, estabilidad y carrera laboral (se requiere pasar un porcentaje importante de quienes hoy están a contrata a calidad de planta), delimitación de áreas de protección administrativa y protección jurisdiccional, gestión de casos que supere la mirada insular en que hoy se pierden los procesos según dónde está el niño, aumento de la subvención entregada al sistema de hogares y residencias e incremento de la oferta de programas de diagnóstico y reparación de maltrato y abusos sexual.

Asimismo, los nuevos servicios deben estar dotados de una arquitectura informática que les permita dialogar en tiempo real con el sistema educacional, el de salud, el de justicia y el de protección. Dos subproductos de esto son que cada unidad de intervención (centro o programa) cuente con abundante información de calidad sobre el niño y dos, que se entregue mensualmente por la administración información estadística de calidad a la comunidad.

P. Dejando por el momento de lado la justicia penal adolescente, cuáles son los aspectos tradicionalmente más deficitarios en la atención a la infancia en Chile y cuáles son los temas que más urgentemente habría que acometer.

R. Creo que el sistema de protección de derechos de niños vulnerados está en una crisis que, curiosamente, no provoca la alarma que ha suscitado el sistema penal juvenil.

Chile no cuenta con ningún centro idóneo en el área de protección para aquellos dolorosos casos que le toca recibir: explotación sexual infantil, abandono, grave maltrato, niños en situación de calle, violaciones y abusos. Diariamente en estos diez centros, cerca de mil niños y niñas son atendidos, con base al esfuerzo y creatividad de equipos que no cuentan con los recursos mínimos para intervenir exitosamente.

Tuve la oportunidad de firmar un proyecto que llevaba años de preparación, que es la construcción de la Nueva Casa Nacional del Niño, que recibirá a los bebes abandonados. Es el primer centro que se construirá que estará diseñado para el trabajo que allí se realiza.

Tenemos un grave déficit como país en salud mental. Pese a distintos esfuerzos, carecemos de una política estatal en materia de salud mental infantil. Buena parte de los casos más problemáticos del sistema de protección de derechos presentan requerimientos importantes en salud mental, los que no tienen quien los satisfaga.

Existe hoy una demanda de atención de salud mental de alta complejidad y especificidad que no puede ni necesita esperar una ley para su abordaje. MINSAL debería partir creando una Unidad de Salud Mental Infantil y presentar una propuesta de trabajo en el siguiente presupuesto exploratorio, que asuma como propia esta tarea y deje de esperar que otros (Sename, privados como Cottolengo, tribunales de familia, gendarmería, etc) se hagan cargo.

P. Usted es un profesional del derecho, experto conocedor de los textos de Naciones Unidas en materia de infancia. En Chile los gobernantes están haciendo grandes esfuerzos para que la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño no sea papel mojado. ¿Cuentan los operadores jurídicos y sociales con la formación suficiente para llevar a cabo este cambio de paradigma y adaptarse a los nuevos estándares?

R. Estamos en un proceso de transición.

Creo que, por poner un ejemplo paradigmático, hay fallos de la Corte Suprema y de Cortes de Apelaciones que han realizado lecturas muy razonables de normas de la Convención de Derechos del Niño. Creo que aún falta mucho por hacer, por cierto, pero hay un camino que creo es, sin retorno, en pro de mayor conocimiento.

Quizá los fiscales del Ministerio Público son los actores del sistema de justicia con más bajos niveles de formación inicial y capacitación permanente en esta materia y eso se resiente en el uso desproporcionado que realizan de la internación provisoria, que en algunas regiones como la Araucanía, resulta francamente vergonzoso.

P. Usted además de un jurista de prestigio es un brillante comunicador que participa de forma asidua en foros científicos y en medios de comunicación social, difundiendo sus conocimientos y pronunciándose en todos los debates. Recientemente ha participado en un seminario y en un taller organizado por la Universidad de La Frontera. ¿Qué sensaciones le han quedado de estos acontecimientos que han conseguido dinamizar a muchos colectivos sociales?

R. Una muy positiva sensación. Me siento parte de una comunidad nacional, en la que distintos actores, distintas instituciones, están comprometidos con introducir mejoras en el trabajo con adolescentes infractores. Yo llevo veinte años en esto y durante mucho tiempo, yo y el equipo en el que trabajaba, la Unidad Jurídica del Hogar de Cristo, sentíamos una sensación de soledad muy grande. Este tema parecía no importarle a nadie. Hoy eso ha cambiado y es una buena noticia para la justicia juvenil.

Por otro lado, tanto en el seminario de de la OIJJ en Roma, como en el de la UFRO en Temuco, uno puede constatar cuán similares son algunos de los problemas que se presentan. Nuestras sociedades occidentales tienen grandes problemas para reaccionar frente a los delitos cometidos por jóvenes. Los estados tienden a reaccionar fragmentariamente. Las opiniones públicas oscilan entre los ángeles y los demonios para conceptualizar a los jóvenes infractores. Hay muchos parecidos en nuestros países.

P. Volviendo a la justicia juvenil, es vital el papel de la universidad, no sólo como herramienta de conocimiento, sino también como formadora, investigadora y evaluadora. ¿Están las universidades en Chile preparadas para asumir un rol de liderazgo en la implementación de la Ley 20.084 de responsabilidad penal de los adolescentes?

R. Creo que el desafío del mundo académico nacional es doble. En primer lugar, incorporar en el pregrado, en la formación básica en ciencias sociales, módulos o cursos de formación en intervención con jóvenes infractores y con niños vulnerados, al igual que en el ámbito jurídico, el derecho penal adolescente debiera poseer mayor presencia y densidad curricular.

Por otro lado, el segundo desafío es pasar de la unidimensionalidad al abordaje multidisciplinario. Ni el derecho, ni la psicología, ni la antropología, ni la psicología, ni la psiquiatría, ni el trabajo social pueden, por sí solos, ofrecer herramientas útiles para los desafíos que cada caso presenta. Cualquier operador del mundo de la justicia juvenil, sea juez, defensor, responsable de caso, se da cuenta que en cada caso confluyen diversas miradas disciplinarias, de las que es preciso manejar nociones básicas, al menos.


P. Conocido es el compromiso del actual gobierno con el cambio, pero ¿existe en Chile un compromiso social por la reeducación y reinserción social de los menores infractores?

R. Creo que es indudable que existe un compromiso pero que éste requiere materializarse en mayor preocupación a través de un incremento de recursos para el área proteccional, en una nueva institucionalidad y en un nuevo proyecto de protección de derechos acode las necesidades actuales y los estándares de la Convención de Derechos del Niño.

P. Ahora que ha abandonado la administración, ¿cuál es su vinculación con la justicia penal adolescente?

R. Hago un curso de postitulo en la Universidad de Chile sobre intervención con jóvenes infractores y soy investigador asociado del proyecto de investigación de la Escuela de Psicología, Universidad de La Frontera, con financiamiento FONDEF, “Estrategia ecosistémica especializada de intervención diferenciada para favorecer la integración psicosocial de adolescentes infractores de ley”."

Si quieres leer más artículos de Tomás Montero entra en http://cj-worldnews.com/spain/



viernes, 3 de junio de 2011

Corte Suprema acoge parcialmente recursos de nulidad de comuneros mapuches

La información de este post tiene como fuente el sitio del poder judicial que en esta oportunidad, mejorando su servicio, incluye video de la lectura de la sentencia, lo que es poco usual en nuestro sistema pero ciertamente un avance en transparencia y publicidad.

"La Corte Suprema dictó sentencia en el recurso de nulidad en el juicio en contra de Héctor Llaitul Carrillanca, Ramón Llanquileo Pilquimán, José Huenuche Reiman y Jonathan Huillical Méndez, acusados de los delitos robo con intimidación, homicidio frustrado (en contra fiscal del Ministerio Público Mario Elgueta), y lesiones graves contra funcionarios de la PDI.

En fallo unánime (en causa rol 2921-2011), los ministros de la Segunda Sala Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Benito Mauriz, acogieron parcialmente los recursos de nulidad planteados por las defensas y los querellantes de la causa en contra del fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Cañete del 22 de marzo pasado.

Respecto del denominado “Hecho A 1” -delito de robo con intimidación cometido, el 15 de octubre de 2008, en Tirúa- se rechazaron los recursos y se mantuvieron las condenas que se detallan:
-Héctor Javier LLaitul Carrillanca: 10 años y un día de presidio;
-Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán: 5 años y un día;
-José Santiago Huenuche Reiman: 5 años y un día, y
-Jonathan Sady Huillical Méndez: 5 años y un día.

En tanto, en el denominado “Hecho A.2” -el delito de homicidio frustrado del fiscal adjunto del Ministerio Público Mario Elgueta, y de lesiones graves a personal de la PDI, ocurrido el 16 de octubre de 2008- se determinó acoger los recursos de nulidad y dictar sentencia de reemplazo en los siguientes términos:
-Héctor Javier LLaitul Carrillanca: 4 años y un día;
-Ramón Esteban Llanquileo Pilquimán: 3 años y un día;
-José Santiago Huenuche Reiman: 3 años y un día, y
-Jonathan Sady Huillical Méndez: 3 años y un día."




Fallo CS en Causa Rit 35-2010

jueves, 2 de junio de 2011

Informe de la Comisión Global de Políticas sobre Drogas

El propósito de la Comisión Global de Políticas sobre Drogas es llevar al nivel internacional una discusión informada, basada en evidencia científica acerca de las formas más humanas y eficaces de reducir el daño causado por las drogas a las personas y las sociedades.
La Comisión Mundial sobre las Políticas de Drogas se basa en la exitosa experiencia de la Comisión Latinoamericana sobre Drogas y Democracia convocada por los ex presidentes Cardoso, de Brasil, Gaviria de Colombia y Ernesto Zedillo de México. Convencidos de que la asociación entre el tráfico de drogas, la violencia y la corrupción era una amenaza a la democracia en América Latina, la Comisión examinó la actual política de "guerra contra las drogas "  y abrió un debate público sobre un tema que tiende a estar rodeado por el miedo y la desinformación.

Entre miembros están Mario Vargas Llosa, Koofi Annan, Javier Solana, Carlos Fuentes, Louise Arbour, George P. Shultz, Paul Volcker.

Recomiendo revisar los documentos de respaldo del informe, en especial el de Moisé Naim, que también dejo acá.

"Terminar con la criminalización, la marginalización y la estigmatización de las personas que usan drogas pero que no hacen ningún daño a otros.

Desafiar los conceptos erróneos comunes acerca de los mercados de drogas, el uso de drogas y la dependencia de drogas en lugar de reforzarlos.

Alentar a los gobiernos a que experimenten con modelos de regulación legal de las drogas a fin de socavar el poder del crimen organizado y para salvaguardar la salud y la seguridad de sus ciudadanos. Esta recomendación se aplica especialmente al cannabis, pero también alentamos otros ensayos de descriminalización y regulación legal que puedan conseguir estos objetivos y proveer modelos para otros.

Ofrecer servicios de salud y tratamiento a los que los necesiten. Asegurar que esté disponible una variedad de modalidades de tratamiento, incluyendo no sólo los tratamientos con metadona y buprenor!na, sino también programas de tratamiento asistido con heroína que han probado ser exitosos en muchos países europeos y en Canadá. Implementar programas de intercambio de jeringas y otras medidas de reducción de daños que han probado su efectividad en reducir la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sanguínea, así como las muertes por sobredosis.

Respetar los derechos humanos de las personas que usan drogas. Abolir las prácticas abusivas llevadas a cabo en nombre del tratamiento –tales como la internación forzada, los trabajos forzados, y los abusos físicos o psicológicos- que contravienen los principios y normas de derechos humanos o que eliminan el derecho a la autodeterminación

Aplicar en gran medida los mismos principios y políticas antes expuestos a las personas involucradas en los segmentos inferiores de los mercados ilegales de drogas, tales como campesinos, correos, y pequeños vendedores. Muchos de ellos han sido víctimas de violencia e intimidación o son dependientes de drogas. Arrestar y encarcelar decenas de millones de estas personas en las recientes décadas ha llenado las prisiones y destruido vidas y familias, sin por ello reducir la disponibilidad de drogas ilegales o el poder de las organizaciones criminales. Pareciera no haber límite al número de personas que se vinculan con esas actividades para mejorar sus vidas, proveer a sus familias, o para escapar de la pobreza.

Focalizar las acciones represivas en las organizaciones criminales violentas, pero hacerlo de manera de socavar su poder y su alcance, mientras se da prioridad a la reducción de la violencia y la intimidación. Los esfuerzos para imponer el cumplimiento de la ley no debieran focalizarse en reducir los mercados de drogas per se, sino más bien en reducir sus daños en los individuos, las comunidades y en la seguridad nacional. Invertir en actividades que puedan prevenir en primer lugar que las personas jóvenes usen drogas y a la vez prevenir que los que las usan desarrollen problemas más serios.

Evitar mensajes simplistas al estilo de “sólo di que no” y políticas de “tolerancia cero”, y alentar los esfuerzos educativos asentados en información creíble y en programas preventivos que focalicen en las habilidades sociales y la influencia de los pares. Los esfuerzos preventivos más exitosos son aquellos dirigidos a grupos específicos en riesgo.

Comenzar con la transformación del régimen mundial de prohibición de drogas. Reemplazar las políticas y las estrategias de drogas orientadas por la ideología y la conveniencia política, por políticas económicas responsables y estrategias basadas en la ciencia, la salud, la seguridad y los derechos humanos – y adoptar criterios apropiados para su evaluación. Revisar la clasificación de drogas que ha resultado en obvias anomalías como la defectuosa categorización del cannabis, la hoja de coca y el MDMA (éxtasis). Asegurar que las convenciones internacionales sean interpretadas y/o revisadas para adaptarlas a una sólida experimentación con la reducción de daños, la descriminalización y las políticas de regulación legal.

Romper el tabú acerca del debate y la reforma. Ahora es el tiempo de actuar."
Global Commission Report Spanish

Global Com Moises Naim

miércoles, 1 de junio de 2011

Arturo Muñoz: La influencia de los sesgos cognitivos en las decisiones jurisdiccionales. En InDRet

La prestigiosa Revista electrónica española online InDret ha sacado una edición en que aborda varios temas que relacionan el derecho y la ciencia.
Hay interesantísimos trabajos sobre derecho penal y neurociencia (uno en que Hassemer desborda enojo, uno de Feijoo completísimo y, como es habitual en él, cargado de erudición en un lenguaje llano).
Dejo aquí este excelente trabajo que relaciona psicología de las decisiones y derecho y que trata sobre los sesgos cognitivos al decidir jurisdiccionalmente.

Arturo Muñoz es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Master en Abogacía por el Instituto de Estudios Superiores San Pablo CEU (1997-1998). Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 1999. Tiene amplia experiencia en todas las ramas de la litigación, estando especializado en la litigación contencioso-administrativa y constitucional (recurso de amparo). Colabora, como profesor de derecho procesal, en el Master en Derecho Privado del Colegio de Abogados de Madrid, y es el Responsable del Área de Litigación Civil, Administrativa y Constitucional de Ramón Pelayo Abogados, reconocido bufete madrileño
Tiene un estilo muy grato de seguir, está preocupado por aportar con ejemplos que ilustren su explicación y pasa revista a una amplia literatura especializada.

Como punta el autor, "sería arduo explicar por qué razón en la cultura jurídica anglosajona y, especialmente, en la norteamericana, esta cuestión ha suscitado tanto interés, mientras que, en países como el nuestro, cuestiones tan trascendentes han pasado prácticamente inadvertidos para casi toda la comunidad jurídica." Y cita a Eco, ante la tradicional oposición histórica entre el pensamiento platónico-escolástico – partidario de las esencias y de los conceptos universales – y el empirismo de raíz anglosajona, más sensible a la complejidad de la realidad y al carácter convencional e imperfecto de nuestros conceptos.

Este trabajo revisa la literatura jurídica norteamericana sobre la existencia e influencia de los sesgos cognitivos en las decisiones jurisdiccionales, analiza numerosa jurisprudencia española y ofrece rutas de mejoramiento de la situación.

Los actores de nuestro sistema de justicia, en especial, jueces y ministros de corte, harían ben en revisar a la luz de este trabajo, su desempeño jurisdiccional.

MUÑOZ La influencia de los sesgos cognitivos en las decisiones jurisdiccionales